Jgdo. L. y G. de Paillaco

ANONIMIZADO

Rol

F-150-2022

Fecha

21 de diciembre de 2023

Materia

VIOLENCIA INTRAFAMILIAR

Resultado

No especificado

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Hechos

Vistos: Habiendo transcurrido el plazo estipulado por Ley desde que se suspendió condicionalmente la dictación de la sentencia en la presente causa, sin que ésta fuera dejada sin efecto o se informara el incumplimiento de las condiciones decretadas, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 98 de la ley 19.968, se declara: Que se ordena el ARCHIVO de estos antecedentes. Consecuentemente ofíciese al Servicio de Registro Civil e Identificación, a fin de que se proceda a la omisión de la inscripción practicada, de conformidad con lo dispuesto en el inciso final del artículo 96 de la Ley de Familia, respecto del...

Fallo

se declara: Que se ordena el ARCHIVO de estos antecedentes. Consecuentemente ofíciese al Servicio de Registro Civil e Identificación, a fin de que se proceda a la omisión de la inscripción practicada, de conformidad con lo dispuesto en el inciso final del artículo 96 de la Ley de Familia, respecto del...

Texto Completo (Preview)

Paillaco, veintiuno de diciembre de dos mil veintitrés. Por evacuado informe de la Consejera Técnica. Vistos: Habiendo transcurrido el plazo estipulado por Ley desde que se suspendió condicionalmente la dictación de la sentencia en la presente causa, sin que ésta fuera dejada sin efecto o se informara el incumplimiento de las condiciones decretadas, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 9

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