BRAULIO EDER RETAMAL DE LA FUENTE C/ JORGE FRANCISCO QUIÑONES QUIÑONES
Rol
O-1262-2022
Fecha
16 de abril de 2025
Materia
FALSIFICACION O USO MALICIOSO DE DOC PÚBL ART. 193,194,196
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos : El día 13 de julio de 2021, alrededor de las 15:50, horas en los momentos en que personal policial realiza controles vehiculares aleatorios en el sector de calle Eyzaguirre frente al N° 544 de la comuna de San Bernardo, fiscalizan el vehículo marca Kia, modelo Koup, color negro, placa patente única CTPW-44, año 2011, conducido por el imputado JORGE FRANCISCO QUIÑONES QUIÑONES, quien al momento de ser fiscalizado exhibe, a sabiendas, la documentación requerida, consistiendo ésta en un permiso de circulación falso, por cuanto corroborado código QR y consultado en la dirección de Tránsito de la Ilustre Municipalidad de Peñalolén por la PPU CTPW-44, esta no registra permiso de circulación en dicha Municipalidad, y además, el certificado de Revisión técnica y certificado de emisión de gases, corresponden a documentos igualmente falsos. Transcripción de lo resolutivo de la sentencia dictada en audiencia. La parte expositiva y considerativa de la presente sentencia se encuentra íntegramente registrada en audio de esta misma fecha, así también la parte resolutiva, cuyo tenor es el siguiente: Código: TCBEXUXQXZX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Y visto, además, lo dispuesto en los artículos 1, 3, 5, 7, 11 No. 6 Y 9, 68, 69,70 del Código Penal; artículos 388 y siguientes del Código Procesal Penal; artículo 192 inciso final de la Ley 18.290, artículo 1, 4, 38 y siguientes de la Ley No. 18.216, SE DECLARA: I.- Que, se condena a JORGE FRANCISCO QUIÑONES QUIÑONES, ya individualizado, en su calidad de autor del delito consumado de CONDUCCION A SABIENDAS CON PERMISO DE CIRCULACION, REVISION TECNICA Y CERTIFICADO DE EMISION DE GASES FALSO, contemplado en el artículo 192 inciso final de la Ley No. 18.290, cometido en esta jurisdicción el día 13 de julio de 2021, a la pena de CUARENTA Y UN DÍA DE PRISIÓN EN SU GRADO MÁXIMO y a la suspensión para cargos u oficios públicos durante el tiempo de la condena. I
Fallo
SE DECLARA: I.- Que, se condena a JORGE FRANCISCO QUIÑONES QUIÑONES, ya individualizado, en su calidad de autor del delito consumado de CONDUCCION A SABIENDAS CON PERMISO DE CIRCULACION, REVISION TECNICA Y CERTIFICADO DE EMISION DE GASES FALSO, contemplado en el artículo 192 inciso final de la Ley No. 18.290, cometido en esta jurisdicción el día 13 de julio de 2021, a la pena de CUARENTA Y UN DÍA DE PRISIÓN EN SU GRADO MÁXIMO y a la suspensión para cargos u oficios públicos durante el tiempo de la condena. II.- Que concurriendo los presupuestos legales en el sentenciado se le concede la medida de cumplimiento alternativo a la pena privativa de libertad impuesta, de REMISIÓN CONDICIONAL DE LA PENA, contemplado en el artículo 4 de la Ley 18.216, debiendo quedar sujeto al control y vigilancia de Gendarmería de Chile por el término de UN AÑO. Para este efecto, deberá presentarse dentro de los 7 días siguientes a que el presente fallo quede ejecutoriado, en el Centro de Reinserción Social de Gendarmería de Chile correspondiente a su domicilio. Si esta pena fuere revocada, deberá cumplir efectivamente la pena impuesta, haciéndose presente que en tal evento no hay abonos que reconocer. III.- Se decreta el comiso de los documentos incautado bajo la NUE 5610945.- IV.- Reuniéndose los requisitos 38 de la ley 18.216, se deberá hacer omisión de las anotaciones a que diere lugar la presente sentencia condenatoria. Deberá oficiarse al Servicio del Registro Civil V.- Que se exime del pag
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ACTA DE LA SENTENCIA DICTADA EN PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO CON ADMISIÓN DE RESPONSABILIDAD DEL IMPUTADO. Fecha : dieciséis de abril de dos mil veinticinco. Imputado : JORGE FRANCISCO QUIÑONES QUIÑONES, cédula de identidad N° 0016720218-7, fecha de nacimiento 07 de mayo 1988, con domicilio en Pasaje VIctor Domingo Silva Nº 1271, comuna de San Bernardo. Fiscal : KARINA ENCINA LORCA Defensor : KAR
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