Juzgado de Garantía de Arica

CESAR ANTONIO SANTIS PIZARRO C/ VICTOR YERKO ALVARADO DINAMARCA

Rol

O-6642-2024

Fecha

14 de abril de 2025

Materia

DAÑOS SIMPLES.

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos: “El día 26 de septiembre de 2024, en horas de la noche, en circunstancias que personal policial de la 3era. Comisaria de Carabineros, se encontraba en un procedimiento policial por el delito de receptación, al exterior del inmueble ubicado en calle Pachama N°2237 de esta ciudad, instantes en que llegó la víctima ESCARLET SOLEDAD ESTANCOVICH ARANEDA a quien por instrucción de la Fiscalía Local de Arica, se le debía devolver la siguiente especie; 01 máquina de helados marca Ventus, a su propietaria bajo acta de entrega, razón por la cual el requerido VICTOR YERKO ALVARADO DINAMARCA, quien estaba en poder de ella les señaló a los funcionarios policiales que esperaran afuera del inmueble para la entrega de la especie, al cabo de unos instantes el requerido sale del inmueble con la máquina de helados, tirándola al suelo en dos ocasiones de forma intencional, provocando en la especie diferentes daños al costado izquierdo y trasero de la máquina de helados, generando daños avaluados en $400.000 (cuatrocientos mil pesos) razón por la cual es detenido por carabineros que se encontraban en el lugar”. CALIFICACIÓN JURÍDICA, PARTICIPACIÓN Y GRADO DE DESARROLLO DEL DELITO: A juicio del Ministerio Público los hechos anteriormente descritos configuran el delito de daños simples, previsto y sancionado en el artículo 7 del Código Penal, al sentenciado le atribuye participación a título de autor conforme al artículo 5 Nº del Código Penal. El grado de desarrollo del delito es consumado. Circunstancias modificatorias: El Ministerio Público invoca las circunstancias modificatorias de responsabilidad penal del artículo No 6 del Código Penal por su irreprochable conducta y para el evento de admisión de responsabilidad, el artículo No 9 del mismo cuerpo legal Sin agravantes. Código: NCRJXUFPCCB Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl CONSULTA DE ADMISIÓN: Ante la consulta de rigor, y previas advertencias legales el re

Fallo

se declara I.- Que se condena a VÍCTOR YERKO ALVARADO DINAMARCA, cédula de identidad N° 7. .766- , ya individualizado, a la pena de multa de tres unidades tributarias mensuales, sin costas, en su calidad de autor del delito consumado de daños simples, previsto y sancionado en el artículo 7 del Código Penal, ocurrido en Arica el 6 de septiembre del año II.- Que respecto de la multa impuesta se le dará por cumplido un tercio de unidad tributaria mensual con el tiempo que permaneció privado de libertad con motivo del control de detención del 7 de septiembre del año , el saldo se pagará en cuotas iguales, mensuales y sucesivas de un tercio de unidad tributaria mensual cada una, debiendo pagarse la primera de ellas en el mes de mayo del año en curso y las restantes en los meses siguientes y sucesivos. El sentenciado deberá acreditar el pago ante el tribunal. Si no la pagare será citado a audiencia conforme lo establece el artículo 9 del Código Penal. Téngase presente que los intervinientes renuncian a los plazos para deducir recursos contra la sentencia, por lo que ésta se entiende ejecutoriada. Regístrese y cúmplase lo dispuesto en el artículo 6 del Código Procesal Penal Notifíquese por cédula a la víctima doña Escarlet Estancovich Araneda, entregándole copia de la sentencia una vez firmada. RUC - Código: NCRJXUFPCCB Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RIT - Dirigió la audiencia y dictó sentencia doña PAULINA AN

Texto Completo (Preview)

ACTA DE AUDIENCIA Fecha Arica, catorce de abril de dos mil veinticinco. Magistrada PAULINA ANDREA ZUÑIGA LIRA Fiscal CARLOS ALBERTO MARIN SANDOVAL Defensora MARÍA FRANCISCA ZARRICUETA ROBLES Tipo Audiencia Juicio Oral Simplificado Hora inicio Hora termino Sala Tribunal Juzgado de Garantía de Arica. Registro de audio 5 -7-99 - 5 - - -JOSI PZL JPC 66 Acta JPastén RUC 5 -7 RIT 66 – Víctima ESCARLET

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