Juzgado de Letras de La Ligua

COMPAÑIA MINERA VIZCACHITAS HOLDING

Rol

V-61-2021

Fecha

20 de octubre de 2021

Materia

MINERO, PEDIMENTO (CONCESIÓN DE EXPLORACIÓN)

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, en Folio N° 1, don FRANCISCO OSSA SANTA CRUZ, chileno, casado, abogado, cédula nacional de identidad número 13.232.919-2, con domicilio en calle Roger de Flor N° 2736, Piso 7, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, en representación de COMPAÑÍA MINERA VIZCACHITAS HOLDING, sociedad contractual minera chilena, Rol Único Tributario número 77.147.590-6, con domicilio en calle Augusto Leguía Norte N° 100, Oficina 812, comuna de Las Condes, Región Metropolitana; con fecha 8 de marzo 2021, a las 15:39:35 horas, presento solicitud de pedimento minero denominado “ALI 4”, cuyo punto medio se encuentra ubicado en la comuna de Cabildo, provincia de Petorca, Quinta Región de Valparaíso, y cuyas coordenadas U.T.M. son Norte: 6.425.500,00 metros y Este: 347.500,00 metros, referidos al Elipsoide Internacional de 1924, Datum La Canoa de 1956, Huso 19; e indicando que el terreno pedido tendrá la forma de un rectángulo, y medirá 3.000,00 metros en la orientación Norte-Sur U.T.M. y 1.000,00 metros en la orientación Este-Oeste U.T.M.; y, mediante la cual requiere se constituya a favor de su representada la concesión de exploración ya referida de trescientas (300) hectáreas; el que se ordenó inscribir y publicar con fecha 10 de marzo del mismo año, en Folio N° 4. SEGUNDO: Que, dicho pedimento se inscribió el 29 de marzo de 2021, a fojas 88 Nº 56 del Registro de Descubrimientos del Conservador de Minas de La Ligua del año 2021, inscripción acompañada en Folio N° 5. TERCERO: Que, la solicitud de pedimento minero, se publicó el día jueves 8 de abril de 2021, en el Boletín Oficial de Minería, acompañado en Folio N° 5. CUARTO: Que, las coordenadas Universales Transversales de Mercator (U.T.M) del Punto Medio, referidas a Datum Provisorio Sudamericano La Canoa 1956, Elipsoide Internacional de Referencia 1924, Huso 19, y de cada uno de los vértices de la cara superior de la concesión de exploración solicitada son: VÉRTICES NORTE (metros) ESTE (m

Fallo

SE DECLARA QUE: I. SE APRUEBA el plano de la concesión de exploración solicitada, debiendo mantenerse agregado a los autos una copia del mismo y remítase al Servicio Nacional de Geología y Minería el original de dicho plano, junto con copia autorizada de esta sentencia definitiva, una vez que se encuentre firme o ejecutoriada. II. SE DECLARA CONSTITUIDA la concesión de exploración denominada "ALI 4”, con una superficie total de trescientas (300) hectáreas, ubicadas en la comuna de Cabildo, provincia de Petorca, Región de Valparaíso, a favor de COMPAÑÍA MINERA VIZCACHITAS HOLDING, ya individualizada. III. EXTRÁCTESE la presente sentencia constitutiva al tenor de lo establecido en el artículo 90 del Código de Minería y PUBLÍQUESE en el Boletín Oficial de Minería de La Ligua el primer día hábil de cualquier mes, pero, en todo caso, antes de requerirse al Conservador de Minas de La Ligua la inscripción de esta sentencia. IV. INSCRÍBASE la presente sentencia constitutiva en el Registro de RIT« » Foja: 1 Descubrimientos del Conservador de Minas de La Ligua. Dicha inscripción deberá requerirse dentro del término de ciento veinte días, contados desde la fecha de la presente sentencia, bajo apercibimiento de que ella dejará de surtir efecto y la concesión caducará. Para este efecto se dará al interesado o quien sus intereses represente copia autorizada del presente fallo. Déjese constancia en la inscripción de la fecha en que se publicó el extracto a que se refiere el acápite anter

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RIT« » Foja: 1 FOJA: 13 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : Juzgado de Letras de La Ligua CAUSA ROL : V-61-2021 CARATULADO : COMPA IA MINERA VIZCACHITAS HOLDINGÑ La Ligua, veinte de Octubre de dos mil veintiuno VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, en Folio N° 1, don FRANCISCO OSSA SANTA CRUZ, chileno, casado, abogado, cédula nacional de identidad número 13.232.919-2, con domicilio

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