Juzgado de Letras y Garantía de Paillaco

JEISSON BARUC RIQUELME RIQUELME C/ ALEX GERMÁN DELGADO AEDO

Rol

O-39-2025

Fecha

24 de abril de 2025

Materia

CONDUC.SIN LA LICENCIA DEBIDA ART 194 LEY DE TRANSITO.

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE. De conformidad a lo dispuesto en el Acta 71 – 2016, emanada de la Excma. Corte Suprema, se deja constancia que la sentencia respectiva se encuentra grabada en forma íntegra en el registro de audio del Tribunal con el Ruc 2401424574-6, audiencia realizada con fecha 24 de abril de 2025, trascribiéndose sólo la parte resolutiva del fallo, que es del siguiente tenor: Conforme a lo expuesto y visto además lo dispuesto en los artículos 1, 3, 5, 7, 11, 14 N° 1, 15 N°1, 21, 25, 30, 50 y siguientes del Código Penal; artículos 1 y 194 de la Ley 18.290; artículos 388 y siguientes del Código Procesal Penal; artículos 1, 3 y siguientes de la Ley 18.216, SE RESUELVE: I.- Que se condena a don ALEX GERMÁN DELGADO AEDO, Cedula nacional de identidad 11.704.614-1, domiciliado en Calle Balmaceda Nº 785 de la comuna de Futrono, forma especial de notificación el teléfono 73959447 SOLO mensajería Whatsapp, a la PENA DE 41 DÍAS DE PRISIÓN EN SU GRADO MAXIMO, a las accesorias legales de suspensión para cargo y oficios públicos mientras dure su condena, en su calidad de autor del delito de conducción de vehículo motorizado careciendo de la licencia de conducir requerida, descrito y sancionado en el artículo 194 de la Ley de Tránsito N°18.290, cometidde en esta comuna con fecha 19 de noviembre de 2024. II.- Que, cumpliendo el sentenciado los requisitos del artículo 4 de la Ley N°18.216, se sustituye el cumplimiento de la pena privativa de libertad impuesta por la pena de REMISIÓN CONDICIONAL, debiendo quedar sujeto al control administrativo y a la vigilancia del Centro de Reinserción Social de Gendarmería de Chile de la ciudad de Valdivia, por el lapso total de 1 AÑO, y debiendo, además, cumplir durante el período de control con las condiciones legales del artículo 5° de la citada ley. El sentenciado deberá presentarse al Centro de Reinserción Social de Gendarmería de Chile, dentro de décimo día desde que quede ejecutoriada la presente sentencia, bajo apercibimi

Fallo

SE RESUELVE: I.- Que se condena a don ALEX GERMÁN DELGADO AEDO, Cedula nacional de identidad 11.704.614-1, domiciliado en Calle Balmaceda Nº 785 de la comuna de Futrono, forma especial de notificación el teléfono 73959447 SOLO mensajería Whatsapp, a la PENA DE 41 DÍAS DE PRISIÓN EN SU GRADO MAXIMO, a las accesorias legales de suspensión para cargo y oficios públicos mientras dure su condena, en su calidad de autor del delito de conducción de vehículo motorizado careciendo de la licencia de conducir requerida, descrito y sancionado en el artículo 194 de la Ley de Tránsito N°18.290, cometidde en esta comuna con fecha 19 de noviembre de 2024. II.- Que, cumpliendo el sentenciado los requisitos del artículo 4 de la Ley N°18.216, se sustituye el cumplimiento de la pena privativa de libertad impuesta por la pena de REMISIÓN CONDICIONAL, debiendo quedar sujeto al control administrativo y a la vigilancia del Centro de Reinserción Social de Gendarmería de Chile de la ciudad de Valdivia, por el lapso total de 1 AÑO, y debiendo, además, cumplir durante el período de control con las condiciones legales del artículo 5° de la citada ley. El sentenciado deberá presentarse al Centro de Reinserción Social de Gendarmería de Chile, dentro de décimo día desde que quede ejecutoriada la presente sentencia, bajo apercibimiento de despacharse una orden de detención en su contra. Código: CVRSXUQMXNE Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.c

Texto Completo (Preview)

Paillaco., veinticuatro de abril de dos mil veinticinco. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE. De conformidad a lo dispuesto en el Acta 71 – 2016, emanada de la Excma. Corte Suprema, se deja constancia que la sentencia respectiva se encuentra grabada en forma íntegra en el registro de audio del Tribunal con el Ruc 2401424574-6, audiencia realizada con fecha 24 de abril de 2025, trascribiéndose sólo la part

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