Juzgado de Garantía de Valdivia

MP C/ DANITCA ANDREA DE LA CALLE CARTER

Rol

O-1712-2025

Fecha

13 de abril de 2025

Materia

HURTO SIMPLE POR UN VALOR DE MEDIA A MENOS DE 4 UTM.

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

HECHOS: En Valdivia, el día 12 abril del año dos mil veinticinco, la imputada ya individualizada, se dirigió hacia la tienda o local comercial del mall ubicado en Errázuriz N° 1040, específicamente hacia la tienda Palmer's. En el lugar y con la intención de sustraer especies, procedió a apropiarse de las siguientes, de un pijama corto, un pack de short, dos shorts de algodón, tres packs de short, todo avaluado en la suma de $52.940.- pesos, las cuales ocultó entre sus ropas, saliendo del local comercial, sin cancelar las mencionadas especies, siendo detenida por los guardias de seguridad del mall, a la salida de la tienda. Dichas especies las guardó en el interior de su chaqueta azul, la imputada fue detenida y entregada a Carabinero. (sic) Que la parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el audio RUC N° 2500501346-4 y la parte resolutiva es del siguiente tenor: Y teniendo además presente lo dispuesto en los artículos 1, 3, 5, 7, 11 N° 9, 15 N° 1, 30, 62 a 70, 446 N° 3 del Código Penal; artículos 388 al 391, 393 al 395 del Código Procesal Penal; Ley N° 18.216, se declara: 1. Que se CONDENA a DANITCA ANDREA DE LA CALLE CARTER, chilena, cédula de identidad N° 14.165.733-K, domiciliada en Calle Circunvalación Norte Nº 1260, de la comuna de lo Barnechea, con forma especial de notificación al teléfono N°997961202, a una pena de VEINTIÚN DÍAS DE PRISIÓN EN SU GRADO MEDIO, suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, a pagar una multa de, UN TERCIO (1/3) DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, a beneficio fiscal, por su responsabilidad, como autora del delito frustrado de, HURTO SIMPLE, previsto y sancionado en el artículo 446 N° 3 del Código Penal, tentado, cometido el 12 de abril de 2025, en perjuicio de tienda Palmer´s, ubicada en Errazuriz N° 1040, de la ciudad de Valdivia. 2. Que, respecto de la pena privativa de libertad, reuniéndose en este caso los requisitos del artículo 11 de la Ley N° 18.216 y, concurriendo la ex

Fallo

se declara: 1. Que se CONDENA a DANITCA ANDREA DE LA CALLE CARTER, chilena, cédula de identidad N° 14.165.733-K, domiciliada en Calle Circunvalación Norte Nº 1260, de la comuna de lo Barnechea, con forma especial de notificación al teléfono N°997961202, a una pena de VEINTIÚN DÍAS DE PRISIÓN EN SU GRADO MEDIO, suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, a pagar una multa de, UN TERCIO (1/3) DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, a beneficio fiscal, por su responsabilidad, como autora del delito frustrado de, HURTO SIMPLE, previsto y sancionado en el artículo 446 N° 3 del Código Penal, tentado, cometido el 12 de abril de 2025, en perjuicio de tienda Palmer´s, ubicada en Errazuriz N° 1040, de la ciudad de Valdivia. 2. Que, respecto de la pena privativa de libertad, reuniéndose en este caso los requisitos del artículo 11 de la Ley N° 18.216 y, concurriendo la expresa voluntad Código: XJKHXTLTXWY Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl de la sentenciada, se les sustituye el cumplimiento de la pena privativa de libertad impuesta por la pena de 28 horas de PRESTACIÓN DE SERVICIOS EN FAVOR DE LA COMUNIDAD. La sentenciada tiene un plazo de 5 días para presentarse en Gendarmería de Chile (CRS Santiago Oriente, ubicado en Américo Vespucio N° 645, Región Metropolitana) desde que se encuentre firme y ejecutoriada la presente sentencia y si así no lo hace, se despachará orden de detención en su contra, para au

Texto Completo (Preview)

SENTENCIA EN PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO Valdivia, trece de abril de dos mil veinticinco HECHOS: En Valdivia, el día 12 abril del año dos mil veinticinco, la imputada ya individualizada, se dirigió hacia la tienda o local comercial del mall ubicado en Errázuriz N° 1040, específicamente hacia la tienda Palmer's. En el lugar y con la intención de sustraer especies, procedió a apropiarse de las siguie

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