Tribunal de Juicio Oral en lo Penal San Antonio

MINISTERIO PUBLICO C/ MOISES DAVID ROMERO CARPIO

Rol

O-139-2024

Fecha

25 de abril de 2025

Materia

OCULTAMIENTO DE PLACA PATENTE (ART. 192 LETRA E), RECEPTACIÓN DE VEHÍCULOS MOTORIZADOS

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO Y OÍDO: PRIMERO. Tribunal e intervinientes. Que el día quince de abril de dos mil veinticinco, ante esta sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de San Antonio, integrada por los jueces don Edgardo Castro Fuentes, presidente de sala, don Mauricio Aguilar Donoso (S) y don Héctor Galleguillos Carmona (S) se llevó a efecto la audiencia de juicio oral de la causa RIT 139-2024 seguida en contra del acusado Moisés David Romero Carpio, cédula de identidad 26.266.021-4, nacido el 12 de abril de 1999, venezolano, 26 años, camionero, soltero, domiciliado en calle 12 Sur, Block 245 depto. 35, Villa Estoril, forma especial de notificación al correo electrónico mdrcking12@gmail.com, San Antonio; representado legalmente por el defensor penal privado don Juan Carlos Rivera Fuentes. Por el Ministerio Público compareció el fiscal Fred Silva Valenzuela. SEGUNDO: La acusación presentada por el Ministerio Público que fue objeto del juicio textualmente reproducida es la siguiente: I.-HECHOS. El día 13 de octubre de 2023, alrededor de las 13:30 horas, el imputado MOISES DAVID ROMERO CARPIO, mantenía en su poder en vehículo station wagon, marca Mazda modelo CX5, color gris grafito, en la vía pública específicamente en calle 12 Sur N° 210 de la comuna de San Antonio, utilizando a sabiendas la placa patente JUTVY- 10, una de la cuales mantenía instalada y la que es falsa y que corresponde a otro vehículo, ya que la placa patente que corresponde al vehículo que mantenía el imputado es la JCVS- 59 vehículo que mantenía un encargo por el delito de hurto de fecha 21 de diciembre de 2023 denuncia realizada por don Tomas Barros Puertas, situación que el imputado conocía o no podía menos que conocer su origen ilícito. II.- CALIFICACIÓN JURÍDICA, GRADO DE DESARROLLO Y PARTICIPACIÓN: Los hechos antes descritos tipifican los delitos de receptación de vehículo descrito y sancionado en el artículo 456 bis A del Código Penal, y el delito de conducción o utilización de placa patente falsa,

Fundamentos

motivos plausibles para sostener su acusación en juicio, se le eximirá del pago de las costas.

Fallo

Por estas consideraciones solicita que dicte en contra de esta sentencia condenatoria. En su alegato de cierre la Defensa señala que es necesario hacer algunas precisiones respecto de la acusación, la placa patente que portaba el vehículo es la JUTVY- 10, son 5 letras, ¿se pregunta cuál de esas letras habrá que eliminar? Cuestiona que tengamos que subsidiar la labor ineficiente del Ministerio Público, ya que el Fiscal está hablando de la falta de diligencia de su representado. Se colocó en la acusación como encargo por delito de hurto la fecha 21 de diciembre del 2023, una fecha posterior al hallazgo del vehículo, razona que si ni siquiera los fiscales o los que le ayudan tienen este nivel de detalle, ¿cómo se le puede exigir a una persona que sepa que en cierto ángulo las patentes deben tener o se debe ver un escudo o una estrella? Como dice el Fiscal, él tuvo que hacer esa diligencia el día de hoy, señala que, si uno tiene que hacer un ejercicio para poder ver eso, es porque tiene que saber lo que está buscando. Por lo tanto, es perfectamente posible que una persona reciba una patente y no se dé cuenta de que es falsificada, porque como dijo el carabinero, don Rodrigo, él tuvo que hacer curso para eso. En cuanto a la pericia, la pericia sólo estableció una conclusión a propósito de esta imagen inductiva que le mostró el señor fiscal con las patentes. No dijo qué operaciones había realizado y cómo se vinculaban esas operaciones con el resultado obtenido. Por lo tanto, solam

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MINISTERIO PÚBLICO CON MOISES DAVID ROMERO CARPIO RECEPTACIÓN DE VEHÍCULO MOTORIZADO Y CONDUCCIÓN Y UTILIZACIÓN DE VEHÍCULO CON PLACA PATENTE FALSIFICADA (ABSOLUCIÓN) RIT 139-2024 RUC 2301115391-7 San Antonio, veinticinco de abril de dos mil veinticinco. VISTO Y OÍDO: PRIMERO. Tribunal e intervinientes. Que el día quince de abril de dos mil veinticinco, ante esta sala del Tribunal de Juicio Oral

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