C/ JOSÉ MIGUEL BELLO GÓMEZ
Rol
O-1488-2024
Fecha
15 de abril de 2025
Materia
ROBO CON INTIMIDACIÓN . ART. 433, 436 INC. 1
Resultado
No especificado
Hechos
Vistos y teniendo presente los artículos 7 N° N° inc , l.- Que se condena a José Miguel Bello Gómez, ya individualizado, como autor del delito de robo con intimidación, consumado y perpetrado el día 7 de junio de , en la comuna de Lo Espejo, a sufrir la sanción de tres años y un día de presidio menor en su grado máximo, Hechos: ‘‘El día 7 de junio del año alrededor de las horas la víctima de iníciales P.A.G.R.P circulaba a bordo de un vehículo de la locomoción colectiva en compañía de su hija, instantes en que, al circular por Avenida Vespucio Sur, al llegar a la altura de Pasaje Valenzuela Llanos, en la comuna de Lo Espejo, el imputado José Miguel Bello Gómez, en compañía de un sujeto hasta ahora desconocido, procedieron a abordar dicho vehículo de la promoción colectiva, instantes en que José Miguel Bello Gómez forzó la puerta, ubicada en la mitad de la micro, logrando abrirla, de acto seguido el segundo sujeto que lo acompañaba se dirige hasta donde se encontraba la víctima, donde procedió a intimidarla con lo que cree la víctima un arma, solicitándole la entrega de sus especias, con lo cual la víctima opone resistencia y el imputado procede a arrebatarle la cartera que portaba y sustraer desde el interior el teléfono celular marca Samsung modelo A de propiedad de la víctima para ambos sujetos huir de dicho bus en dirección desconocida, apropiándose de esta forma del teléfono de la víctima’’. Código: NUMUXUFDWEX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y a la de inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena, sin costas. II.- Que la pena corporal la cumplirá de forma efectiva y se contará desde el día de junio de , fecha desde la cual permanece ininterrumpidamente privado de libertad por esta causa. III.- Que una vez ejecutoriada la sentencia, se determinará la huella genética del sentenciad
Texto Completo (Preview)
RUC : - RIT : – MAGISTRADO : MARIA VERONICA ARANCIBIA PACHECO NOMBRE IMPUTADO : JOSE MIGUEL BELLO GOMEZ CÉDULA DE IDENTIDAD : . . - DOMICILIO : Calle Gil de Castro N° 77, block , dpto. , Lo Espejo. FISCAL : ESTRELLA DE CARVALHO GONZALEZ DEFENSOR PUBLICO : LUIS GONZALEZ ORTIZ TRIBUNAL : º Juzgado de Garantía de Santiago FECHA DE SENTENCIA : Quince de abril de dos mil veinticinco. ATENUANTES AGRAV
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