ADRIAN IGNACIO SEPULVEDA PARRA C/ LUIS FELIPE SEPULVEDA RIGUERO
Rol
O-926-2024
Fecha
15 de abril de 2025
Materia
CONDUC.ESTADO DE EBRIEDAD CON O SIN DAÑOS O LESIONES LEVES., NO DAR CUENTA DE ACCIDENTE DE TRANSITOART. 195LEY DE TRA.
Resultado
No especificado
Fallo
Por estas consideraciones y tomando en cuenta lo que disponen los artículos 1, 3, 5, artículos 11 N° 9, 14 N° 1, 15 N° 1, 18, 25, 30, 49, 67, 70 del Código Penal, artículo 110, 196 y 195 de la ley 18.290 de tránsito, artículo 297, 340, 348, 388 y siguientes del Código Procesal Penal, artículos 7° y demás pertinentes de la ley 18.216, modificada por la ley 20.603, SE DECLARA: I.- Que se condena a LUIS FELIPE SEPÚLVEDA RIGUERO, cédula de identidad N° 19.278.182-5, domiciliado en sector El Roble s/n de la comuna de Yungay, ya individualizado en su calidad de autor y en grado de ejecución consumado, por el delito conducción vehículo motorizado en estado de ebriedad, previsto y sancionado en el artículo 196 de la ley 18.290 de tránsito, a la pena de SESENTA Y UN DÍA (61) DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÍNIMO, a la accesoria legal de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de duración de la condena, más una multa de DOS (2) UNIDADES TRIBUTARIAS MENSUALES, y a la accesoria especial suspensión de la licencia de conducir vehículos motorizados por el término de CINCO AÑOS (5), por el ilícito cometido el día 27 de enero del año 2024, en territorio jurisdicional de este tribunal. II.- Que se condena a LUIS FELIPE SEPULVEDA RIGUERO, cédula de identidad N° 19.278.182-5, domiciliado en sector El Roble s/n de la comuna de Yungay, ya individualizado en su calidad de autor y en grado de ejecución consumado, por el delito de huir del lugar del accidente, previsto y sancionad
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SENTENCIA: Yungay, quince de abril de dos mil veinticinco. Vistos, Oído y Considerando. Resolutiva: Por estas consideraciones y tomando en cuenta lo que disponen los artículos 1, 3, 5, artículos 11 N° 9, 14 N° 1, 15 N° 1, 18, 25, 30, 49, 67, 70 del Código Penal, artículo 110, 196 y 195 de la ley 18.290 de tránsito, artículo 297, 340, 348, 388 y siguientes del Código Procesal Penal, artículos 7°
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