C/ PITER MAURICIO PONCE PASTÉN
Rol
O-62-2025
Fecha
25 de abril de 2025
Materia
ROBO CON VIOLENCIA. ART.436 INC. 1º, 433, 439.
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Tribunal e intervinientes. Que, el día quince de abril de dos mil veinticinco, ante esta sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de La Serena, integrada por las juezas doña Carol Sepúlveda Carvajal, quien la presidió, doña Jimena Pérez Pinto y doña Loreto Figueroa Tolosa, se llevó a efecto el juicio oral para conocer de la acusación en contra de Piter Mauricio Ponce Pastén, cédula nacional de identidad N°19.321.990- K, nacido el 13 de mayo de 1996 en vicuña, 28 años de edad, soltero, electricista, domiciliado en calle Estero Los Tilos N°416, comuna de Vicuña, Felipe Ignacio Rojas Ángel, cédula nacional de identidad N°20.486.476-4, nacido el 29 de febrero del 2001 en Vicuña, 24 años de edad, soltero, carpintero, domiciliado en calle Carlota Pereira N°19, La Compañía, comuna de Vicuña, representados por las abogadas defensoras privadas doña Enke Astrid Fredes Parra y doña Macarena Francisca Parra Retamal; y la acusada Katalina Elena Rojas Godoy, cédula de identidad N°21.102.843-2, nacida el 12 de noviembre de 2003 en Vicuña, 21 año de edad, soltera, dueña de casa, domiciliada en Rio Claro N°435, Población Río Turbio, comuna de Vicuña, representada por el abogado defensor privado Manuel Gómez Astorga, domiciliado en calle Los Carrera N°335, La Serena. Código: YMPSXUXXXQE Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2 Sostuvo la acusación la Fiscala de La Serena doña Ninoska Mosnich, domiciliada en calle Eduardo de La Barra N°315, La Serena. SEGUNDO: Acusación. Que, los hechos materia de la acusación fiscal fueron los siguientes: “El día 10 de octubre de 2024, a las 01:00 horas aproximadamente, en el sector del callejón de Calingasta, a un costado de la quebrada de Leiva, comuna de Vicuña, los acusados Piter Mauricio Ponce Pasten, Felipe Ignacio Rojas Angel y Katalina Elena Rojas Godoy, con la intención de sustraer especies y actuando conjuntamente, se aproximaron a las víctimas Diego Rodríguez Rivera y Sebastián Salazar Ramírez con la excusa de pedirles un cigarro, aprovechando la cercanía para luego el acusado Piter Mauricio Ponce Pasten apretar el cuello de la víctima Diego Rodríguez mediante el uso de un objeto contundente, manifestándole: “pásame el teléfono concha de tu madre”, quitándole la mochila que portaba la víctima en cuyo interior mantenía un cautín de color naranjo, un set de desarmadores de 115 piezas, mientras la acusada Katalina Elena Rojas Godoy le daba golpes de puño en la cabeza a la víctima. Simultáneamente, el acusado Felipe Ignacio Rojas Angel, quien mantenía una botella quebrada en su mano, le manifestó a la víctima Sebastián Salazar Ramírez: “pásame las cosas o te voy a apuñalar”, además de golpear la espalda de la víctima con la botella, lo anterior, mientras la acusada Katalina Elena Rojas Godoy, quebró una Código: YMPSXUXXXQE Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 3 botella
Fallo
por tanto, la supuesta contradicción es solo una interpretación mañosa de los dichos de los testigos. En su réplica la defensa de Ponce Pastén y Rojas Ángel, refirió que la interpretación mañosa es la del ministerio público. OCTAVO: Valoración de la prueba. Que, el núcleo de los hechos contenidos en la acusación fiscal fue acreditado. Para dar por establecidos los hechos, se ha tenido en consideración toda la prueba rendida en el juicio, la que en su conjunto impresionó al tribunal, por su precisión, coherencia y concordancia. Además, la prueba de cargo no fue seriamente contradicha, ni fue mermado su valor probatorio con alguna prueba seria y verosímil rendida por la defensa en lo tocante a los hechos. El principal elemento probatorio aportado por la fiscalía consistió en el testimonio del ofendido, Diego Rodríguez, quien, en síntesis, contó que hace seis meses a la 01:00 horas de la madrugada, mientras venían del cumpleaños de una amiga en la Población Antakari, con su amigo Sebastián Mauricio por el camino de tierra de la quebrada de Calingasta, se les acercan cinco personas, las que le piden un cigarro a Sebastián para acto seguido uno de los jóvenes tirarse encima de Diego, y un segundo sujeto encima de Sebastián, explicó que la persona que se le tira Código: YMPSXUXXXQE Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 35 encima lo empieza a ahorcar, al parecer con un palo, mientras le decía que le entregara el telé
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1 La Serena, veinticinco de abril de dos mil veinticinco. VISTO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Tribunal e intervinientes. Que, el día quince de abril de dos mil veinticinco, ante esta sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de La Serena, integrada por las juezas doña Carol Sepúlveda Carvajal, quien la presidió, doña Jimena Pérez Pinto y doña Loreto Figueroa Tolosa, se llevó a efecto el juicio oral
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