Juzgado de Letras del Trabajo de Chillán

MUÑOZ CON SEGURIDAD PRIVADA VELÁSQUEZ S.P.A.

Rol

M-320-2021

Fecha

17 de octubre de 2022

Materia

Despido injustificado, Prestaciones

Resultado

No especificado

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Hechos

HECHOS: 1.- Su mandante comenzó a prestar servicios para la empresa hoy demanda desde 04 de diciembre de 2020, bajo vínculo de subordinación y dependencia. Momento en el cual suscribe contrato de trabajo que tenía establecido vigencia hasta el 31 de diciembre de 2020. 2.- Que su mandante fue contratado para desempeñar la labor de GUARDIADE SEGURIDAD, servicios que prestaba en supermercado Líder Express Av. Paul Harris 1155, Chillan. 3.- Que, la remuneración mensual de su mandante ascendía a la suma de 400.000 pesos. 4.- Que su mandante tenía una jornada laboral de 45 horas semanales, distribuidas en los siguientes turnos rotativos: TURNO A: 07:00 A 15:00 HRS. (6DÍAS) TURNO B: 15:00 A 23:00 HRS. (6 DIÍAS) TURNO C: 23:00 A 07:00 HRS. (6 DÍAS) TURNO D: 09:00 A 19:00 HRS. (5 DÍAS) TURNO E: 21:00 A 07:00 HRS. (5 DÍAS) 5.- Que el día 10 de diciembre de 2020, a las 18:30 horas aproximadamente, encontrándose su representado en el cumplimiento de sus funciones, recibe una llamada telefónica desde la central de operaciones, de su superior señora Ana Bella, quien le indica que estaba despedido de forma inmediata, que la desvinculación obedecería a diferencias en el registro de asistencias, respecto de lo que efectivamente se firmaba y la forma en que lo requería la mandante. 6.- Con fecha 11 de diciembre de 2020 su representado concurre a colocar la respectiva constancia ante la Inspección Provincial del Trabajo, Ñuble, ciudad de Chillán, número de constancia 16/01/2020/462, a objeto de no ser acusado de abandono de trabajo. 7.- Que el 14 de diciembre de 2020, recibe en su domicilio carta de aviso de termino de contrato, fechada al 10 de diciembre de 2020, que señala: “se pone en conocimiento de usted, sr. LEONEL ALEXIS MUÑOZ BELMAR R.U.T 15.159.866-4 que la empresa SERPROSEG SPA R.U.T: 76.102.695-K, representada por Ronald Velásquez Ibarra, R.U.N: 7.204.652-8, ha decidido poner término a la relación laboral, existente desde el día 03 de diciembre de 2020, hasta el día 1

Fundamentos

considerando el término anticipado del contrato de trabajo celebrado entre las partes, el que concluía con fecha 31 de diciembre de 2020, hace procedente el pago por lucro cesante reclamado. OCTAVO: Que en cuanto a la demandada solidaria ADMINISTRADORA DE SUPERMERCADOS EXPRESS LIMITADA, al contestar la demanda, se hace efectiva la facultad dispuesta en el artículo 453 del Código del Trabajo, estimándose en consecuencia como responsable solidaria de las obligaciones laborales y demás prestaciones reclamadas en la demanda. NOVENO: Que toda la prueba fue analizada, conforme a las normas de la sana critica.

Fallo

POR ESTAS CONSIDERACIONES Y LO DISPUESTO EN LOS ARTÍCULOS 1 A 9, 162, 168, 171, 425 A 459, 496 A 502 DEL CÓDIGO DEL TRABAJO; 1698 DEL CÓDIGO CIVIL; SE DECLARA: I.- QUE SE ACOGE, con costas, la demanda por DESPIDO INDEBIDO Y COBRO DE PRESTACIONES; interpuesta por LEONEL ALEXIS MUÑOZ BELMAR, en contra de SEGURIDAD PRIVADA VELASQUEZ SPA O SERPROSEG, RUT: 76.102.695-K, representada legalmente por RONALD VELASQUEZ IBARRA, y en forma solidaria por ADMINISTRADORA DE SUPERMERCADOS EXPRESS LIMITADA, RUT 76.134.946-5, representada por RODRIGO CRUZ MATTA. Debiendo ambas demandadas en forma solidaria pagar al actor las siguientes prestaciones: 1.- La suma de $400.000.- por concepto de Indemnización por falta de aviso previo. 2.- La suma de $266.666.- por Indemnización compensatoria, hasta el 31 de diciembre de 2020. 3.- La suma de $80.000.- por remuneración fija. II.- Todo lo anterior con reajustes e intereses, de acuerdo a lo señalado en los artículos 63 y 173 del Código del Trabajo. REGÍSTRESE, NOTIFÍQUESE Y OPORTUNAMENTE ARCHÍVESE. RIT: M-320-2021 RUC: 21- 4-0373107-K Dictó doña MARIA ALEJANDRA CERONI VALENZUELA, Jueza Del Juzgado De Letras Del Trabajo De Chillan. Juzgado del Trabajo de Chillán – Isabel Riquelme N° 280, Chillán – Fono (042) 219702

Texto Completo (Preview)

Juzgado de Letras del Trabajo de Chillán PROCEDIMIENTO: Monitorio MATERIAS: despido indebido y cobro de prestaciones DEMANDANTE: LEONEL ALEXIS MUÑOZ BELMAR DEMANDADO: SEGURIDAD PRIVADA VELÁSQUEZ S.P.A. y ADMINISTRADORA DE SUPERMERCADOS EXPRESS LIMITADA RIT: M-320-2021 RUC: 21- 4-0373107-K ________________________________________/ Chillán, diecisiete de octubre de dos mil veintidós. VISTO, OÍDO Y

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