3º Juzgado de Letras Civil de Antofagasta

CABELLO/GUANACO COMPAÑÍA MINERA SPA

Rol

C-2107-2021

Fecha

15 de octubre de 2021

Materia

HONORARIOS, COBRO DE (EN JUICIO)

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO Y CONSIDERANDO. PRIMERO: Que, con fecha 05 de septiembre de 2021, comparece Romina Cabello Valladares, abogada, en representación de Mario Rudy Cabello Ardiles, contador auditor y perito contable, domiciliado en calle Playa Blanca Nº1391, Antofagasta, y para estos efectos ambos domiciliados en calle Jorge Washington Nº2675, oficina 1102, de Antofagasta; y deduce demanda en juicio sumario de cobro de honorarios en contra de la empresa Guanaco Compañía Minera SpA., persona jurídica de derecho privado del giro de su denominación, representada legalmente por don Rodrigo Rodríguez Zamora, cédula nacional de identidad Nº9.514.734-8, ignora profesión u oficio, ambos domiciliados en calle 14 de Febrero Nº2065, departamento 1103, ciudad de Antofagasta. Funda la pretensión en que su representado en su calidad de perito contable, perteneciente a la nómina de la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Antofagasta, fue designado para la realización de una pericia contable, financiera y laboral, en causa caratulada “Astorga con Guanaco Compañía Minera SpA.”, Rol S-8-2020, seguida ante el Juzgado de Letras del Trabajo de Antofagasta, pericia solicitada por la empresa demandada. Su representado aceptó la designación, jurando desempeñar fielmente el cargo y fijó honorarios en la suma de $950.000 (novecientos cincuenta mil pesos) más impuestos, los C-2107-2021 Foja: 9 cuales debían ser pagados un 50% al comenzar la pericia y el 50% restante al momento de evacuarse el informe pericial. Fijado los honorarios, los cuales no fueron objetados, su representado una vez realizada la audiencia de reconocimiento pericial y aportados los antecedentes por las partes, y otros solicitados expresamente por el perito, dio comienzo a la realización de la pericia encomendada, finalizando y evacuando el informe pericial ordenado en la causa laboral con fecha 03 de marzo de 2021. Luego de reiterados cobros por parte de su representado, ya sea, a través de sus presentaciones por medio del Tribunal

Fallo

por tanto, se sirva tener por presentada demanda de cobro de honorarios profesionales en contra de la empresa Guanaco Compañía Minera SpA., representada legalmente por don Rodrigo Rodríguez Zamora, ambos ya individualizados; y condenar a la demandada a pagar a su representado la suma $950.000 más impuestos, intereses corrientes y reajustes, desde la fecha de los servicios hasta la del pago efectivo; o la suma que se sirva determinar de acuerdo al mérito de autos; con costas. SEGUNDO: Que, con fecha 07 de octubre de 2021, se lleva a efecto el comparendo de contestación y conciliación, decretado en la causa, con la asistencia de ambas partes. La parte demandante ratifica su demanda, teniéndola el Tribunal por ratificada en todas sus partes. La parte demandada acompaña minuta escrita de contestación, oponiendo en lo principal la excepción de pago efectivo de la deuda, toda vez, que conforme consta en documento que acompaña, los honorarios cobrados se encuentran C-2107-2021 Foja: 9 íntegramente pagados. En efecto, y como se desprende de tal documento, con fecha 30 de septiembre de 2021, se efectuó por su representada el pago de los honorarios cobrados por la suma de $950.000, mediante transferencia electrónica de la cuenta corriente Banco Santander, de Guanaco Compañía Limitada, Rut 78.097.950-k, a la cuenta corriente Banco del Estado de Chile, de don Mario Cabello Ardiles, Rut 7.215.124- 0. Solicita, por tanto, en mérito de la excepción opuesta, que se rechace la demanda en to

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C-2107-2021 Foja: 9 TRIBUNAL : TERCER JUZGADO CIVIL ANTOFAGASTA. PROCEDIMIENTO : SUMARIO. DEMANDANTE : MARIO RUDY CABELLO ARDILES. DEMANDADO : GUANACO COMPAÑÍA MINERA SPA. MATERIA : COBRO DE HONORARIOS. ROL : 2107-2021. Antofagasta, a quince de octubre de dos mil veintiuno. VISTO Y CONSIDERANDO. PRIMERO: Que, con fecha 05 de septiembre de 2021, comparece Romina Cabello Valladares, abogada,

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