MP FISCALIA LOCAL C/ RENATO JESÚS GODOY GALAZ
Rol
O-113-2020
Fecha
17 de abril de 2025
Materia
DAÑOS SIMPLES.
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos: “Los hechos. Con fecha 12/01/2020, aproximadamente a las 03:30 horas, el imputado Renato Jesús Godoy Galaz, se encontraba en el sector céntrico de Punta Arenas, momento en que pasa por Av. Colón, cruzando calle Magallanes, Felipe Guillermo Pérez Riquelme conduciendo el vehículo Toyota Corolla PPU BWZX.57-9, acompañado por María Ignacia Torres Oyarzo. Circunstancia en la cual, el imputado arroja contra el vehículo en movimiento una caja con botellas y otros elementos contundentes, causando daños al automóvil especialmente en la puerta y espejo lateral izquierdos.”. Transcripción de las citas legales y parte resolutiva de la sentencia dictada en audiencia y que se encuentra en el registro de audio del tribunal. Punta Arenas, diecisiete de enero de dos mil veinticinco. Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 1, 11Nro. 9, 14, 15, 21, 30, 49, 50, 68, 487, todos del Código Penal; artículos 393 y siguientes del Código Procesal Penal, SE DECLARA: I.- Que se CONDENA a don RENATO JESÚS GODOY GALAZ, cédula nacional de identidad Nº20.378.237-3, a la pena de multa de CUATRO TERCIOS (4/3) DE UNIDADES TRIBUTARIAS MENSUALES, como autor directo del delito consumado de daños simples previsto y sancionado en el artículo 487 del Código Penal, por el hecho acontecido el 12 de enero del año 2020 en el territorio jurisdiccional de este tribunal. II.- Que en lo que se refiere a la pena de multa de 4 tercios de unidades tributarias mensuales, esta se va a tener por cumplida, atendido el tiempo que ha permanecido privado de libertad con ocasión de esta causa, esto es desde el día 13 Código: CFVLXUXJGTB Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl de abril del año en curso hasta el día 14, en que permaneció detenido, y desde el día 14 hasta el día de hoy, 17 de abril del año 2025, que ha permanecido en prisión preventiva, sumando un total de 4 días, correspondiendo cada día a un tercio de unidad tributaria
Fallo
Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 1, 11Nro. 9, 14, 15, 21, 30, 49, 50, 68, 487, todos del Código Penal; artículos 393 y siguientes del Código Procesal Penal, SE DECLARA: I.- Que se CONDENA a don RENATO JESÚS GODOY GALAZ, cédula nacional de identidad Nº20.378.237-3, a la pena de multa de CUATRO TERCIOS (4/3) DE UNIDADES TRIBUTARIAS MENSUALES, como autor directo del delito consumado de daños simples previsto y sancionado en el artículo 487 del Código Penal, por el hecho acontecido el 12 de enero del año 2020 en el territorio jurisdiccional de este tribunal. II.- Que en lo que se refiere a la pena de multa de 4 tercios de unidades tributarias mensuales, esta se va a tener por cumplida, atendido el tiempo que ha permanecido privado de libertad con ocasión de esta causa, esto es desde el día 13 Código: CFVLXUXJGTB Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl de abril del año en curso hasta el día 14, en que permaneció detenido, y desde el día 14 hasta el día de hoy, 17 de abril del año 2025, que ha permanecido en prisión preventiva, sumando un total de 4 días, correspondiendo cada día a un tercio de unidad tributaria mensual, teniéndose de esta forma por pagada la multa, que se le ha impuesto en la presente causa, atendía la conversión que se ha hecho en los términos del artículo 49 del Código Penal. III.- Que no se condena en costas por no haberse solicitado. En su oportunidad, dese cumplimiento a
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Sentencia: Contra: RENATO JESÚS GODOY GALAZ, cédula nacional de identidad Nº20.378.237-3, domicilio en Sector Condominio San Ignacio IV Block B Depto. Nº301, Punta Arenas. Hechos: “Los hechos. Con fecha 12/01/2020, aproximadamente a las 03:30 horas, el imputado Renato Jesús Godoy Galaz, se encontraba en el sector céntrico de Punta Arenas, momento en que pasa por Av. Colón, cruzando calle Magallan
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