CESAR ANDRES CHANDIA CHANDIA C/ ANGEL ALEXIS RAMIREZ SOTO
Rol
O-2259-2024
Fecha
12 de abril de 2025
Materia
CONDUC.ESTADO DE EBRIEDAD CON O SIN DAÑOS O LESIONES LEVES.
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos: “El día 19 de agosto de 2023, aproximadamente a las 23:05 horas, el requerido ANGEL ALEXIS RAMIREZ SOTO conducía en estado de ebriedad el vehículo marca Hyundai, modelo Grace Grand Super, año 1998, color blanco, PPU SF-7755, cuando fue controlado por funcionarios de carabineros en la calle Diego Lillo esquina Arturo Prat de la comuna de La Calera, al momento de fiscalizar al requerido advirtieron que este presentaba fuerte hálito alcohólico, rostro congestionado e incoherencia al hablar. Al ser sometido el requerido al examen respiratorio de alcotest, este arrojó como resultado 2,32 gramos por mil de alcohol en la sangre, en tanto, que el examen de alcoholemia arrojó 2,62 gramos por mil de alcohol en la sangre”. VISTO Y OÍDOS LOS INTERVINIENTES: Se dan por reproducidas las actuaciones, alegaciones de las partes y lo expositivo y considerativo del fallo, todo lo cual ha quedado íntegramente en el registro de audio de la audiencia celebrada. - Y visto además lo dispuesto en los artículos 1, 3, 7, 11 Nº 6 y N° 9 14, 15 N° 1 del Código Penal; artículo 388 y siguientes del Código Procesal Penal; artículo 110 y 196 de la Ley de tránsito y Ley 18.216, se declara: I.- Se condena a ANGEL ALEXIS RAMÍREZ SOTO, Cédula Identidad 13.637.312-9, ya individualizado, a sufrir la pena de 41 días de prisión en su grado máximo, a una multa de un tercio de Unidad Tributaria Mensual, a accesoria legal suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, a la suspensión de la licencia de conducir por el periodo de 2 años, todo ello por su responsabilidad como autor del delito consumado de conducción de vehículo motorizado en estado de ebriedad, cometido con fecha 19 de agosto de 2023, en territorio jurisdiccional de este Tribunal. II.- Que reuniéndose en la especie los requisitos establecidos en el artículo 4° de la ley 18.216, se sustituye la pena por la remisión condicional, debiendo someterse a la observación y vigilancia de la autoridad de Gendarmería de Chil
Fallo
se declara: I.- Se condena a ANGEL ALEXIS RAMÍREZ SOTO, Cédula Identidad 13.637.312-9, ya individualizado, a sufrir la pena de 41 días de prisión en su grado máximo, a una multa de un tercio de Unidad Tributaria Mensual, a accesoria legal suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, a la suspensión de la licencia de conducir por el periodo de 2 años, todo ello por su responsabilidad como autor del delito consumado de conducción de vehículo motorizado en estado de ebriedad, cometido con fecha 19 de agosto de 2023, en territorio jurisdiccional de este Tribunal. II.- Que reuniéndose en la especie los requisitos establecidos en el artículo 4° de la ley 18.216, se sustituye la pena por la remisión condicional, debiendo someterse a la observación y vigilancia de la autoridad de Gendarmería de Chile correspondiente a su Código: GSSDXTCCXNZ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl domicilio, esto es C.R.S. de Quillota, por el término de un año. Se deja constancia que para efectos de revocación, no registra días de abono. Se establece como fecha de presentación el día 28 de abril de 2025 en horario de atención de público, debiendo el CRS de Quillota informar la presentación o ausencia del sentenciado. III.- Que, en cuanto a la pena de multa, la cual se fijó en un tercio de Unidad Tributaria Mensual, se otorga el plazo de 30 días desde que quede ejecutoriado el presente fallo, para que el sentenciad
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SENTENCIA EN PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO La Calera, doce de abril de dos mil veinticinco. Hechos: “El día 19 de agosto de 2023, aproximadamente a las 23:05 horas, el requerido ANGEL ALEXIS RAMIREZ SOTO conducía en estado de ebriedad el vehículo marca Hyundai, modelo Grace Grand Super, año 1998, color blanco, PPU SF-7755, cuando fue controlado por funcionarios de carabineros en la calle Diego Lillo
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