FUNDACIÓN EDUCACIONAL PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA NIÑEZ (FUNDACIÓN INTEGRA)/ARAYA
Rol
O-350-2022
Fecha
20 de octubre de 2022
Materia
Desafuero Maternal
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO Y OÍDO: Que, se ha presentado ante este Juzgado de Letras del Trabajo de San Bernardo don Erick Ruz Pooley, Abogado, en representación convencional de la FUNDACION EDUCACIONAL PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA NIÑEZ, o FUNDACIÓN INTEGRA, RUT: 70.574.900-0, entidad del giro de su denominación, ambas domiciliadas para estos efectos en Profesor Carlos Porter N° 23, comuna de Santiago; y entabla demanda por desafuero laboral en contra de doña DANIELA ESPERANZA ARAYA VARGAS, Asistente de Párvulos, con domicilio en Pasaje Río Baker N° 1454, comuna de San Bernardo. ANTECEDENTES DE LA DEMANDA: Señala que la demandada ingresó a prestar servicios el 3 de marzo de 2022, para desempeñar funciones de Asistente de Párvulos en el Jardín Infantil Los Boldos de la comuna de San Miguel, mediante contrato de trabajo a plazo fijo, cuyo término se pactó para el día 29 de abril de 2022. Indica que el contrato fue renovado, mediante anexo de 30 de abril de 2022, extendiéndose el plazo hasta el 8 de julio de 2022. Explica que la razón que justificó esta modalidad de contratación se fundó en la labora que desarrollaría la trabajadora, es decir, como asistente de párvulos, siendo necesario disponer de un plazo, pues la necesidad de su contratación se produjo al requerirse en dicho establecimiento a efectos de suplir una vacante temporal. Sin embargo, dicha necesidad se extendió con posterioridad, por lo que la contratación fue renovada el día 30 de abril de 2022, mediante anexo de contrato, hasta el 8 de julio de 2022. Sostiene que el día 6 de junio de 2022, antes del vencimiento del contrato a plazo fijo, la demandada comunicó a la empleadora que se encontraba embarazada, exhibiendo una ecotomografía ginecológica suscrita por Marianela Rubilar Gómez, sin fecha. No obstante lo anterior, la empleadora ha estimado dicho instrumento como suficiente certificación de embarazo, por lo que solicita autorización para poner término al contrato de trabajo que les vincula, para lo cual se fun
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, se ha presentado ante este Juzgado de Letras del Trabajo de San Bernardo don Erick Ruz Pooley, Abogado, en representación convencional de la FUNDACION EDUCACIONAL PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA NIÑEZ, o FUNDACIÓN INTEGRA; y entabla demanda por desafuero laboral en contra de doña DANIELA ESPERANZA ARAYA VARGAS, de acuerdo a los argumentos vertidos en la parte expositiva de esta sentencia. SEGUNDO: Que, en audiencia preparatoria, no habiéndose alcanzado conciliación, se fijaron los siguientes hechos: HECHOS NO CONTROVERTIDOS: 1. Que, la parte demandante inició relación laboral con la demandada el día 3 de marzo de 2022, ejerciendo la función de asistente de párvulos, en virtud de un contrato a plazo fijo hasta el 29 de abril de 2022, el cual se renovó por anexo de fecha 30 de abril de 2022 y se extendió hasta el 8 de julio del mismo año. 2. Que, el 6 de junio de 2022, la demandada comunicó su embarazo a la demandante. HECHOS A PROBAR: 1. Procedencia de poner término a la relación laboral conforme al artículo 174 del Código del Trabajo en relación con el artículo 201 del mismo cuerpo legal. TERCERO: Que, en audiencia de juicio, las partes incorporaron los siguientes medios probatorios, a saber: PRUEBA DE LA PARTE DEMANDATE: DOCUMENTAL: 1. Contrato de trabajo entre Fundación Integra y doña Daniela Araya Vargas, de fecha 3 de marzo de 2022. 2. Anexo de contrato de trabajo entre Fundación Integra y doña Daniela Araya Vargas, 30 de abril de 2022. 3. Certificado de embarazo de doña Daniela Araya Vargas, sin fecha. 4. Carta de aviso de desafuero 07 julio 2022. ABSOLUCIÓN DE POSICIONES: Se citó, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el artículo 454 N°3 del Código del trabajo, a la demandante, quien declaró lo siguiente: Señala que actualmente cursa un embarazo de 25 semanas. Se enteró del embarazo cuando se hizo la ecotomografía. No recuerda cuándo informó sobre el embarazo. TESTIMONIAL: Fueron conducidos a estrados los siguientes testigos, quienes debidamente juramentados y legalmente examinados, declararon al tenor de las preguntas formuladas por los intervinientes, a saber: 1. Alicia Cristina Fica Figueroa, cédula nacional de identidad N° 15.253.358-6, ingeniera en administración de empresas. Señala que es jefa de servicio a personas de Fundación Integra y su rol consiste en todas las gestiones administrativas del ciclo laboral de las trabajadoras. Doña Daniela fue contratada el 3 de marzo de 2022 en calidad de reemplazo asociado a una licencia médica. Para ello ella tuvo un contrato de plazo fijo, asociada a la ausencia de una trabajadora. Las personas que ingresan a Integra es por vacante por plaza disponible para un contrato indefinido y otra forma es la de reemplazo por ausencia de una trabajadora, y también por proyectos. Los procesos de reclutamiento importan idoneidad técnica, pero en cuanto a los plazos de la planta es distinto al caso de los contratos de reemplazo, porque estos son más acotados. E
Fallo
Por estas consideraciones, y visto lo dispuesto en los artículos 1, 2, 3, 5, 7, 8, 9, 10, 174, 201, 453, 454, 457, 459, y demás pertinentes del Código del Trabajo, se resuelve: I. Que, se acoge la demanda interpuesta por don Erick Ruz Pooley, Abogado, y se autoriza a partir de esta fecha a FUNDACION EDUCACIONAL PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA NIÑEZ, o FUNDACIÓN INTEGRA a poner término a la relación laboral que la une con la demandada doña DANIELA ESPERANZA ARAYA VARGAS, por haber operado la causal consagrada en el artículo 19 N° 4 del Código del Trabajo, es decir, vencimiento del plazo convenido. II. Que, no se condena en costas a la demandada, por haber litigado con privilegio de pobreza. Regístrese y archívese. Notifíquese a las partes por correo electrónico. RIT O-350-2022 RUC 22- 4-0414148-5 Dictada por don Arturo Orlando Briceño Rivera, Juez Titular del Juzgado de Letras del Trabajo de San Bernardo. PÁGINA 8 DE 8
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JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE SAN BERNARDO San Bernardo, veinte de octubre de dos mil veintidós VISTO Y OÍDO: Que, se ha presentado ante este Juzgado de Letras del Trabajo de San Bernardo don Erick Ruz Pooley, Abogado, en representación convencional de la FUNDACION EDUCACIONAL PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA NIÑEZ, o FUNDACIÓN INTEGRA, RUT: 70.574.900-0, entidad del giro de su denominac
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