Juzgado de Letras y Gar. de Taltal

MINERA LAS CENIZAS S.A./

Rol

V-1121-2020

Fecha

14 de octubre de 2021

Materia

MINERA, MANIFESTACIÓN (CONCESIÓN PARA EXPLOTACIÓN)

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que con fecha 16 de abril de 2020 don CLAUDIO ZUÑIGA AHUMADA, chileno, casado, abogado, cédula nacional de identidad Nº 12.584.598-3, en representación según se acreditará de MINERA LAS CENIZAS S.A., persona jurídica de Nacionalidad Chilena del giro de su denominación, Rut 79.963.260-8, ambos domiciliados en Avda. Apoquindo N° 3885, Piso 14, Las Condes, Santiago y para estos efectos en San Martin N° 120, del Puerto de Taltal; solicitó 20 pertenencias mineras de 10 hectáreas cada una, sobre una superficie total de 200 hectáreas, a las que denominó “NICOLE 1-20”, ubicadas en la Comuna de Taltal, Provincia de Antofagasta, Segunda Región de Antofagasta. SEGUNDO: Que la manifestación se formuló haciendo uso del derecho otorgado por la concesión de exploración denominada “NICOLE”, a favor de MINERA LAS CENIZAS S.A., según consta de la copia autorizada de la inscripción de la Sentencia Constitutiva en el Registro de Descubrimientos del Conservador de Minas de Taltal, a fojas 1597 N° 852, de fecha 06 de junio de 2018, acompañada con fecha 16 de abril de 2020. TERCERO: Que la manifestación, en referencia, fue inscrita a fojas 1314 N° 792, en el Registro de Descubrimientos del Conservador de Minas de Taltal, con fecha 21 de abril de 2020 y se publicó en el Boletín Oficial de Minería N° 42.652, de fecha 11 de mayo de 2020, documentación agregada a los autos con fecha 09 de noviembre de 2020. CUARTO: Que con fecha 09 de noviembre de 2020, se presentó solicitud de mensura y por resolución de fecha 10 de noviembre de 2020, se ordenó su publicación, teniéndose como fecha de presentación de la manifestación la del pedimento, esto es, el día 03 de octubre de 2017. QUINTO: Que con fecha 06 de enero de 2021, se acompañó Boletín Oficial de Minería edición N° 42.818, de fecha 30 de noviembre de 2020, en donde se publicó la solicitud de mensura en el Boletín Oficial de Minería, sin que se haya deducido oposición a la misma dentro del término legal. SEXTO: Que con fecha 15 de julio de 2021, se acompañó acta de mensura en la cual consta que se solicitaron 20 pertenencias con una superficie total de 200 hectáreas y se mensuraron 20 pertenencias con una superficie total de 190 hectáreas, con el nombre de “NICOLE 1-20”, ubicadas en la Segunda Región, provincia de Antofagasta, comuna de Taltal, lugar Quebrada Cifuncho. Las coordenadas U.T.M. de los vértices del perímetro mensurado son: LINDERO NORTE (mts.) ESTE (mts.) L1 7.167.000,000 350.000,000 L2 7.167.000,000 351.000,000 L3 7.165.100,000 351.000,000 L4 7.165.100,000 350.000,000 Las coordenadas U.T.M. del punto de interés en la presente manifestación son: Norte 7.166.100,00 metros.; ESTE 350.500,00 metros. SÉPTIMO: Que la operación de la mensura, fue practicada en forma correcta, según informe favorable del Servicio Nacional de Geología y Minería N° 6009, de fecha 03 de septiembre de 2021, el cual se encuentra agregado con fecha 03 de septiembre de 2021. OCTAVO: Que, con fecha 06 de septiem

Fallo

por lo expuesto, en el curso de la tramitación no se advierten faltas o ilegalidades. Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto en los artículos 59, 82, 83, 85, 86, 87 y 89 del Código de Minería, SE DECLARA: I.- Que, SE APRUEBA el plano y acta de mensura y QUEDAN CONSTITUIDAS las pertenencias denominadas “NICOLE 1-20”, ubicadas en la Segunda Región, provincia de Antofagasta, comuna de Taltal, lugar Quebrada Cifuncho, con una superficie total de 200 hectáreas, a favor de MINERA LAS CENIZAS S.A., antes individualizada. Publíquese esta sentencia, dese extracto de conformidad a lo establecido en el artículo 90 del mismo texto legal aludido, para tal efecto. Respecto a lo dispuesto en el artículo 87 inciso 3° del Código de Minería y en atención a lo dispuesto en la Ley 20.886, sobre tramitación electrónica, extráiganse –por el interesado- las copias respectivas en que consta la presente sentencia, la cual lleva la firma electrónica avanzada y su código de verificación, si fuese el caso, imprimir y ser revisado del portal web www.poderjudicial.cl; Consulta unificada de causas; Sección consulta causas civiles, ó http://civil.poderjudicial.cl/CIVILPORWEB/ para su respectiva publicación. Inscríbase la citada sentencia junto con el acta de mensura correspondiente. Archívese un ejemplar del plano en el Conservador de Minas de Taltal. Entréguese al interesado el original del plano de mensura y una copia del acta de mensura, para el Servicio Nacional de Geología y Minerí

Texto Completo (Preview)

FOJA: 17 .- diecisiete .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : Juzgado de Letras y Gar. de Taltal CAUSA ROL : V-1121-2020 CARATULADO : MINERA LAS CENIZAS S.A./ MATERIA : MANIFESTACIÓN MINERA (M01M) NOMBRE : “NICOLE 1-20” FECHA DE INGRESO : 16 DE ABRIL DE 2020 FECHA A.P.F. : 06 DE SEPTIEMBRE DE 2021 Taltal, catorce de octubre de dos mil veintiuno. VISTO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que con fecha

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