MP C/ CARLOS ANDRÉS CÁCERES CORONA
Rol
O-1720-2025
Fecha
14 de abril de 2025
Materia
HURTO SIMPLE POR UN VALOR DE MEDIA A MENOS DE 4 UTM.
Resultado
No especificado
Hechos
hechos: En Valdivia el día 13 de abril de 2025, a las 20:30 horas aproximadamente, en el interior del Supermercado Jumbo ubicado en calle Errázuriz N° 1040 de Valdivia, el imputado CARLOS ANDRÉS CÁCERES CORONA procedió a sustraer apropiarse con ánimo de lucro y en contra de la voluntad de sus dueños de una bolsa de dos kilos de comida para gatos, libro de caricaturas, stickers de los Minions y un peluche; todo avaluado en la suma de $75.450.- que introdujo en una bolsa reutilizable, para luego traspasar el lineal de cajas registradoras, sin pagar el valor de estas especies, siendo detenido por los guardias de seguridad en los momentos que hacía abandono del local comercial. Que la parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el audio RUC N°2500502234-K-1084 y la parte resolutiva es del siguiente tenor: Por estas consideraciones y teniendo además presente lo dispuesto en los artículos 1, 3, 5, 7, 14 N° 1, 15 N° 1, 30, 67, 70, 432, 446 N° 3 del Código Penal; artículos 388, 395 y siguientes del Código Procesal Penal; artículos 3, 4 y 38 de la Ley 18.216; se declara: Que se condena a CARLOS ANDRÉS CÁCERES CORONA, cédula de identidad N°19.249.305-6, domiciliado en Avda. Pedro Montt N°1572 de Valdivia, con forma especial de notificación al teléfono N° 954990841 y/o al correo electrónico carlosandres.0413@gmail.com, a las siguientes penas como autor, en los términos del artículo 15 N°1 del Código Penal, grado de desarrollo frustrado, de un delito de hurto simple, previsto y sancionado en el artículo 446 N°1 del Código Penal, en relación con lo dispuesto en el artículo 432 del mismo texto punitivo, perpetrado en Valdivia el día 13 de abril de 2025 en perjuicio de Supermercado Jumbo de Valdivia a una pena de veintiún días de prisión en su grado medio, accesorias del artículo 30 del Código Penal, esto es suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, multa a beneficio Fiscal de un tercio de Unidad Tributaria Mensual, sin
Fallo
Por estas consideraciones y teniendo además presente lo dispuesto en los artículos 1, 3, 5, 7, 14 N° 1, 15 N° 1, 30, 67, 70, 432, 446 N° 3 del Código Penal; artículos 388, 395 y siguientes del Código Procesal Penal; artículos 3, 4 y 38 de la Ley 18.216; se declara: Que se condena a CARLOS ANDRÉS CÁCERES CORONA, cédula de identidad N°19.249.305-6, domiciliado en Avda. Pedro Montt N°1572 de Valdivia, con forma especial de notificación al teléfono N° 954990841 y/o al correo electrónico carlosandres.0413@gmail.com, a las siguientes penas como autor, en los términos del artículo 15 N°1 del Código Penal, grado de desarrollo frustrado, de un delito de hurto simple, previsto y sancionado en el artículo 446 N°1 del Código Penal, en relación con lo dispuesto en el artículo 432 del mismo texto punitivo, perpetrado en Valdivia el día 13 de abril de 2025 en perjuicio de Supermercado Jumbo de Valdivia a una pena de veintiún días de prisión en su grado medio, accesorias del artículo 30 del Código Penal, esto es suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, multa a beneficio Fiscal de un tercio de Unidad Tributaria Mensual, sin costas. Para el cumplimiento de la pena privativa de libertad se sustituye la pena impuesta por la remision condicional de la misma, por el plazo de un año, a ser verificada en el Centro de Reinserción Social de Valdivia, debiendo permanecer en observación y cumplir todas las exigencias del artículo 4 y siguientes de la Ley 18.216. Si esta pen
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___________________________________________________________________________________________________________ Avenida Francia N° 2688, Valdivia - Correo Electrónico: jgvaldivia@pjud.cl - Fono: (63) 348916 / Fax: (63) 348843 SENTENCIA EN PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO Valdivia, catorce de abril de dos mil veinticinco. Los hechos: En Valdivia el día 13 de abril de 2025, a las 20:30 horas aproximadamente,
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