Juzgado de Garantía de Limache

TERESA DE LOS ANGELES PONCE OLGUIN C/ FRED ALEJANDRO GUERRERO TOBAR

Rol

O-525-2024

Fecha

15 de abril de 2025

Materia

DAÑOS SIMPLES.

Resultado

No especificado

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Hechos

HECHOS: El día 31 de marzo de 2023, alrededor de las 20:10 horas, la víctima TERESA DE LOS ÁNGELES PONCE OLGUÍN, se encontraba al interior su vehículo placa patente única XW.2612, estacionado en Avenida Eastman paradero 6 de la comuna de Limache, cuando sorpresivamente llega al lugar el requerido FRED ALEJANDRO GUERRERO TOBAR, quien sin motivo o provocación alguna, con un fierro comienza propinar golpes al vehículo propiedad de la víctima, para acto seguido dirigirse al camión placa patente única NF.3892 que se encontraba estacionado detrás del auto de la víctima y propinarle golpes con el mismo fierro. El vehículo de PONCE OLGUÍN, resultó con fractura en el vidrio del pasajero del lado del conductor y vidrio trasero, daños avaluados por la víctima en la suma de $140.000 y los daños al camión corresponden a la ventana del conductor y fracturas en el parabrisas, daños evaluados en más de 1 UTM. Limache, a quince de abril de dos mil veinticinco. Por estas consideraciones y teniendo además presente lo dispuesto en los artículos 1, 3, 11 número 9, 14, 15 N° 1, 21, 30 y 487 del Código Penal; 36, 45, 348, 388 y siguientes del Código Procesal Penal; artículos 1°, 7° y siguientes de la Ley N° 18.216; SE DECLARA que: I. Se condena a FRED ALEJANDRO GUERRERO TOBAR, RUN 19.047.489-5, ya individualizado en lo demás, por su responsabilidad en calidad de AUTOR del delito CONSUMADO de DAÑOS SIMPLES, previsto y sancionado en el artículo 487 del Código Penal, a la pena de 61 DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÍNIMO y a la accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, perpetrado en la comuna de Limache el 31 de marzo de 2023. II. Se sustituye el cumplimiento de la pena privativa de libertad impuesta por la pena de RECLUSIÓN PARCIAL DOMICILIARIA NOCTURNA POR 61 DÍAS, desde las 22:00 horas de cada día hasta las 06:00 horas del día siguiente. Solicítese por Ministro de Fe del Tribunal Informe de Factibilidad de Monitoreo Telemático en la causa. En

Fallo

Por estas consideraciones y teniendo además presente lo dispuesto en los artículos 1, 3, 11 número 9, 14, 15 N° 1, 21, 30 y 487 del Código Penal; 36, 45, 348, 388 y siguientes del Código Procesal Penal; artículos 1°, 7° y siguientes de la Ley N° 18.216; SE DECLARA que: I. Se condena a FRED ALEJANDRO GUERRERO TOBAR, RUN 19.047.489-5, ya individualizado en lo demás, por su responsabilidad en calidad de AUTOR del delito CONSUMADO de DAÑOS SIMPLES, previsto y sancionado en el artículo 487 del Código Penal, a la pena de 61 DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÍNIMO y a la accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, perpetrado en la comuna de Limache el 31 de marzo de 2023. II. Se sustituye el cumplimiento de la pena privativa de libertad impuesta por la pena de RECLUSIÓN PARCIAL DOMICILIARIA NOCTURNA POR 61 DÍAS, desde las 22:00 horas de cada día hasta las 06:00 horas del día siguiente. Solicítese por Ministro de Fe del Tribunal Informe de Factibilidad de Monitoreo Telemático en la causa. En caso de existir informe con resultado negativo, se autoriza desde ya que el control de la pena sea efectuado por funcionarios de Carabineros de Chile. Se le fija fecha de presentación al CRS de Linares para el 22 de abril de 2025. En cuanto a abonos, el sentenciado registra 1 DÍA, correspondiente al periodo comprendido entre los días 20 al 21 de noviembre de 2024. III. Atendido que el sentenciado ha admitido su responsabilidad en los hechos contenidos e

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RIT C-525-2024 MINISTERIO PÚBLICO C/ FRED ALEJANDRO GUERRERO TOBAR DELITOS: DAÑOS SIMPLES HECHOS: El día 31 de marzo de 2023, alrededor de las 20:10 horas, la víctima TERESA DE LOS ÁNGELES PONCE OLGUÍN, se encontraba al interior su vehículo placa patente única XW.2612, estacionado en Avenida Eastman paradero 6 de la comuna de Limache, cuando sorpresivamente llega al lugar el requerido FRED ALEJAND

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