Juzgado de Garantía de Valdivia

MP C/ BRIAN GUILLERMO MONTENEGRO RAMÍREZ

Rol

O-6167-2023

Fecha

24 de abril de 2025

Materia

ROBO EN LUGAR NO HABITADO.

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

Hechos: “El día 12 de octubre del año 2023 alrededor de las 03:00 horas, el imputado BRIAN GUILLERMO MONTENEGRO RAMÍREZ con ánimo de sustraer especies llegó hasta calle Calafquen N° 205, que corresponde a una frutería, denominada “La Roquita”. A dicho lugar el imputado ingresó saltando el cerco perimetral y luego rompiendo una ventana del lugar para luego proceder a registrar diversas dependencias donde sustrajo un teléfono celular marca Huawei modelo p9, una lapicera marca Cross, 01 abrecarta, adaptador USB C a A Iphone de color negro, una cantimplora de whisky marca Jack Daniels. Luego se trasladó hasta las dependencias de venta de productos donde sustrajo desde la caja fuerte dinero en efectivo, en específico $65740 en monedas en diversas denominaciones y $49.000 en billetes. Siendo detenido posteriormente por Carabineros dentro del local comercial. Avalúo total de las especies sustraídas $314.740”. La parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el audio RUC que luego se refiere, de la misma fecha de la sentencia y la parte resolutiva es del siguiente tenor: Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto en los artículos 1, 7, 11 N° 9, 14, 15, 18, 21, 24, 30, 67, 442 N°1 del Código Penal; artículos 45, 47, 297, 340, 348, 388 y siguientes del Código Procesal Penal; 1, 4, 8, 10, 15, 15 bis de la Ley N°18.216, se declara: I.- Se condena a Brian Guillermo Montenegro Ramírez, CI. N° 19.047.580-8, mayor de edad, domiciliado en Sector Pablo Hurtado Block 21 depto. 10 Villa Keronke, Limache, a sufrir la pena de cuarenta y un días de prisión en su grado máximo, accesoria de suspensión de cargo u oficio público por el tiempo que dure la condena, por su responsabilidad como autor del delito de robo en lugar no habitado frustrado, ejecutado con fecha 12 de octubre de 2023, en la comuna de Valdivia. Código: SKQUXUVYJNE Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl II.- La pena a

Fallo

Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto en los artículos 1, 7, 11 N° 9, 14, 15, 18, 21, 24, 30, 67, 442 N°1 del Código Penal; artículos 45, 47, 297, 340, 348, 388 y siguientes del Código Procesal Penal; 1, 4, 8, 10, 15, 15 bis de la Ley N°18.216, se declara: I.- Se condena a Brian Guillermo Montenegro Ramírez, CI. N° 19.047.580-8, mayor de edad, domiciliado en Sector Pablo Hurtado Block 21 depto. 10 Villa Keronke, Limache, a sufrir la pena de cuarenta y un días de prisión en su grado máximo, accesoria de suspensión de cargo u oficio público por el tiempo que dure la condena, por su responsabilidad como autor del delito de robo en lugar no habitado frustrado, ejecutado con fecha 12 de octubre de 2023, en la comuna de Valdivia. Código: SKQUXUVYJNE Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl II.- La pena a la que fue condenado deberá ser cumplida en forma efectiva, por no tener derecho a pena sustitutiva. Registra un día de abono (detenido desde el 12 al 13 de octubre de 2023). III.- Se le exime del pago de las costas de la causa. Ejecutoriado el presente fallo, cúmplase con lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad. RIT N°6167-2023 RUC Nº2301105670-9 Dictada por don Fabián Eduardo Duffau García, Juez de Garantía de Valdivia. Código: SKQUXUVYJNE Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verifi

Texto Completo (Preview)

SENTENCIA EN PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO Valdivia, veinticuatro de abril de dos mil veinticinco. Hechos: “El día 12 de octubre del año 2023 alrededor de las 03:00 horas, el imputado BRIAN GUILLERMO MONTENEGRO RAMÍREZ con ánimo de sustraer especies llegó hasta calle Calafquen N° 205, que corresponde a una frutería, denominada “La Roquita”. A dicho lugar el imputado ingresó saltando el cerco perimet

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