MP C/ GERARDO VARGAS ONOFRE
Rol
O-1525-2025
Fecha
22 de abril de 2025
Materia
RECEPTACION. ART. 456 BIS A., TRAFICO ILÍCITO DE DROGAS (ART. 3).
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos: El día 12 de marzo a las 11:40 horas, funcionarios del OS7 de Carabineros de Chile, en el sector de pasaje buena esperanza esquina calle Chacabuco, sector central, Copiapó, sorprendieron al imputado GERARDO VARGAS ONOFRE, al interior de dicho inmueble y con el fin de traficar en el interior compartimiento de estante de madera artesanal, específicamente oculto entre ropa de cama 34 cuerpos cilíndricos tipo ovoide, envuelto en nylon transparente y cinta negra, contenedor de 393 gramos de Clorhidrato de Cocaína. 01 cuerpo cilíndrico tipo ovoide, envuelto en nylon transparente y cinta verde, contenedor de 12 gramos de Ketamina. A su vez, en el mismo inmueble se incautaron 01 teléfono celular marca Huawei, color negro, pantalla quebrada, apagado. 01 teléfono celular marca Samsung, color negro, pantalla quebrada, apagado. 01 teléfono celular marca Apple Iphone, color rojo, pantalla en buen estado, apagado. 01 teléfono celular marca Samsung, color celeste, pantalla quebrada, encendido. 01 teléfono celular marca Motorola, color celeste, pantalla en buen estado, encendido. 01 teléfono celular marca Motorola, color azul marino, pantalla en buen estado, encendido. 01 teléfono celular marca Samsung, color verde agua, pantalla en buen estado, especies que provenían de delitos de hurto y robos, que el imputado sabía o no podía menos que conocer el origen ilícito de los mismos. SE DECLARA: I. Que se condena a GERARDO VARGAS ONOFRE, ya en calidad de AUTOR, del delito de RECEPTACION. ART. 456 BIS A., grado de desarrollo CONSUMADO, perpetrado en la comuna de Copiapó, el día 12 de marzo del año 2025, a la pena de SESENTA Y UN (61) DIAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MINIMO – MULTA DE UNA (1) UNIDAD TRIUTARIA MENSUAL, accesorias del artículo 30 del Código Penal, esto es, suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena. II. Que se condena a GERARDO VARGAS ONOFRE, ya en calidad de AUTOR, del delito de TRAFICO ILICITO DE DROGAS, grado de desarrollo CONSUMADO,
Fallo
SE DECLARA: I. Que se condena a GERARDO VARGAS ONOFRE, ya en calidad de AUTOR, del delito de RECEPTACION. ART. 456 BIS A., grado de desarrollo CONSUMADO, perpetrado en la comuna de Copiapó, el día 12 de marzo del año 2025, a la pena de SESENTA Y UN (61) DIAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MINIMO – MULTA DE UNA (1) UNIDAD TRIUTARIA MENSUAL, accesorias del artículo 30 del Código Penal, esto es, suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena. II. Que se condena a GERARDO VARGAS ONOFRE, ya en calidad de AUTOR, del delito de TRAFICO ILICITO DE DROGAS, grado de desarrollo CONSUMADO, perpetrado en la comuna de Copiapó, el día 12 de marzo del año 2025, a la pena de TRES (3) AÑOS Y UN (1) DIAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MAXIMO – MULTA DE DOS (2) UNIDADES TRIUTARIAS MENSUALES, accesorias del artículo 29 del Código Penal, esto es, inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la de inhabilitación absoluta para cargos y oficio públicos durante el tiempo de la condena – COMISO - ADN III. Se le sustituye la pena impuesta por la Pena Sustitutiva de Libertad Vigilada Intensiva por el mismo plazo de la condena en el Centro de Reinserción Social de la ciudad de Copiapó. Para el control de la ejecución de la pena impuesta, se ordena oficiar a las instituciones correspondientes, para la elaboración del plan de Intervención Individual, el cual deberá ser remitido en su oportunidad a este Tribunal y se tendrá por aprobado si no fuese objeto de observación por
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SENTENCIA DEFINITIVA DICTADA EN PROCEDIMIENTO ABREVIADO FECHA: Copiapó, veintidós de abril de dos mil veinticinco. TRIBUNAL: Juzgado de Garantía de Copiapó MAGISTRADO: PAULO FRANCO MUÑOZ PEDEMONTE RUC: 2500341854-8 RIT: 1525 - 2025 IMPUTADO: GERARDO VARGAS ONOFRE C.I. 24.476.525-4 FECHA DE NAC. 09 de agosto de 1973 DIRECCION Calle CHACABUCO Nº 177 COMUNA: Copiapó. DELITO RECEPTACION. ART. 456 B
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