VICENTE ANTONIO CORTES COLLAO C/ KAREN LUZ HUAIQUIMIL GARCÍA
Rol
O-6197-2024
Fecha
24 de abril de 2025
Materia
TENENCIA CELULAR EN RECINTOS PENALES. ART. 304 TER C.P.
Resultado
No especificado
Hechos
vistos los antecedentes y
Fundamentos
considerando: PRIMERO: Que ante este Juzgado de Garantía, el Ministerio Público, presentó requerimiento en procedimiento simplificado, en contra de KAREN LUZ HUAIQUIMIL GARCÍA, cédula de identidad N° 15.006.849-5, nacida el 07 de septiembre de 1982, chilena, casada, domiciliada en parcela 131 loteo 21, sector rinconada el sauce, comuna de Coquimbo.- SEGUNDO: Que con esta fecha se celebró audiencia de procedimiento simplificado con la asistencia de todos los intervinientes, y se dio lectura al requerimiento, el que versa sobre los siguientes hechos: “El día 26/05/2024, a las 17:20 horas aproximadamente, en circunstancias que la imputada KAREN LUZ HUANQUIMIL GARCIA, quien se encuentra privada de libertad, al interior del módulo 82 del Centro de Cumplimiento Penitenciario, ubicado en calle Huachalalume S/N°, comuna de La Serena, fue sorprendida por personal de Gendarmería de Chile, sin estar legal o reglamentariamente autorizado por el referido establecimiento, portando 2 cargadores de celulares, 02 cables USB y 15 chip de diversas compañías, elemento que le permite a la requerida comunicarse con el exterior.”. Estima el Ministerio Público que los hechos antes descritos son constitutivos del delito consumado de delito prescrito y sancionado en el artículo 304 ter del Código Penal, encontrándose el delito en grado de consumado y correspondiéndole a la imputada participación en calidad de autora, solicitando la aplicación de una pena de quinientos cuarenta días de presidio menor en su grado mínimo, las accesorias legales de suspensión para cargos u oficios públicos, mientras dure la condena, el comiso de dos cargadores de celulares, dos cables USB y quince chip de diversas compañías encontrados en poder del imputado y al pago de las costas de la causa, indicando que concurre a su respecto la circunstancia agravante prevista en el artículo 12 N° 16 del Código Penal. Código: YFNFXUXCPYD Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl P R O C E D I M I E N T O : J u i c i o O r a l S i m p l i f i c a d o . R U C N º : 2 4 0 0 6 3 8 4 2 9 - K . R I T N º : 6 1 9 7 - 2 0 2 4 . D E L I T O : T e n e n c i a i l e g a l d e c h i p t e l e f ó n i c o y e q u i p o s c e l u l a r e s e n u n e s t a b l e c i m i e n t o p e n i t e n c i a r i o ( a r t . 3 0 4 t e r , C ó d i g o P e n a l ) S E N T E N C I A D A : K A R E N L U Z H U A I Q U I M I L G A R C Í A . - R I T 6197 - 2024 P á g i na 2 TERCERO: Que informada de sus derechos y advertida de las consecuencias legales de su decisión, según consta en la audiencia respectiva, la imputada no reconoció su responsabilidad en los hechos materia de la imputación de la Fiscalía, por lo que se citó a los testigos para la audiencia de juicio simplificado. CUARTO: Que en la audiencia de estilo, y al momento de su apertura, indicó que con los testimonios de los funcionarios de Gendarmería de Chile comprobaría los hechos y la participación de la reque
Fallo
Por estas consideraciones y teniendo presente además lo dispuesto en los artículos 1, 3, 304 bis, 304 ter del Código Penal y artículos 11, 340, 388 y siguientes del Código Procesal Penal, SE DECLARA: I.- Que se absuelve a KAREN LUZ HUAIQUIMIL GARCÍA, cédula de identidad Nº 15.006.849-5, antes individualizada, de los cargos formulados por el Ministerio Público materia de esta causa. II.- Que se condena a la Fiscalía al pago de las costas. Anótese, regístrese en copia autorizada, y archívese en su oportunidad. RUC N° 2400638429-K. RIT Nº 6197 - 2024.- Sentencia dictada por don ALAIN MALDONADO LIBERONA, Juez Titular del Juzgado de Garantía de La Serena.- Código: YFNFXUXCPYD Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2025-04-24T13:33:02-0400
Texto Completo (Preview)
P R O C E D I M I E N T O : J u i c i o O r a l S i m p l i f i c a d o . R U C N º : 2 4 0 0 6 3 8 4 2 9 - K . R I T N º : 6 1 9 7 - 2 0 2 4 . D E L I T O : T e n e n c i a i l e g a l d e c h i p t e l e f ó n i c o y e q u i p o s c e l u l a r e s e n u n e s t a b l e c i m i e n t o p e n i t e n c i a r i o ( a r t . 3 0 4 t e r , C ó d i g o P e n a l ) S E N T E N C I A D A : K A R E N
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