C/ IVÁN IGNACIO ROA MONTES
Rol
O-7903-2024
Fecha
24 de abril de 2025
Materia
LESIONES LEVES ART. 494 N° 5, ROBO POR SORPRESA.
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos: El día 07 de Julio de 2024, siendo aproximadamente las 12:10 horas la víctima Ernesto Solar Mosqueira se encontraba al exterior del metro Cal y Canto, ubicado en avenida La Paz intersección avenida Cardenal José María Caro, en la comuna de Santiago, en ese lugar fue abordada por el acusado IVAN IGNACIO ROA MONTES, quien mediante un fuerte tirón le intentó sustraer el teléfono celular marca iPhone, avaluado en la suma de $950.000 que la víctima mantenía en sus manos, no logrando su cometido porque la víctima opuso tenaz resistencia, retirándose el imputado para luego regresar y golpear la cara de la víctima con una cachetada, para luego huir del lugar. A raíz de esta agresión la víctima ya referida resultó con eritema en mejilla derecha, lesión de carácter leve. SE DECLARA: I.- Que, se condena a IVÁN IGNACIO ROA MONTES, ya individualizado, a la pena de 61 DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÍNIMO, y a la accesoria de suspensión de cargo u oficio público por el tiempo de la condena, por su responsabilidad como AUTOR del delito de Robo por sorpresa, previsto y sancionado en el artículo 436 inciso segundo del Código Penal, en grado de Código: YHZFXUFEFRE Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl ejecución de FRUSTRADO, ocurrido en la comuna de Santiago, el día 07 de Julio de 2024. II.- Que, se condena a IVÁN IGNACIO ROA MONTES, ya individualizado, a la pena de un tercio de unidad tributaria mensual, por su responsabilidad como AUTOR de la falta de lesiones, previsto y sancionado en el artículo 494 N° 5 del Código Penal, en grado de ejecución de CONSUMADO, ocurrido en la comuna de Santiago, el día 07 de Julio de 2024. III.- Que, reuniendo el sentenciado los requisitos del artículo 8° de la Ley 18.216, modificado por la Ley 20.603, se le sustituye la sanción privativa de libertad por reclusión parcial domiciliaria nocturna, por el plazo de la condena, esto es, 61 DÍAS, la que cumplirá en su domicilio, ubica
Fallo
SE DECLARA: I.- Que, se condena a IVÁN IGNACIO ROA MONTES, ya individualizado, a la pena de 61 DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÍNIMO, y a la accesoria de suspensión de cargo u oficio público por el tiempo de la condena, por su responsabilidad como AUTOR del delito de Robo por sorpresa, previsto y sancionado en el artículo 436 inciso segundo del Código Penal, en grado de Código: YHZFXUFEFRE Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl ejecución de FRUSTRADO, ocurrido en la comuna de Santiago, el día 07 de Julio de 2024. II.- Que, se condena a IVÁN IGNACIO ROA MONTES, ya individualizado, a la pena de un tercio de unidad tributaria mensual, por su responsabilidad como AUTOR de la falta de lesiones, previsto y sancionado en el artículo 494 N° 5 del Código Penal, en grado de ejecución de CONSUMADO, ocurrido en la comuna de Santiago, el día 07 de Julio de 2024. III.- Que, reuniendo el sentenciado los requisitos del artículo 8° de la Ley 18.216, modificado por la Ley 20.603, se le sustituye la sanción privativa de libertad por reclusión parcial domiciliaria nocturna, por el plazo de la condena, esto es, 61 DÍAS, la que cumplirá en su domicilio, ubicado en Calle QUINTALI N.º 9438, comuna de Peñalolén, entre las 22:00 a las 06:00 horas, debiendo ser controlado el cumplimiento de la pena sustitutiva por Carabineros de Chile. El sentenciado registra 2 días de abono que computar. IV.- La pena pecuniaria se tiene por cumplida, po
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PROCEDIMIENTO Simplificado FECHA: Santiago., veinticuatro de abril de dos mil veinticinco TRIBUNAL: SÉPTIMO JUZGADO DE GARANTÍA DE SANTIAGO MAGISTRADO: CARLA VALERIA CAPPELLO VALLE RUC: 2400776605-6 RIT: 7903 - 2024 IMPUTADO: IVÁN IGNACIO ROA MONTES C.I. 0018512770-2 DELITOS (Indicar si es reiterado) - Robo por sorpresa. - Falta de lesiones. ARTICULO - Previsto y sancionado en el artículo 436 in
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