CASTRO/FORESTAL DOÑA RAQUEL S.P.A.
Rol
O-1234-2022
Fecha
19 de octubre de 2022
Materia
Cotizaciones Previsionales, Despido indirecto, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Nulidad del despido, Prestaciones
Resultado
No especificado
Hechos
HECHOS: Registrado en audio. LLAMADO A CONCILIACIÓN no prospera atendida la inasistencia de la parte demandada. Solicitud de parte demandante: Esta parte solicita la admisión tacita de los hechos planteados en la demanda, en virtud el artículo 453 N° 1 inciso 7°, al estar válidamente emplazadas las demandadas, quienes no han contestado la demanda, y en relación el artículo 453 N° 1 inciso 2° solicita se dicte sentencia en forma inmediata, lo anterior a fin de no dilatar el presente proceso. Tribunal provee: Atendido lo expuesto por la demandante al no haberse contestado la demanda y al no haber comparecido a la audiencia preparatoria la demandada, en ese entendido estima no existen hechos pertinentes, sustanciales y no controvertidos, y por lo tanto, omitirá la recepción de causa a prueba y se procede a dictar sentencia en forma inmediata. SENTENCIA: (Se deja constancia que el Magistrado, dicta la sentencia en audio, constando en la presente acta solo la transcripción de la parte resolutiva del fallo.) Concepción, diecinueve de octubre de dos mil veintidós. VISTO Y OIDOS Por estas consideraciones y teniendo presente lo dispuesto en los artículos 1, 3, 7, 8, 27, 63, 160, 162, 168, 171, 446 y siguientes, 453 n° 1, 3 y demás pertinentes del Código del Trabajo, artículos 144 del Código de procedimiento civil artículo 1698 del código civil y demás normas legales pertinentes, se declara: I.- Que, ha lugar a la demanda de despido indirecto por incumplimiento grave de las obligaciones que impone el contrato, así como la demandada de nulidad del despido y aquella destinada al cobro de las indemnizaciones y prestaciones laborales que fueron interpuestas por don GABRIEL IGNACIO CASTRO PARRA, en contra de la demandada empresa FORESTAL DOÑA RAQUEL SPA., RUT Nº 76.937.108-7, representada legalmente por don Reiner Ignacio Vigueras Ríos, Run Nº 18.987.399-9, ambos debidamente individualizados o por quien al tiempo de la eventual ejecución tenga el carácter de representante del emp
Fallo
Por estas consideraciones y teniendo presente lo dispuesto en los artículos 1, 3, 7, 8, 27, 63, 160, 162, 168, 171, 446 y siguientes, 453 n° 1, 3 y demás pertinentes del Código del Trabajo, artículos 144 del Código de procedimiento civil artículo 1698 del código civil y demás normas legales pertinentes, se declara: I.- Que, ha lugar a la demanda de despido indirecto por incumplimiento grave de las obligaciones que impone el contrato, así como la demandada de nulidad del despido y aquella destinada al cobro de las indemnizaciones y prestaciones laborales que fueron interpuestas por don GABRIEL IGNACIO CASTRO PARRA, en contra de la demandada empresa FORESTAL DOÑA RAQUEL SPA., RUT Nº 76.937.108-7, representada legalmente por don Reiner Ignacio Vigueras Ríos, Run Nº 18.987.399-9, ambos debidamente individualizados o por quien al tiempo de la eventual ejecución tenga el carácter de representante del empleador conforme al artículo 4 del Código del Trabajo. II.- Que debido a lo anterior se condena a la parte demandada al pago de las siguientes sumas: a).- Que en cuanto a la Indemnización por falta de aviso previo habiéndose acogido la demanda en este punto, se establece el pago de una suma de $532.490.- que corresponde al pago de ultima remuneración ya señalada. b) Que en cuanto a la Indemnización por años de servicios corresponde atendida la antigüedad que registra el actor a dos periodos y que asciende en total a la suma de s $1.064.980.- c) Que en cuanto al Recargo legal conform
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ACTA DE AUDIENCIA PREPARATORIA PROCEDIMIENTO ORDINARIO (Audiencia efectuada por videoconferencia a través de plataforma digital zoom) FECHA 19 de octubre de 2022 RUC 22-4-0425863-3 RIT O-1234-2022 MAGISTRADO DENIS OYARCE ORREGO Audio ADMINISTRATIVO DE ACTAS Fabiola Godoy Aburto Remoto HORA DE INICIO 11:06 horas N°8 HORA DE TERMINO 11:32 horas Nº REGISTRO DE AUDIO 22-4-04
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