MMPP C/ JUAN LUIS HUERTA VÁSQUEZ
Rol
O-2345-2024
Fecha
22 de abril de 2025
Materia
VIOLACION DE MORADA.
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos: “Que el día 23 de julio de 2024, alrededor de 1:23 horas de la madrugada, el imputado Juan Luis Huerta Vázquez concurrió al inmueble particular ubicado en calle Cali 960 comuna de La Calera, inmueble y domicilio habitado por la víctima don Diego Hernán Fuentes Pérez quien se encontraba en su interior y una vez allí el imputado Juan Luis Huerta Vázquez procede a ingresar al interior del inmueble en contra de la voluntad de la víctima abriendo la puerta de acceso desde el patio al interior del domicilio, la cual se mantenía sin seguros, advirtiendo por parte de la víctima dicha situación por las cámaras de seguridad instaladas en su inmueble, procediendo el imputado a registrar el interior del inmueble, para posteriormente percatarse que su presencia había sido advertida por parte de la víctima, huir del lugar siendo detenidos en la inmediaciones por parte de personal de Carabineros el imputado”. VISTO Y OÍDOS LOS INTERVINIENTES: Se dan por reproducidas las actuaciones, alegaciones de las partes y lo expositivo y considerativo del fallo, todo lo cual ha quedado íntegramente en el registro de audio de la audiencia celebrada. Y visto además lo dispuesto en los artículos 487, del Código Penal; artículos 340, 388 y siguientes del Código Procesal Penal, se declara: I.- Que se rechaza el requerimiento presentado por el Ministerio Público, y en consecuencia se ABSUELVE al requerido JUAN LUIS HUERTA VÁSQUEZ, Cédula Identidad N° 16.401.155-0, ya individualizado, de los cargos e imputaciones del Ministerio Público, como autor del delito de violación de morada, supuestamente perpetrado con fecha 23 de julio de 2024, en territorio jurisdiccional de este Tribunal. II.- Que no se condena en costas al órgano persecutor, por estimar que tuvo razones fundadas para requerir y litigar en la presente causa. III.- Atendido lo resuelto, se deja sin efecto las medidas cautelares decretadas en su oportunidad. Ofíciese. Código: JLUNXUKETUC Este documento tiene firma electrónica y
Fallo
se declara: I.- Que se rechaza el requerimiento presentado por el Ministerio Público, y en consecuencia se ABSUELVE al requerido JUAN LUIS HUERTA VÁSQUEZ, Cédula Identidad N° 16.401.155-0, ya individualizado, de los cargos e imputaciones del Ministerio Público, como autor del delito de violación de morada, supuestamente perpetrado con fecha 23 de julio de 2024, en territorio jurisdiccional de este Tribunal. II.- Que no se condena en costas al órgano persecutor, por estimar que tuvo razones fundadas para requerir y litigar en la presente causa. III.- Atendido lo resuelto, se deja sin efecto las medidas cautelares decretadas en su oportunidad. Ofíciese. Código: JLUNXUKETUC Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad. RIT 2345 - 2024 RUC 2400848720-7 PRONUNCIADA POR ROBERTO PABLO LIZANA MORA, JUEZ DEL JUZGADO DE GARANTÍA DE LA CALERA. Código: JLUNXUKETUC Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2025-04-22T17:10:21-0400
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SENTENCIA EN PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO La Calera, veintidós de abril de dos mil veinticinco. Hechos: “Que el día 23 de julio de 2024, alrededor de 1:23 horas de la madrugada, el imputado Juan Luis Huerta Vázquez concurrió al inmueble particular ubicado en calle Cali 960 comuna de La Calera, inmueble y domicilio habitado por la víctima don Diego Hernán Fuentes Pérez quien se encontraba en su inte
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