Juzgado de Garantía de Coquimbo

M.P. COQBO. C/ RICARDO ARIEL SON ROJO

Rol

O-2539-2025

Fecha

20 de abril de 2025

Materia

ROBO EN LUGAR HABITADO O DESTINADO A LA HABITACION.

Resultado

No especificado

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Hechos

HECHOS: “El día 20 de abril de 2025 a las 02:00 el imputado Ricardo Ariel Son Rojo junto con otra persona no identificada en esta investigación, procedió a ingresar escalando su cierre perimetral y forzando la reja de protección metálica de una ventana que da hacia el interior de un pieza, al inmueble ubicado en CALLE LAS DALIAS NRO.600. COMUNA DE COQUIMBO que no se encuentra ni morado ni habitado de propiedad OSCAR FUENTES MORALES y que está a cargo y por LEONARDO ALFREDO ROSSI MUÑOZ, procediendo a tomar y acopiar especies para sustraerlas siendo sorprendido en dicho actuar por Carabineros que llegaron al lugar alertados por los vecinos”. B.- SENTENCIA: Coquimbo, veinte de abril de dos mil veinticinco. Y visto además lo dispuesto en los artículos 1, 7, 11 N° 9, 15 No. 1, 18, 21, 30, 442 N°1 del Código Penal; 45, 47, 297, 340, 342, 388 y siguientes del Código Procesal Penal, se declara: I.- Que se condena a Ricardo Ariel Son Rojo, cédula de identidad N° 17.815.678-0, a la pena de trescientos días de presidio menor en grado mínimo, accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, como autor de un delito de robo con fuerza en las cosas en lugar no habitado, en grado de ejecución frustrado, previsto y sancionado en el artículo 442 N° 1 del Código Penal, delito cometido en la comuna de Coquimbo, territorio jurisdiccional del tribunal, el día 20 de abril de 2025. II.- Que, atendido el extracto de filiación y antecedentes del sentenciado, la pena privativa de libertad impuesta deberá ser de cumplimiento efectivo, sin abonos que considerar. III.- Que en atención a la naturaleza del procedimiento desarrollado y al hecho de encontrarse patrocinado el imputado por la Defensoría Penal Pública, se lo exime del pago de las costas de la causa. Téngase presente la renuncia a los plazos y recursos legales manifestada por los intervinientes y por ejecutoriada la presente sentencia; dese cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 468 del Código

Fallo

se declara: I.- Que se condena a Ricardo Ariel Son Rojo, cédula de identidad N° 17.815.678-0, a la pena de trescientos días de presidio menor en grado mínimo, accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, como autor de un delito de robo con fuerza en las cosas en lugar no habitado, en grado de ejecución frustrado, previsto y sancionado en el artículo 442 N° 1 del Código Penal, delito cometido en la comuna de Coquimbo, territorio jurisdiccional del tribunal, el día 20 de abril de 2025. II.- Que, atendido el extracto de filiación y antecedentes del sentenciado, la pena privativa de libertad impuesta deberá ser de cumplimiento efectivo, sin abonos que considerar. III.- Que en atención a la naturaleza del procedimiento desarrollado y al hecho de encontrarse patrocinado el imputado por la Defensoría Penal Pública, se lo exime del pago de las costas de la causa. Téngase presente la renuncia a los plazos y recursos legales manifestada por los intervinientes y por ejecutoriada la presente sentencia; dese cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 468 del Código Procesal Penal. Anótese, regístrese y en su oportunidad archívese. RUC 2500533829-0 Código: DVXXXUPYULB Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RIT 2539 - 2025 Sentencia dictada por Javier Andrés Marchant Cabezas, juez suplente del Juzgado de Garantía de Coquimbo. Código: DVXXXUPYULB Este documento tiene firma electrónica

Texto Completo (Preview)

A.- HECHOS: “El día 20 de abril de 2025 a las 02:00 el imputado Ricardo Ariel Son Rojo junto con otra persona no identificada en esta investigación, procedió a ingresar escalando su cierre perimetral y forzando la reja de protección metálica de una ventana que da hacia el interior de un pieza, al inmueble ubicado en CALLE LAS DALIAS NRO.600. COMUNA DE COQUIMBO que no se encuentra ni morado ni habi

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