3° Juzgado de Letras de Ovalle

CONTADOR/CDE-FISCO DE CHILE-MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PUBLICA

Rol

O-19-2022

Fecha

17 de octubre de 2022

Materia

Costas, Cotizaciones de Salud, Cotizaciones del Seguro de Cesantía, Cotizaciones Previsionales, Despido injustificado, Feriado proporcional, Indemnización por años de servicios, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Nulidad del despido, Otras Indemnizaciones, Reajustes e intereses

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos que legalmente permitan motivarlo lícitamente, de modo que nos encontramos frente a un despido injustificado. Santiago, 18 de abril de 2022. SR. CONTADOR VALDIVIA CRISTIAN ALFREDO. RUT: 15.573.095-1. Asesor honorario a suma alzada Delegación Presidencial provincial de Limarí Calle Los Carreras ·367, Sector Atenas, Ovalle. Presente. De mi consideración: Por medio de la presente y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que bajo el folio 1, comparece JUAN PABLO CORRAL GALLARDO, CNI N˚ 13.548.117-3, Abogado, domiciliado en calle Libertad n˚ 555, Ovalle, en representación convencional según se acreditará de don CRISTIAN ALFREDO CONTADOR VALDIVIA, CNI N˚ 15.573.095-1, Ingeniero en Ejecución Agropecuaria, actualmente cesante, domiciliado en Los Carrera n˚ 367, Población Atenas, de la ciudad y comuna de Ovalle, quien viene en interponer en procedimiento de aplicación general por despido injustificado, nulidad del mismo, y cobro de prestaciones e indemnizaciones laborales en contra del FISCO DE CHILE, RUT 61.806.000-4 (Ministerio del Interior y Seguridad Pública, RUT N° 60.501.000-2)., persona jurídica de derecho público, representada por el abogado procurador Fiscal de La Serena don CARLOS VEGA ARAYA, RUT N˚ 5.344.804-6, ambos domiciliados en Eduardo De La Barra N° 336, Oficina 301, La Serena, a fin de que se declare que la existencia de una relación laboral entre las partes, y que el término de la relación laboral de mi representado es injustificado, o en subsidio, incausado, indebido o improcedente además de nulo e ineficaz, que se le adeudan las indemnizaciones y prestaciones laborales que detallare, y condenar en consecuencia a la demandada al pago de todas y cada una de las indemnizaciones y prestaciones que indicaré, basándose para ello en lo siguiente. Indica que su representado ingresó a trabajar bajo vínculo de subordinación y dependencia para el Fisco de Chile(Ministerio del Interior y Seguridad Pública)., el día 15 de octubre de 2021, a cumplir primero funciones como: “Gestor o Asesor Territorial”, su jefa directa era doña Berta Adaros Diaz, y el jefe de Departamento era el señor Alejandro Cortes Urén, las funciones reales que desempeño fueron las siguientes: a).-participaba en avanzadas”, plazas ciudadanas y en el programa denominado “Gobierno en Terreno”(G.E.T.)., atendiendo dudas y consultas del público en general, en especial en el rubro Agropecuario que asistía a dichas actividades, además de llevar la asistencia, la logística(armar mesas y toldos)., sacar fotografías, gestionar movilización y recibir los diferentes servicios públicos que citaba su jefatura, b).-Acompañar a los diferentes servicios públicos, en fiscalizaciones a comercio ambulantes, comercio establecido (Botillerías, Restaurantes, etc.)., entrevistando a locatarios y colaborar con las respectivas fiscalizaciones, c).-Asistía a la veterinaria Sra. Álvara Berrios del programa “Plan veterinario en marcha”, el cual consistía en el Chipeo y desparasitaciones de mascotas menores(perros y gatos)., le ayudaba en el registro de mascotas en fichas y coordinación del público, d).-Levantaba necesidades de la comunidad, por lo cual salía a terreno en móvil fiscal o privado continuamente, e).-Preparaba todo el material usado en las actividades relacionadas con el G.E.T., e).-Participar en la comisión evaluadora de la licitación pública “Esterilización y Chipeo de Mascotas en

Fallo

fallo “Guerrero con Sename” Rit 0-981-2017 del 2do Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago fallo de fecha 07 de agosto de 2017(considerando 17). Resulta a juicio de los demandado además improcedente la institución del despido incausado esgrimido por el demandante; puesto como se ha sostenido la relación de éste con la administración es una de naturaleza estatutaria. Finalmente, estima improcedente las demás prestaciones pecuniarias demandadas. El cobro de las cotizaciones previsionales, la indemnización sustitutiva del aviso previo, por las razones ya analizadas. Respecto a las cotizaciones previsionales, también rechaza el cobro de las cotizaciones de salud de forma retroactiva, puesto que de así considerarse se estaría causando un enriquecimiento ilegitimo en la entidad previsional de salud. Agrega que la ausencia de mora hace improcedente condenar al Fisco de Chile a multas, reajustes e intereses. Solicita previas citas legales y de jurisprudencia solicita tener por contestada la demanda y en definitiva rechazarla en todas sus partes con expresa condena en costas. TERCERO: Que con fecha 27 de julio de 2022, tuvo lugar audiencia preparatoria con la presencia de los apoderados de las partes. Se hizo llamado a conciliación la que resultó infructuosa por falta de acuerdo entre las partes. Se preparó audiencia de juicio. HECHOS PACIFICOS 1. Que el actor fue contratado mediante decreto exento RA 245/314/2022 de fecha 25 de febrero de 2020 del Servicio de Gobierno Interi

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Ovalle, diecisiete de octubre de dos mil veintidós.- VISTOS, OIDOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que bajo el folio 1, comparece JUAN PABLO CORRAL GALLARDO, CNI N˚ 13.548.117-3, Abogado, domiciliado en calle Libertad n˚ 555, Ovalle, en representación convencional según se acreditará de don CRISTIAN ALFREDO CONTADOR VALDIVIA, CNI N˚ 15.573.095-1, Ingeniero en Ejecución Agropecuaria, actualmente cesante,

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