MARTINEZ/CASA 100 SPA
Rol
M-2027-2022
Fecha
18 de octubre de 2022
Materia
Despido injustificado, Nulidad del despido, Otras Indemnizaciones, Prestaciones
Resultado
No especificado
Hechos
HECHOS: Consta íntegramente en audio. CONTESTACIÓN DE LA DEMANDA: Consta íntegramente en audio. CONCILIACIÓN: Llamadas las partes a conciliación, no se produce. La parte demandada ofrece la suma de $1.700.000, lo que es rechazado por la parte demandante, quien solicita la suma de $1.800.000.- HECHOS CONTROVERTIDOS: 1. Remuneración de la actora para efectos de este proceso. 2. Efectividad de adeudarse feriados, en su caso, monto. 3. Efectividad de adeudarse cotizaciones de seguridad social. 4. Hechos y circunstancias invocados por el empleador para poner término a la relación laboral en relación a la causal invocada. 5. Cumplimiento de las formalidades. MEDIOS DE PRUEBA: PARTE RECLAMADA OFRECE E INCORPORA: Documental: 1. Contrato de trabajo suscrito entre Casa 100 SpA y Elsicamar Martínez, de fecha 7 de enero de 2021. 2. Anexo de contrato de trabajo suscrito entre Casa 100 SpA y Elsicamar Martínez, de fecha 24 de marzo de 2021. 3. Anexo de contrato de trabajo suscrito entre Casa 100 SpA y Elsicamar Martínez, de fecha 7 de julio de 2021. 4. Liquidación de remuneración de Elsicamar Martínez, desde enero 2021 a junio 2022. 5. Carta de aviso de término de contrato entregada por Casa 100 SpA a Elsicamar Martínez, de fecha 6 de junio de 2022. 6. Comprobante de rechazo del trabajador de propuesta de finiquito laboral de Elsicamar Martínez, extendido por el portal web de la Dirección del Trabajo, de fecha 7 de junio de 2022. 7. Acta de comparendo de conciliación celebrado ante el Centro de Conciliación y Mediación Dirección Regional del Trabajo Metropolitana Oriente, de fecha 1 de agosto de 2022. 8. Copia libro de asistencia presentado en comparendo desde el mes de enero 2021 al mes de junio 2022. 9. Constancia de fecha 3 de junio de 2022, efectuada ante la Inspección Comunal del Trabajo Sur Oriente en su sitio web, correlativo N° 494821 El Tribunal tiene por ofrecida e incorporada la prueba documental. Confesional: Previa individualización, declara doña Elsica
Fundamentos
considerando: Que ante este Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago se ha llevado a cabo audiencia de juicio en procedimiento monitorio de los autos RIT M-2027-2022 por despido injustificado y cobro de prestaciones. La demanda fue interpuesta por doña Elsicamar Martínez Silva, cédula nacional de identidad Nº26.760.633-1, con domicilio en calle Hamburgo Nº1620, departamento 106, comuna de Ñuñoa en contra de Casa 100 SpA, Rol Único Tributario Nº 77.096.167-K, representada legalmente por don por Víctor Hugo Droguett Silva, cédula de identidad Nº 13.343.239-6, ambos domiciliados para estos efectos en Eliecer Parada Nº 2439, comuna de Ñuñoa. Y vistos además lo dispuesto en los artículos 1, 5, 7, 160 y siguientes del Código del Trabajo,
Fallo
se resuelve: I. Que se acoge la demanda interpuesta por doña Elsicamar Martínez Silva, cédula nacional de identidad Nº26.760.633-1 en contra de Casa 100 SpA, Rol Único Tributario Nº 77.096.167-K representada legalmente por don por Víctor Hugo Droguett Silva, cédula de identidad Nº 13.343.239-6, todos previamente individualizados, y se declara que el despido de la trabajadora ocurrido con fecha 6 de junio del 2022 se encuentra injustificado y, en consecuencia, se condena a la demandada a pagar a la actora la suma de: i. $514.602 por concepto de indemnización sustitutiva de aviso previo. ii. $514.602 por concepto de indemnización por años de servicios. iii. $411.681 por recargo del 80% de la indemnización por años de servicios. iv. $205.804 por concepto de feriado legal. v. $102.920 por concepto de remuneración de los seis días trabajados en el mes de junio de 2022. II. Que las sumas precedentemente señaladas deberán ser pagadas con intereses y reajustes que establece el artículo 63 y 173 del Código del Trabajo. III. Que se rechaza la demanda en todo lo demás. IV. Que no resultando ninguna de las partes completamente vencida, cada parte pagará sus costas. V. Que ejecutoriada que sea la presente resolución, cúmplase con lo dispuesto en ella dentro de quinto día, de lo contrario, remítanse los antecedentes al Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional de Santiago para su cumplimiento compulsivo. Siendo las 13:45 horas, se pone término a la presente audiencia. Dirigió la a
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1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago ACTA DE AUDIENCIA ÚNICA PROCEDIMIENTO Monitorio FECHA 17/10/2022, Santiago RUC 22- 4-0422868-8 RIT M-2027-2022 CARATULADO MARTINEZ/CASA 100 SPA MAGISTRADO EMA DEL PILAR NOVOA MATEOS ADMINISTRATIVO DE ACTAS Cecilia del Pilar Troncoso Lara HORA DE INICIO 12:20 HORA DE TERMINO 13:45 SALA Sala virtual 10 (1.2) Nº REGISTRO DE AUDIO 224042
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