15º Juzgado de Garantía de Santiago

C/ FRANCISCO JAVIER JIMÉNEZ MOYA

Rol

O-4541-2024

Fecha

23 de abril de 2025

Materia

CONDUC.ESTADO DE EBRIEDAD CON O SIN DAÑOS O LESIONES LEVES.

Resultado

No especificado

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Hechos

RESUMEN: RUC : 2401146383-1 RIT : 4541-2024 MATERIA : Conducción en estado de ebriedad con daños IMPUTADO : FRANCISCO JAVIER JIMÉNEZ MOYA CEDULA DE IDENTIDAD : 17.383.301-6 DOMICILIO : Pasaje Los Textiles N° 729, Colina FISCAL : Rodrigo Paredes Belmar DEFENSOR : Pía Forlivesi Rodríguez TRIBUNAL : 15° Juzgado Garantía Santiago FECHA DE SENTENCIA : 23 de abril de 2025 CIRC. MODIF. RESP. PENAL: Artículo 11 N° 9 del Código Penal PROCEDIMIENTO : Procedimiento Simplificado Santiago, veintitrés de abril de dos mil veinticinco.

Fundamentos

Considerando: Que, en cuanto a la determinación de la pena se tiene presente que le beneficia la circunstancia atenuante prevista en el artículo 11 N° 9 del mismo texto legal, esto es, la colaboración sustancial al esclarecimiento de los hechos, ya que ésta con su admisión de responsabilidad ha relevado al ente persecutor de su carga probatoria y ha ahorrado gastos al Erario Público al evitar la realización de un juicio oral y contradictorio. Resolución: I.- Que, se condena a FRANCISCO JAVIER JIMÉNEZ MOYA, ya individualizado, por su participación en calidad de autor en delito de conducción en estado de ebriedad causando daños, perpetrado en la comuna de La Pintana, el día 26 de septiembre de 2024, en grado de ejecución de consumado, a la pena de CUARENTA Y UN DÍAS de prisión en su grado máximo, con la accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena. II.- Que se le condena a la SUSPENSIÓN DE SU LICENCIA DE CONDUCIR, por el término de DOS AÑOS, la que se contará desde el momento que esta se encuentra retenida por la Fiscalía, esto es desde el día 26 de septiembre del 2024. III.- Que se exime al sentenciado del pago de las costas de la causa, atendido lo dispuesto en el artículo 600 del Código Orgánico de Tribunales, esto es, por haber sido representado por la Defensoría Penal Pública. IV.- Que se le condena a pagar una MULTA de UN TERCIO DE U.T.M., y teniendo presente el tiempo que el sentenciado estuvo privado de libertad por esta causa, el día 26 de septiembre del año 2024, se tiene la pena de multa anteriormente impuesta, POR CUMPLIDA y por pagada. V.- Que, reuniéndose, en este caso, los requisitos establecidos en el artículo 4° y siguiente de la Ley 18.216 se sustituye al sentenciado el cumplimiento de la pena privativa de libertad impuesta por la pena de remisión condicional, debiendo quedar sujeto al control administrativo y a la asistencia de la sección correspondiente de Gendarmería de Chile, por el término de un año, debiendo además cumplir durante el período de control con las demás exigencias legales que establece el artículo 5° y siguientes de la citada Ley. El sentenciado deberá presentarse al C.R.S. Santiago Norte el día lunes 05 de mayo de 2025 a las 08:00 horas, que la presente sentencia quede firme y ejecutoriada y bajo los apercibimientos legales de despacharse en su contra orden de detención si no comparece. Si la pena sustitutiva impuesta fuera revocada o quebrantada el condenado cumplirá íntegra y efectivamente con la pena privativa de libertad o, en su caso, se la reemplazará por la pena sustitutiva de mayor intensidad o también se dispondrá la intensificación de las condiciones decretadas. Código: JQCRXUXSWPG Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl En estos casos se someterá al condenado al cumplimiento del saldo de la pena inicial abonándose a su favor el tiempo efectivo de ejecución de la pena sustitutiva, dejándose constanci

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RESUMEN: RUC : 2401146383-1 RIT : 4541-2024 MATERIA : Conducción en estado de ebriedad con daños IMPUTADO : FRANCISCO JAVIER JIMÉNEZ MOYA CEDULA DE IDENTIDAD : 17.383.301-6 DOMICILIO : Pasaje Los Textiles N° 729, Colina FISCAL : Rodrigo Paredes Belmar DEFENSOR : Pía Forlivesi Rodríguez TRIBUNAL : 15° Juzgado Garantía Santiago FECHA DE SENTENCIA : 23 de abril de 2025 CIRC. MODIF. RESP. PENAL: Artíc

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