C/ FRANCISCO MANUEL MUÑOZ SEPÚLVEDA
Rol
O-6727-2024
Fecha
21 de abril de 2025
Materia
ROBO CON VIOLENCIA. ART.436 INC. 1º, 433, 439.
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos acreditados: El día 22 de Diciembre de 2024, alrededor de las 07:30 horas, en Avenida Santa María al llegar a calle Purísima, Comuna de Recoleta, en circunstancias que la víctima Elba Arellano Sanchez conducía el vehículo marca Chery, modelo Tiggo 2, PPU RLDY 89, se detuvo en esa intersección ante la luz roja del semáforo, procediendo el acusado FRANCISCO MANUEL MUÑOZ SEPÚLVEDA, a arrojar un objeto contundente contra el vidrio delantero derecho del vehiculo, quebrándolo, ingresando parte de su cuerpo a la cabina, tomando una mochila y una lonchera que la víctima llevaba en el asiento delantero derecho, oponiendo la victima resistencia logrando tomar la mochila por su correa, forcejando con el sujeto, quien tomó 01 teléfono celular marca Samsung y 01 teléfono celular IPhone, que la víctima llevaba en el porta vasos, logrando la vicitma a arrebatárselos de las manos, cayendo estos al suelo, ante lo cual el imputado la tomó del pelo y le dio golpes de mano, momento en el que la víctima aceleró el auto y luego frenó lo que permitió que el imputado cayera al suelo, sin lograr sustraer especies, para luego darse a la fuga del lugar. Producto de lo anterior, la víctima resultó con múltiples micro cortes y lesiones abrasivas en miembro superior izquierdo con signos de grataje, lesiones de carácter leve. Circunstancias modificatorias acreditadas: Circunstancias atenuantes acogidas: Artículo 11 n° 6 del Código Penal, la que se acredita por un extracto de filiación y antecedentes libre de condenas anteriores. Artículo 11 n° 9 del Código Penal, la que se acredita por la admisión de responsabilidad en los hechos del requerimiento. Circunstancias agravantes acreditadas: No concurren. Código: MTCYXUMFTRE Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Pedro Montt Nº 1606, Edificio ‘F’ Piso N° 9, Santiago. Telefono: 229 200 - 229 23 Santiago, veintiuno de abril de dos mil veinticinco. SE DECLARA: I) Que se CONDENA a
Fundamentos
considerando la aceptación del procedimiento abreviado. V) Que tratándose de un sentenciado que cumple los presupuestos del artículo 38 de la Ley 18.216, ofíciese, en su oportunidad, al Registro Civil a objeto que se omita en su certificado de antecedentes, la anotación a que diere origen la presente sentencia, una vez que ésta se encuentre ejecutoriada. Código: MTCYXUMFTRE Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Pedro Montt Nº 1606, Edificio ‘F’ Piso N° 9, Santiago. Telefono: 229 200 - 229 23 Dictada por don JUAN DIEGO HUGO ÁLVAREZ JIMÉNEZ, Juez Suplente del 3° Juzgado de Garantía de Santiago. Habiendo los intervinientes renunciado a los términos legales, la sentencia se entenderá firme y ejecutoriada. El tribunal cita al condenado ante el CRS SANTIAGO SUR II, para el día lunes 28 de abril de 2025 a las 9:00 horas. “La sentencia dictada oralmente en audiencia, se encuentra íntegramente consignada en el registro de audio de este Tribunal, de conformidad a lo dispuesto en los artículos 39 y siguientes del Código Procesal Penal” Código: MTCYXUMFTRE Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Código: MTCYXUMFTRE Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2025-04-25T16:09:57-0400
Fallo
SE DECLARA: I) Que se CONDENA a FRANCISCO MANUEL MUÑOZ SEPÚLVEDA, cédula de identidad Nº 17 953 897-0, ya individualizado, a la pena de TRES AÑOS Y UN DÍA DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÁXIMO, más la accesoria legal de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo que dure la condena, como autor del delito ROBO CON VIOLENCIA, previsto y sancionado en el artículo 436 inciso 1 del Código Penal, en grado de ejecución de frustrado, cometido el día 22 de diciembre de 2024, en la comuna de Recoleta, territorio jurisdiccional de que este Tribunal. II) Que reuniéndose en este caso los requisitos del artículo 15 bis de la Ley N°18 216, se sustituye al sentenciado el cumplimiento de la pena privativa de libertad impuesta por la pena de LIBERTAD VIGILADA INTENSIVA por igual término que el de la pena privativa de libertad que se sustituye, debiendo presentarse al Centro de Reinserción Social Santiago Sur dos, ubicado en Balmaceda nº 46 comuna de Puente alto, y debiendo, además, cumplir durante el período de control con el plan de intervención individual que se apruebe en su momento y con las condiciones legales de las letras a), b) y c) del artículo 17 de la citada ley Adicionalmente, se impone al sentenciado las condiciones de las letras b) y d) del artículo 17 ter de la Ley N°18 216. El sentenciado deberá presentarse al Centro de Reinserción Social ya individualizado, dentro del plazo de cinco dí
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Pedro Montt Nº 1606, Edificio ‘F’ Piso N° 9, Santiago. Telefono: 229 200 - 229 23 RESUMEN: R.U.C.Nº: : 2401580968 – 6 R.I.T.Nº: : 6727 – 2024 DELITO : ROBO CON VIOLENCIA NOMBRE IMPUTADO : FRANCISCO MANUEL MUÑOZ SEPÚLVEDA CÉDULA DE IDENTIDAD : 17.953.897-0 DOMICILIO : CALLE EL ABANICO Nº 02679, PUENTE ALTO FISCAL : ÁLVARO EUSEBIO NÚÑEZ SAN MARTÍN DEFENSOR : JORGE IGNACIO DURÁN LILLO TRIBUNAL : 3° J
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