12º Juzgado de Garantía de Santiago

C/ EMANUEL SALVADOR SÁNCHEZ SOTO

Rol

O-3887-2024

Fecha

22 de abril de 2025

Materia

ROBO EN LUGAR NO HABITADO.

Resultado

No especificado

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Hechos

HECHOS: “El día 29 de Agosto de 2024, alrededor de las 00:20 horas, el imputado EMANUEL SALVADOR SANCHEZ SOTO procedió a sustraer, con ánimo de lucro y en contra de la voluntad de su dueño, mediante su fractura, el medidor de agua de la empresa Vicsa Safety ubicada en calle Pintor Cicarelli N° 683, comuna de San Joaquín, siendo sorprendido por guardias Municipales, retenido y puesto a disposición de Carabineros Posteriormente, personal policial se percató que el imputado, ya individualizado, mantenía en su poder elementos conocidamente destinados a la comisión del ilícito de robo, esto es, un fierro tipo diablo, un martillo con mango de madera, un destornillador de cruz y una llave metálica”. Código: XMHTXUEXQSC Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 1, 11 N° 9, 15 Nº1, 21, 25, 67 y siguientes del Código Penal; artículo 442 N°2 del mismo cuerpo normativo ya mencionado; artículo 45, 47, 297, 340, 342, 388 y siguientes, y artículo 468 de Código Procesal Penal; se declara: I.- Que se condena a EMANUEL SALVADOR SÁNCHEZ SOTO, ya individualizado, a la pena SESENTA Y UN DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÍNIMO, accesorias legales de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, como autor del delito ROBO EN LUGAR NO HABITADO, previsto y sancionado en el artículo 442 N° 2 del Código Penal, en que se encuentra en grado de desarrollo frustrado, cometido el día 29 de agosto de 2024, comuna de San Joaquín. II.- Que, no reuniéndose en la especie ninguno de los requisitos establecidas en la Ley 18.216, se dispone que la pena corporal precedentemente impuesta deberá ser cumplida de forma efectiva, sirviendo de abono el tiempo que éste ha permanecido privado de libertad, y con motivo de esta causa, esto es, el día 29 de agosto de 2024 y 14 de diciembre del mismo año, según consta en audiencia de control de la detención de las mismas fec

Fallo

Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 1, 11 N° 9, 15 Nº1, 21, 25, 67 y siguientes del Código Penal; artículo 442 N°2 del mismo cuerpo normativo ya mencionado; artículo 45, 47, 297, 340, 342, 388 y siguientes, y artículo 468 de Código Procesal Penal; se declara: I.- Que se condena a EMANUEL SALVADOR SÁNCHEZ SOTO, ya individualizado, a la pena SESENTA Y UN DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÍNIMO, accesorias legales de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, como autor del delito ROBO EN LUGAR NO HABITADO, previsto y sancionado en el artículo 442 N° 2 del Código Penal, en que se encuentra en grado de desarrollo frustrado, cometido el día 29 de agosto de 2024, comuna de San Joaquín. II.- Que, no reuniéndose en la especie ninguno de los requisitos establecidas en la Ley 18.216, se dispone que la pena corporal precedentemente impuesta deberá ser cumplida de forma efectiva, sirviendo de abono el tiempo que éste ha permanecido privado de libertad, y con motivo de esta causa, esto es, el día 29 de agosto de 2024 y 14 de diciembre del mismo año, según consta en audiencia de control de la detención de las mismas fechas. III.-. Que, se exime al sentenciado del pago de las costas de la causa por haber sido patrocinado por la Defensoría Penal Pública, y haberse sometido a las normas el procedimiento simplificado, renunciado a su derecho de un juicio oral. Dese cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal en

Texto Completo (Preview)

RESUMEN: RUC : 2401022442-6 RIT : 3887 - 2024 TIPO DE DELITO : ROBO EN LUGAR NO HABITADO NOMBRE IMPUTADO : EMANUEL SALVADOR SÁNCHEZ SOTO CÉDULA DE IDENTIDAD : 19500020-4 DOMICILIO : CALLE CRASO Nº 315, SAN JOAQUÍN. ATENUANTES : ARTÍCULO 11 N° 9 CÓDIGO PENAL AGRAVANTES : NO CONCURREN. FISCAL : OSVALDO TOLEDO DEFENSOR : HUMBERTO CORDOVA TIPO DE RESOLUCIÓN : SENTENCIA PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO San

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