C/ MAURICIO ANDRÉS TORRES BRAVO
Rol
O-2374-2022
Fecha
11 de abril de 2025
Materia
ROBO CON INTIMIDACIÓN . ART. 433, 436 INC. 1
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: Hechos: “El día 15 de agosto de 2022, en horas de la noche, mientras la víctima de iniciales P.L.A.L. transitaba por la vía pública, en las cercanías de la intersección de Avenida Salvador Allende con calle Juan de Rivadeneira, comuna de San Joaquín, es abordada por el imputado MAURICIO ANDRÉS TORRES BRAVO, quien procede a exigirle a la víctima la entrega de sus pertenencias mediante amenazas de dispararle con un arma de fuego, para apropiarse con ánimo de lucro y sin la voluntad de su dueño, de las especies que la víctima mantenía consigo, no logrando su objetivo el imputado por cuanto la víctima es auxiliada por R.F.A.L., quien se encontraba en el sector, procediendo el imputado a huir del lugar, siendo posteriormente detenido por carabineros.” Por estas consideraciones y visto lo dispuesto en los artículos, 1, 3, 5, 7, 11 N°9, 15, 18, 21, 24, 26, 29, 50, 68, 69, 456 bis A del Código Penal y artículos 1, 2, 3, 4, 172, 180, 229, 235, 247, 259, 297, 340 y 406 y siguientes del Código Procesal Penal, Ley 18.216, se declara: I.- Que, se conden, sin costas, a MAURICIO ANDRÉS TORRES BRAVO, ya individualizado, a sufrir la pena de TRES AÑOS Y UN DIAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MAXIMO, accesoria de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena, por la responsabilidad que le cabe como autor del delito de ROBO CON INTIMIDACION, consumado, hecho perpetrado en este territorio jurisdiccional, el día 15 de agosto de 2022. II.- Que, dado sus antecedentes personales, ha de cumplir pena efectiva de cárcel, la cual se contabiliza desde el día 16 de agosto de 2022, fecha desde la cual se encuentra sujeto a prisión preventiva en forma ininterrumpida. Código: XHDVXTXTDRY Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl III.- Que, se hace aplicación del artículo 17 de la Ley 19.970, esto es, la incorpo
Fallo
Por estas consideraciones y visto lo dispuesto en los artículos, 1, 3, 5, 7, 11 N°9, 15, 18, 21, 24, 26, 29, 50, 68, 69, 456 bis A del Código Penal y artículos 1, 2, 3, 4, 172, 180, 229, 235, 247, 259, 297, 340 y 406 y siguientes del Código Procesal Penal, Ley 18.216, se declara: I.- Que, se conden, sin costas, a MAURICIO ANDRÉS TORRES BRAVO, ya individualizado, a sufrir la pena de TRES AÑOS Y UN DIAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MAXIMO, accesoria de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena, por la responsabilidad que le cabe como autor del delito de ROBO CON INTIMIDACION, consumado, hecho perpetrado en este territorio jurisdiccional, el día 15 de agosto de 2022. II.- Que, dado sus antecedentes personales, ha de cumplir pena efectiva de cárcel, la cual se contabiliza desde el día 16 de agosto de 2022, fecha desde la cual se encuentra sujeto a prisión preventiva en forma ininterrumpida. Código: XHDVXTXTDRY Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl III.- Que, se hace aplicación del artículo 17 de la Ley 19.970, esto es, la incorporación de la huella genética. Dese cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal en su oportunidad. Renuncia a los plazos legales. Sentencia ejecutoriada. Se deja sin efecto la prisión preventiva y se da orden de ingreso en calidad de rematado. RIT : 23
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RESUMEN RIT : 2374 - 2022 RUC : 2200788030-1 MATERIA : ROBO CON INTIMIDACIÓN IMPUTADO : MAURICIO ANDRÉS TORRES BRAVO C.I. N° : 18795088-0 DOMICILIO : Calle LAS PERDICES Nº 1178 EL BOSQUE FISCAL : CLAUDIA ALVAREZ DEFENSOR : FELIPE BRAVO ATENUANTES : ARTICULO 11 N° °9 DEL CÓDIGO PENAL. AGRAVANTES : NO CONCURREN RESOLUCIÓN : SENTENCIA PROCEDIMIENTO ABREVIADO Santiago, once de abril de dos mil veinti
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