Juzgado de Garantía de Talca

MP C/ PATRICIO ESTEBAN PARDO MALDONADO

Rol

O-865-2023

Fecha

16 de abril de 2025

Materia

ESTAFAS Y OTRAS DEFRAUDACIONES CONTRA PARTICULARES

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO además lo dispuesto por los artículos 1, 5, 7, 11 N° 9, 14, 15, 70, 473 del Código Penal, artículo 388 y siguientes del Código Procesal Penal, y Ley 18.216, se declara: I.- Que SE CONDENA a PATRICIO ESTEBAN PARDO MALDONADO ya individualizado, como autor de un delito de estafa en grado de consumado, perpetrado en Talca el día 17 de febrero de 2023, a la pena de 61 días de presidio menor en su grado mínimo, a las accesorias de suspensión de cargo u oficio público, y al pago de una multa de TRES UNIDADES TRIBUTARIAS MENSUAL. II.- Que no se le condena en costas. III.- Que se le SUSTITUYE la pena privativa de libertad por la de REMISIÓN CONDICIONAL por lo que deberá quedar sujeto al control del Centro de Reinserción Social de su domicilio por el término de 1 año, y deberá cumplir las demás exigencias del artículo 5 de la Ley N° 18.216 IV.- Que la pena de multa impuesta se le da por cumplida con los días que estuvo detenido en esta causa, que son un total de 09 días. V.- Que si incumple la pena sustitutiva deberá entrar a cumplir la pena privativa de libertad en forma efectiva, se le contará desde que se presente o sea habido sin abonos que considerar. Regístrese, y en su oportunidad dese cumplimiento a lo previsto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Dictó don HUMBERTO ANDRÉS PAIVA PASSERO, Juez de Garantía de Talca. Atendido al domicilio informado por el imputado en esta audiencia, el condenado deberá presentarse en Centro de Reinserción Social Santiago Sur el día 23 de abril de 2025 durante la mañana con su cédula de identidad. Consecuencialmente, teniendo presente que el condenado va a cumplir la pena sustitutiva en un territorio Código: NTWKXUKYXXX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl jurisdiccional diverso, este Juzgado de Garantía, conforme al artículo 36 de la Ley N° 18.216 se va a declarar incompetente para seguir conociendo de la ejecución de pena sustitutiva de remisión condic

Fundamentos

fundamentos señalados y VISTO además lo dispuesto por los artículos 1, 5, 7, 11 N° 9, 14, 15, 70, 473 del Código Penal, artículo 388 y siguientes del Código Procesal Penal, y Ley 18.216,

Fallo

se declara: I.- Que SE CONDENA a PATRICIO ESTEBAN PARDO MALDONADO ya individualizado, como autor de un delito de estafa en grado de consumado, perpetrado en Talca el día 17 de febrero de 2023, a la pena de 61 días de presidio menor en su grado mínimo, a las accesorias de suspensión de cargo u oficio público, y al pago de una multa de TRES UNIDADES TRIBUTARIAS MENSUAL. II.- Que no se le condena en costas. III.- Que se le SUSTITUYE la pena privativa de libertad por la de REMISIÓN CONDICIONAL por lo que deberá quedar sujeto al control del Centro de Reinserción Social de su domicilio por el término de 1 año, y deberá cumplir las demás exigencias del artículo 5 de la Ley N° 18.216 IV.- Que la pena de multa impuesta se le da por cumplida con los días que estuvo detenido en esta causa, que son un total de 09 días. V.- Que si incumple la pena sustitutiva deberá entrar a cumplir la pena privativa de libertad en forma efectiva, se le contará desde que se presente o sea habido sin abonos que considerar. Regístrese, y en su oportunidad dese cumplimiento a lo previsto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Dictó don HUMBERTO ANDRÉS PAIVA PASSERO, Juez de Garantía de Talca. Atendido al domicilio informado por el imputado en esta audiencia, el condenado deberá presentarse en Centro de Reinserción Social Santiago Sur el día 23 de abril de 2025 durante la mañana con su cédula de identidad. Consecuencialmente, teniendo presente que el condenado va a cumplir la pena sustitutiva en

Texto Completo (Preview)

Individualización de Audiencia de juicio oral simplificado. Fecha Talca., dieciséis de abril de dos mil veinticinco Magistrado HUMBERTO ANDRES PAIVA PASSERO Fiscal LORETO ESCOBAR POR RODRIGO ALEJANDRO MORENO BRAVO Defensor CATALINA CERECEDA VIDAL POR DIDIER TORRES Hora inicio 09:16AM Hora termino 12:24AM Sala QUINTA SALA Tribunal Juzgado de Garantía de Talca Acta dns Audio N° 02 Y 06 RUC 23001877

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