Juzgado de Garantía de Puerto Montt

LUIS DANIEL OLAVARRIA SALAZAR C/ JOSE ANGELO GARCIA VALLEJOS

Rol

O-5141-2024

Fecha

15 de abril de 2025

Materia

LESIONES LEVES ART. 494 N° 5, VIOLACION DE MORADA.

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Tribunal e intervientes. Que con fecha nueve del presente mes y año, ante este Tribunal, se llevó a efecto la audiencia de juicio oral simplificado en causa RUC Nº 2400150353-3, RIT N°5141-2024, seguida en contra de José Angelo García Vallejos, cédula nacional de identidad N°13.462.307-1, con domicilio en Ruta 7 Km. 25, Quillaipe, Carretera Austral, comuna de Puerto Montt, y de Jorge Eduardo Cortes Muñoz, cédula nacional de identidad N° 0013967092-2, con domicilio en Ruta 7 Km. 33, Lenca, Carretera Austral, Puerto Montt. Fue parte acusadora en este juicio, el Ministerio Público, representado por la Fiscal Yessenia Navarrete Agüero. La Defensa del requerido García Vallejos estuvo a cargo de la defensora Pública doña Fabiola Vallejos Tomé y la del encausado Cortes Muñoz en el abogado privado don Cristóbal Muñoz Coronado. SEGUNDO: Requerimiento. Que los hechos y circunstancias que han sido objeto del requerimiento son los siguientes: “El 30 de enero de 2024, alrededor de las 11:35 horas, en la ruta 7, Km. 33, localidad de Chaicas, comuna de Puerto Montt, JOSÉ ANGELO GARCÍA VALLEJOS transitó en bicicleta por un camino vecinal e ingresó a un predio particular de propiedad de la víctima JORGE EDUARDO CORTÉS MUÑOZ, contra su voluntad y al momento de ser sorprendido en el interior, fue increpado y atacado con golpes de puño por la víctima, resultando con “aumento de volumen de aproximadamente 3 cm en la zona de la cabeza y otro de 2 cm en el pómulo izquierdo con abrasión en zona central”, lesiones clínicamente LEVES según el dato de atención de urgencia emitido por el SAR de Alerce”. Los hechos, en concepto del Ministerio Público, constituyen respecto de José Ángelo García Vallejos, el delito de violación de morada, previsto y sancionado en el artículo 144 del Código Penal y, respecto de José Eduardo Cortés Muñoz, la falta penal de lesiones leves, prevista y sancionada en el artículo 494 N° 5 del mismo cuerpo legal. Ambos ilícitos se encuentran en grado de desarrollo consumado y les corresponde participación en calidad de autores, respectivamente. Modificatorias de responsabilidad penal, no concurren en relación al imputado García Vallejos. Respecto de Cortés Muñoz, concurre la circunstancia atenuante del artículo 11 N° 6 del Código sustantivo. La solicitud de pena para el requerido José Ángelo García Vallejos, por su responsabilidad en calidad de autor del delito consumado de violación de morada, es la pena de 300 días de presidio menor en su grado mínimo, más las accesorias legales y costas; para el requerido Jorge Eduardo Cortés Muñoz, por su responsabilidad en calidad de autor de la falta penal de lesiones leves, la pena de una Unidad Tributaria Mensual y la condena en costas. Código: XUJXXTVMXNZ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl TERCERO: Alegatos del Ministerio Público. En el alegato de apertura señaló que con las probanzas que rendirá durante el juic

Fallo

se declara: I.- Que se ABSUELVE al requerido José Angelo García Vallejos, ya individualizado, de la acusación de ser autor de un delito de violación de morada en perjuicio de Jorge Eduardo Cortes Muñoz, el que habría ocurrido en la comuna de Puerto Montt, el día 30 de enero de 2024. II.- Que se ABSUELVE al requerido Jorge Eduardo Cortes Muñoz, ya individualizado, de la acusación de ser autor de la falta de lesiones leves en la persona de José Angelo García Vallejos, ilícito que habría acontecido la jornada del 30 de enero de 2024, en esta comuna. III.- Que no se condena en costas al Ministerio Público por considerar que tuvo motivo plausible para litigar. Regístrese y archívese en su oportunidad. RUC Nº 2400150353-3 RIT N° 5141-2024 Dictado por Lorena Fresard Briones, Juez del Juzgado de Garantía de Puerto Montt. Código: XUJXXTVMXNZ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2025-04-15T12:51:46-0400

Texto Completo (Preview)

Puerto Montt, quince de abril de dos mil veinticinco. VISTO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Tribunal e intervientes. Que con fecha nueve del presente mes y año, ante este Tribunal, se llevó a efecto la audiencia de juicio oral simplificado en causa RUC Nº 2400150353-3, RIT N°5141-2024, seguida en contra de José Angelo García Vallejos, cédula nacional de identidad N°13.462.307-1, con domicilio en Ruta 7

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