Juzgado de Garantía de Parral

JOSE EMILIANO CONCHA CABRERA C/ JAIME EFRAIN MELLADO SEPULVEDA

Rol

O-1408-2023

Fecha

22 de abril de 2025

Materia

CONDUC.ESTADO DE EBRIEDAD CON O SIN DAÑOS O LESIONES LEVES.

Resultado

No especificado

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Hechos

HECHOS ACREDITADOS: El día 07-04-2023 aproximadamente a las 13:15 horas, en circunstancias que el requerido Jaime Mellado Sepúlveda conducía el vehículo Placa Patente DTSH.53 por Calle Aníbal Pinto con O’Higgins en Parral y debido a que se desempeñaba en estado de ebriedad y no atento a las condiciones de tránsito del momento, colisionó en la parte posterior al vehículo Placa Patente PLWL.26 conducido por la víctima José Concha Cabrera. A raíz de la colisión el vehículo Placa Patente PLWL.26, resultó con daños en la parte trasera, parachoques y pintura, avaluados por el afectado en la suma de $5.205.000.- Por tal motivo, el requerido fue detenido por personal de carabineros y trasladado al SAR de Parral, donde se le practicó el examen de alcoholemia, que analizado por el Servicio Médico Legal de Talca arrojó una dosificación de 3,80 gramos por mil de alcohol en la sangre PARRAL, veintidós de abril de dos mil veinticinco. Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto en los artículos 1, 7, 11 N° 6, 11 N° 9, 14, 15 N° 1, 67, 70 del Código Penal; 110, 196, Ley 18.290; 388 y siguientes Código Procesal Penal; 4, 38Ley 18.216; se declara: I.- Que se condena a JAIME EFRAÍN MELLADO SEPÚLVEDA, cédula de identidad 0014425890-8, por los hechos cometidos dentro del territorio jurisdiccional de este tribunal con fecha 07/04/2023, como AUTOR del delito de CONDUCCIÓN DE VEHÍCULO MOTORIZADO EN ESTADO DE EBRIEDAD CAUSANDO DAÑOS, en perjuicio de JOSE EMILIANO CONCHA CABRERA, en grado de desarrollo consumado, a sufrir la pena de 41 DÍAS DE PRISIÓN SU GRADO MÁXIMO, multa de 1 UNIDADES TRIBUTARIAS MENSUALES, a la accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena y a la SUSPENSIÓN DE SU LICENCIA DE CONDUCIR POR 2 AÑOS. Código: DRKJXUXDXXD Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl II.- Que cumpliéndose los requisitos del artículo 4 de la Ley 18.216 se sustituye la pena privativa de libert

Fallo

Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto en los artículos 1, 7, 11 N° 6, 11 N° 9, 14, 15 N° 1, 67, 70 del Código Penal; 110, 196, Ley 18.290; 388 y siguientes Código Procesal Penal; 4, 38Ley 18.216; se declara: I.- Que se condena a JAIME EFRAÍN MELLADO SEPÚLVEDA, cédula de identidad 0014425890-8, por los hechos cometidos dentro del territorio jurisdiccional de este tribunal con fecha 07/04/2023, como AUTOR del delito de CONDUCCIÓN DE VEHÍCULO MOTORIZADO EN ESTADO DE EBRIEDAD CAUSANDO DAÑOS, en perjuicio de JOSE EMILIANO CONCHA CABRERA, en grado de desarrollo consumado, a sufrir la pena de 41 DÍAS DE PRISIÓN SU GRADO MÁXIMO, multa de 1 UNIDADES TRIBUTARIAS MENSUALES, a la accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena y a la SUSPENSIÓN DE SU LICENCIA DE CONDUCIR POR 2 AÑOS. Código: DRKJXUXDXXD Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl II.- Que cumpliéndose los requisitos del artículo 4 de la Ley 18.216 se sustituye la pena privativa de libertad por la REMISIÓN CONDICIONAL DE LA PENA, debiendo quedar sujeto a la observación de Gendarmería de Chile por el plazo de 1 AÑO, para ello deberá presentarse al CCP de Parral dentro de 5 días de ejecutoriada esta sentencia a iniciar el cumplimiento de la pena sustitutiva, bajo apercibimiento de despacharse orden de detención en su contra Durante este periodo deberá cumplir con los requisitos del artículo 5 de la señalada Ley III.-

Texto Completo (Preview)

RUC N° : 2300388925-4 RIT N° : 1408 - 2023 PROCEDIMIENTO : Simplificado DELITO : Conducción en estado de ebriedad result daños IMPUTADO : JAIME EFRAÍN MELLADO SEPÚLVEDA. CÉDULA IDENTIDAD N° : 0014425890-8 DOMICILIO : Calle Mario Mujica Nº 1138, Parral. CIRCUNSTANCIAS MODIFICATORIAS: ATENUENTES : 11 N° 6-9. FISCAL : ALVARO IGNACIO MUÑOZ BERRIOS DEFENSOR : MARCELO MORALES MOLINA HECHOS ACREDITADOS:

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