CABALLERO/BANCO DE CHILE
Rol
C-5105-2021
Fecha
14 de octubre de 2021
Materia
PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT
Resultado
No especificado
Hechos
Vistos: Comparece Mario Javier Caballero Vega, independiente, con domicilio en calle Monjitas N°527, oficina 808, comuna de Santiago, y deduce demanda ordinaria sobre prescripción extintiva de acciones que indica, en contra de Banco de Chile S.A., sociedad del giro de su denominación, con domicilio en Ahumada 251, comuna de Santiago, solicitando que se declare la prescripción de las acciones ordinarias y ejecutivas para el cobro de deudas publicadas por la cantidad de $1.200.000, y se ordene se publiquen las aclaraciones de los protestos respetivos en el Registro de Boletín Comercial de la Cámara de Comercio de Santiago, con costas. Refiere haber suscrito pagaré por la suma de $1.200.000, pactada en un solo vencimiento de fecha 14 de febrero de 2020, y que llegada dicha fecha, este no fue pagado, por lo que adeuda la suma referida. Sostiene que ha transcurrido más de un año desde el vencimiento de dicha cuotas y pagaré individualizado, no existiendo en la actualidad demanda ejecutiva activa, ni notificada en relación al pagaré mencionado, sin haber logrado hacerlo dentro del plazo de un año desde el vencimiento de las respectivas letras. Funda su demanda en los artículos 98 y 107 de la Ley 18.092, artículos 1567 N°10, 2514, 2492, 2493, del Código Civil. Mediante escrito de fecha 4 de octubre de 2021, comparece la demandada quien se allana a la demanda de prescripción en todas sus partes, referida a la operación N° 672, sin costas. Por resolución de fecha 5 de octubre de 2021, se omitió la recepción de la causa a prueba y se citó a las partes a oír sentencia. RIT« » Foja: 1
Fundamentos
Considerando: Primero: Ha comparecido Mario Javier Caballero Vega, deduciendo demanda ordinaria sobre prescripción extintiva de acciones que indica, en contra de Banco de Chile S.A., sociedad del giro de su denominación, solicitando que se declare la prescripción de las acciones ordinarias y ejecutivas para el cobro de deudas publicadas por la cantidad de $1.200.000, y se ordene se publiquen las aclaraciones de los protestos respetivos en el Registro de Boletín Comercial de la Cámara de Comercio de Santiago, con costas, de acuerdo pretensión que basa en antecedentes de hecho y de derecho expuestos en la parte expositiva de esta sentencia. Segundo: Al comparecer la demandada se allana a la acción de prescripción deducida en su contra. Tercero: A partir de los escritos principales de las partes, se puede afirmar que no existe controversia en cuanto a los siguientes hechos: a) La demandante suscribió pagaré a la orden de Banco de Chile, por la suma de $1.200.000, cuya fecha de vencimiento se pactó para el día 14 de febrero de 2020; b) La demandante no pagó el importe del pagaré referido en letra precedente y c) La demandada no accionó en contra de la actora por el cobro de pagaré objeto de esta acción. Cuarto: El artículo 98 de la Ley de Letras de Cambio y Pagaré señala que: “El plazo de prescripción de las acciones cambiarias del portador contra los obligados al pago es de un año, contado desde el día del vencimiento del documento”. Quinto: En el caso de marras, desde la fecha del vencimiento del pagaré objeto de esta acción, a la fecha de notificación de la presente acción, ha transcurrido con creces el plazo contemplado en el artículo 98 de la Ley referida en el motivo precedente, sin que la demandada accionara por el cobro de dicho RIT« » Foja: 1 documento, razón que lleva a acoger la demanda de prescripción deducida en autos. Sexto: Habiéndose allanado la demandada la acción deducida en su contra, cada parte asumirá el pago de costas.
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 160, 170, 254 y respectivos del Código de Procedimiento Civil; 2434, 2492, 2514, 2515, del Código Civil; 98, 100, 104 y 107 de la Ley N° 18.092, sobre Letra de Cambio y Pagare, se declara: I. Que, se acoge demanda de declaración de prescripción y se declara la prescripción extintiva de la acción ejecutiva y ordinaria respecto del pagaré singularizado en esta demanda. II. Que, cada parte asumirá el pago de costas. Regístrese y archívese. Rol C Nº 5105-2021 Pronunciada por Ximena Sumonte Contreras, Jueza Suplente. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, catorce de Octubre de dos mil veintiuno Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 05 de septiembre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en Chile Continental. Para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar 2 horas. Para más información consulte http://www.horaoficial.cl 2021-10-14T18:34:36-0300
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RIT« » Foja: 1 FOJA: 10 .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 11 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-5105-2021 CARATULADO : CABALLERO/BANCO DE CHILE Santiago, catorce de Octubre de dos mil veintiuno Vistos: Comparece Mario Javier Caballero Vega, independiente, con domicilio en calle Monjitas N°527, oficina 808, comuna de Santiago, y deduce demanda ordinaria sobre prescripción extintiva
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