Juzgado de Garantía de Los Ángeles

MP C/ ANDRÉS MANUEL ARANEDA ARANEDA

Rol

O-604-2025

Fecha

17 de abril de 2025

Materia

HURTO FALTA (494 BIS CODIGO PENAL)., LESIONES MENOS GRAVES.

Resultado

No especificado

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Hechos

visto además lo dispuesto en el 1, 3, 5, 11 N°9, 14, 15, 25, 26, 30, 50, 67, 69, 399, 494 bis del Código Penal; artículo 388, 389, 393, 395 y 407 del Código Procesal Penal se declara; I.-Que se condena a don ANDRÉS MANUEL ARANEDA ARANEDA, ya individualizado como autor del delito de lesiones menos graves previsto y sancionado en el artículo 399 del Código Penal, ejecutado en esta jurisdicción en grado consumado el día 08 de marzo de 2025, en perjuicio de Leopoldo Andrés Barrientos Morales, y por su responsabilidad a título de autor la falta de hurto previsto y sancionado en el artículo 494 bis del Código Penal, a sufrir dos penas de multa de un tercio de unidad tributaria mensual por cada uno de los ilícitos, más las accesorias legales del artículo 30 del Código Penal. II.-Que habiendo permanecido privado de libertad por un lapso superior a 12 horas en la presente causa al momento de su detención el día 09 de marzo de 2025 y que así mismo en causa RIT 3713-2022, del ingreso de este tribunal permaneció privado de libertad en los mismo términos, el 15 de mayo de 2022, las penas pecuniarias impuesta se le tendrán por cumplida. III.-Que no se condenan costas al sentenciado. Los intervinientes se entienden personalmente notificados de la sentencia definitiva pronunciada por este tribunal Dese cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Notifíquese, regístrese, y archívese en su oportunidad. RUC 2500318159-9 RIT 604-20254 Sentencia dictada por CLAUDIA AGUILERA GONZALEZ, Jueza (s) del Juzgado de Garantía de Los Ángeles. Código: QVXXUXXYZX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2025-04-17T15:04:58-0400

Fallo

Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto en el 1, 3, 5, 11 N°9, 14, 15, 25, 26, 30, 50, 67, 69, 399, 494 bis del Código Penal; artículo 388, 389, 393, 395 y 407 del Código Procesal Penal se declara; I.-Que se condena a don ANDRÉS MANUEL ARANEDA ARANEDA, ya individualizado como autor del delito de lesiones menos graves previsto y sancionado en el artículo 399 del Código Penal, ejecutado en esta jurisdicción en grado consumado el día 08 de marzo de 2025, en perjuicio de Leopoldo Andrés Barrientos Morales, y por su responsabilidad a título de autor la falta de hurto previsto y sancionado en el artículo 494 bis del Código Penal, a sufrir dos penas de multa de un tercio de unidad tributaria mensual por cada uno de los ilícitos, más las accesorias legales del artículo 30 del Código Penal. II.-Que habiendo permanecido privado de libertad por un lapso superior a 12 horas en la presente causa al momento de su detención el día 09 de marzo de 2025 y que así mismo en causa RIT 3713-2022, del ingreso de este tribunal permaneció privado de libertad en los mismo términos, el 15 de mayo de 2022, las penas pecuniarias impuesta se le tendrán por cumplida. III.-Que no se condenan costas al sentenciado. Los intervinientes se entienden personalmente notificados de la sentencia definitiva pronunciada por este tribunal Dese cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Notifíquese, regístrese, y archívese en su oportunidad. RUC 2500318159-9 RIT 604-20254

Texto Completo (Preview)

Individualización de Audiencia de procedimiento simplificado. Fecha Los Ángeles., diecisiete de abril de dos mil veinticinco Magistrado CLAUDIA ELIANA AGUILERA GONZALEZ Fiscal GONZALO MARTINEZ ROJAS Defensor IVONNE CAMILA FLORES ESPINOZA Hora inicio 10:50AM Hora termino 11:06AM Sala Sala 4 (audiencia por videoconferencia) Tribunal Juzgado de Garantía de Los Ángeles Acta nem RUC 2500318159-9 RIT 6

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