6º Juzgado de Garantía de Santiago

MP C/ NILTON YOUELL ROJAS RAMIREZ

Rol

O-3469-2024

Fecha

24 de abril de 2025

Materia

POSESIÓN, TENENCIA O PORTE DE ARMAS SUJETAS A CONTROL

Resultado

No especificado

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Hechos

visto lo dispuesto en los artículos 1, 7, 11 números 6 y 9, 15, 30, 31, 50 del Código Penal; artículos 2 letra b) y 9 de la Ley 17.798; artículos 406 y siguientes del Código Procesal Penal y artículos 1, 15 bis, 17, 17 Ter de la Ley 18.216, se declara: I.- Que, se condena a NATHALIE VANESSA BUSTAMANTE FUENTES, ya individualizada, como autor de un delito consumado de TENENCIA ILEGAL DE PARTES O PIEZAS DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 9, en relación con el artículo 2, letra b), de la Ley 17.798, sobre control de armas, cometido en la jurisdicción de este Tribunal, el día 06 de agosto de 2024, a la pena de OCHOCIENTOS DIECIOCHO (818) DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU Código: XQQXXUJEVMF Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl GRADO MEDIO, y a la accesoria de suspensión de cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena. II.- Que, en concepto del Tribunal resultando procedente la sustitución de la pena privativa de libertad, se reemplaza ella, por libertad vigilada intensiva, conforme el articulo 15 bis de la Ley 18.216, debiendo quedar la penada sujeta el control de Gendarmería de Chile, con la obligación de presentarse ante su delegado y cumplir a su respecto los objetivos que se establezcan de acuerdo a la conducta por la cual se le sanciona en el respectivo plan de intervención individual, debiendo procederse a elaborar el mismo por Gendarmería de Chile, para su aprobación en la audiencia que se fijara, debiendo, además, la condenada durante el período de su condena y de observación, esto es, ochocientos dieciocho días, mantener su domicilio dentro del territorio de la Región Metropolitana, e igualmente, conforme a la letra d) del artículo 17 Ter, deberá cumplir programas culturales y de educación, que de acuerdo a su situación sociocultural, se determine en el respectivo plan de intervención individual, debiendo presentarse ante Gendarmería de Chile, dentro de quinto día, de e

Fallo

Por estas consideraciones y visto lo dispuesto en los artículos 1, 7, 11 números 6 y 9, 15, 30, 31, 50 del Código Penal; artículos 2 letra b) y 9 de la Ley 17.798; artículos 406 y siguientes del Código Procesal Penal y artículos 1, 15 bis, 17, 17 Ter de la Ley 18.216, se declara: I.- Que, se condena a NATHALIE VANESSA BUSTAMANTE FUENTES, ya individualizada, como autor de un delito consumado de TENENCIA ILEGAL DE PARTES O PIEZAS DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 9, en relación con el artículo 2, letra b), de la Ley 17.798, sobre control de armas, cometido en la jurisdicción de este Tribunal, el día 06 de agosto de 2024, a la pena de OCHOCIENTOS DIECIOCHO (818) DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU Código: XQQXXUJEVMF Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl GRADO MEDIO, y a la accesoria de suspensión de cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena. II.- Que, en concepto del Tribunal resultando procedente la sustitución de la pena privativa de libertad, se reemplaza ella, por libertad vigilada intensiva, conforme el articulo 15 bis de la Ley 18.216, debiendo quedar la penada sujeta el control de Gendarmería de Chile, con la obligación de presentarse ante su delegado y cumplir a su respecto los objetivos que se establezcan de acuerdo a la conducta por la cual se le sanciona en el respectivo plan de intervención individual, debiendo procederse a elaborar el mismo por Gendarmería de Chile, para

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Resumen de sentencia Tribunal Sexto Juzgado de Garantía de Santiago Fecha de sentencia Santiago, veinticuatro de abril de dos mil veinticinco Procedimiento ABREVIADO R.U.C. 2400234398-K R.I.T. 3469 - 2024 JUEZ EDUARDO ANTONIO VASQUEZ GONZALEZ FISCAL LUIS EDUARDO ISLA HIDALGO DEFENSA PRIVADA NATALIA ARRUÉ PARDO IMPUTADO NATHALIE VANESSA BUSTAMANTE FUENTES Cédula de identidad 15.940.494-3 Domicilio

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