MINISTERIO PUBLICO C/ YANARA ANYELINA OLIVA KREMMER
Rol
O-26-2024
Fecha
24 de abril de 2025
Materia
ROBO EN BIENES NACIONALES DE USO PUBLICO O SITIOSNO DESTIN.
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Este Juzgado de Garantía de Osorno, dicta sentencia de acuerdo a los trámites del procedimiento abreviado, en el Proceso Rol Único N°2400008977-6, RITN°26 - 2024, seguida en contra de SEBASTIÁN ALEJANDRO TEJEDA DÍAZ, cédula nacional de identidad número 21.096.406-1, con domicilio en calle Olmedo Nº2024, Osorno, con la finalidad de determinar la responsabilidad que le habría correspondido como autor del delito de Robo con fuerza en cosas que se encuentran en bienes nacionales de uso público, previsto y sancionado en el artículo 443, en relación con los artículos 442 y 432, todos del Código Penal, cometido el día 03 de enero de 2024, en la ciudad de Osorno.- En la audiencia pública de Procedimiento abreviado permanecieron ininterrumpidamente presentes este sentenciador, el imputado SEBASTIÁN ALEJANDRO TEJEDA DÍAZ, ya individualizado, y su apoderado don Mario Rocha, Defensor Penal Público, y el Fiscal Adjunto de Osorno don Jaime Sáez. TENIENDO PRESENTE Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, ante este Juzgado de Garantía de Osorno, se ha presentado el Fiscal Adjunto del Ministerio Público de Osorno para deducir y sostener acusación en contra de SEBASTIÁN ALEJANDRO TEJEDA DÍAZ, ya individualizado, por los hechos que se señalan a continuación: El día 3 de enero de 2024, alrededor de las 04:00 horas, el imputado SEBASTIAN ALEJANDRO TEJEDA DIAZ, junto a otras dos personas, previamente concertados y con la intención de sustraer especies, concurrieron hasta el vehículo P.P.U. GHPH -45 Toyota Yaris de propiedad de la víctima FABIAN ELADIO CUCHIPE CANQUIL, que se encontraba estacionado en calle Santa Maria con Amunategui de la comuna de Osorno, que mantenía sus puertas y vidrios totalmente cerradas, lugar en el cual procedieron a romper con una bujía el vidrio delantero de la puerta costado derecho, logrando de esta forma registrar su interior sustrayendo, con ánimo de lucro y sin la voluntad de su dueño, 01 cargador de celular, 01 polerón calipso marca Fashions Park y 1 cajetilla de cigarrillos, además de haber encontrado en poder de uno de los otros sujetos una pistola sin marca a Código: UUXXXUTWKPE Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl balines con su cargador puesto y sin balines, siendo detenido el imputado junto a los otros dos sujetos en las inmediaciones portando dichas especies. La víctima FABIAN ELADIO CUCHIPE CANQUIL avalúa las especies sustraídas en la suma de $60.000 pesos. En cuanto a los daños en su vehículo, la víctima avalúa estos en la suma de $120.000 pesos. Los hechos descritos en concepto del Ministerio Público, constituyen el delito de Robo en Bienes Nacionales de Uso Público o Sitios No Destinados a la Habitación, previsto y sancionado en el artículo 443 del Código Penal, ilícito en grado de ejecución consumado, perpetrado por el acusado SEBASTIAN ALEJANDRO TEJEDA DIAZ. A juicio de la Fiscalía, al acusado SEBASTIAN ALEJANDRO TEJEDA DIAZ, le ha correspondido, según lo dispuesto en el artículo 15 N° 1 del Código Penal, la participación en calidad de autor del delito materia de la presente acusación, toda vez que tomó parte en la ejecución de los hechos de manera inmediata y directa. Señala el Ministerio Público que, respecto del requerido no concurren circunstancias modificatorias de la responsabilidad penal. Así las cosas respecto del acusado SEBASTIAN ALEJANDRO TEJEDA DIAZ, considerando la pena asignada al delito por el que se acusa, Robo en Bienes Nacionales de Uso Público o Sitios No Destinados a la Habitación, grado de desarrollo, participación, no concurrencia de circunstancias modificatorias, el Ministerio Público requiere que se imponga, la pena de TRES AÑOS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MEDIO, más las penas accesorias del artículo 30 del Código Penal, y se condene al pago de las costas según lo prescrito en el artículo 45 y siguientes del Código Procesal Penal. No obstante lo anterior, y para los efectos de arribar
Fallo
Por estas consideraciones, y teniendo presente lo dispuesto en los artículos 1, 3, 5, 7, 15 N°1, 18, 25, 30, 51, 69, 104, 432, 442, 443, del Código Penal, 45, 47, 295, 297, 340, 341, 342, 344, 406, 412, 413, y 415 del Código Procesal Penal; 8 de la Ley 18.216, se declara: I.- Que se condena a SEBASTIÁN ALEJANDRO TEJEDA DÍAZ, cédula nacional de identidad número 21.096.406-1, ya individualizado, a sufrir LA PENA DE QUINIENTOS CUARENTA Y UN DÍAS de presidio menor en su grado medio, en su calidad de autor del DELITO consumado de ROBO CON FUERZA EN LAS COSAS QUE SE ENCUENTRAN EN BIENES NACIONALES DE USO PÚBLICO, previsto y sancionado en el artículo 443 en relación con el artículo 442 del Código Penal, cometido en la ciudad de Osorno el día 03 de enero de 2024, en perjuicio de don Fabian Eladio Cuchipe Canquil. Código: UUXXXUTWKPE Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl II.- Que reuniendo el sentenciado los requisitos del artículo 8 de la Ley 18.216 y su Reglamento EL CONDENADO DEBERÁ CUMPLIR LA PENA IMPUESTA BAJO LA SUSTITUTIVA DE RECLUSIÓN NOCTURNA, consistente en el encierro en establecimientos especiales, desde las 22:00 horas de cada día hasta las 06:00 horas del día siguiente, computándose una noche por cada día de privación o restricción de libertad. En el evento que el beneficio le fuere revocado por cualquier motivo, cumplirá la pena privativa de libertad en forma efectiva, desde que se presente o fuera habido.
Texto Completo (Preview)
RUC N°2400008977-6 RIT N°26 - 2024 IMPUTADO: SEBASTIÁN ALEJANDRO TEJEDA DÍAZ PROCEDIMIENTO: ABREVIADO. DELITO: ROBO EN BIENES NACIONALES DE USO PUBLICO. Osorno, veinticuatro de abril de dos mil veinticinco. VISTOS: Este Juzgado de Garantía de Osorno, dicta sentencia de acuerdo a los trámites del procedimiento abreviado, en el Proceso Rol Único N°2400008977-6, RITN°26 - 2024, seguida en contra d
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