MPUBLICO VALAEMANA C/ MARÍA PAULINA PIZARRO ARRIETA
Rol
O-230-2025
Fecha
11 de abril de 2025
Materia
HURTO SIMPLE POR UN VALOR DE MEDIA A MENOS DE 4 UTM.
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Que en esta causa el Ministerio Público interpuso requerimiento en procedimiento simplificado en contra de MARÍA PAULINA PIZARRO ARRIETA, cédula de identidad Nº - , se resuelve en v irtud de los siguientes
Fundamentos
fundamentos de hecho y de derecho: Que el día 3 de enero de 202 , cercano a las 20:20 horas, la imputada María Paulina Pizarro Arrieta, se dirigió al supermercado Santa Isabel, ubicado en Rodolfo Galleguillos N° 099 comuna de Villa Alemana, donde desde las estanterías procedió a sustraer dist intos cortes de carne, avaluado en la suma de $ 8 , para luego traspasar las cajas de pago sin cancelar los productos y se posteriormente detenida. Estos hechos son constitutivos a juicio del Ministerio Público del delito de hurto simple, artículo , número 3 del Código Penal, delito que está frustrado y le corresponde a participación como autor.
Fallo
se resuelve en v irtud de los siguientes fundamentos de hecho y de derecho: Que el día 3 de enero de 202 , cercano a las 20:20 horas, la imputada María Paulina Pizarro Arrieta, se dirigió al supermercado Santa Isabel, ubicado en Rodolfo Galleguillos N° 099 comuna de Villa Alemana, donde desde las estanterías procedió a sustraer dist intos cortes de carne, avaluado en la suma de $ 8 , para luego traspasar las cajas de pago sin cancelar los productos y se posteriormente detenida. Estos hechos son constitutivos a juicio del Ministerio Público del delito de hurto simple, artículo , número 3 del Código Penal, delito que está frustrado y le corresponde a participación como autor. Se resuelve: Que no habiéndose rendido prueba por parte de la fiscalía, el Tribunal no tiene los antecedentes suficientes para arribar a una condena, en la medida que no se ha podido quedar por demostrado el hecho punible ni tampoco la participación que pudiese haber cabido al imputado. Y se procederá a la absolución del imputado. Código: GQRGXTCZUNY Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Y según lo dispuesto en el artículo ro, mo, , , 8, 2 , 2 y N°3 del Código Penal; artículos , 8, 29 , 388, 39 y siguientes del Código Procesal Penal, se declara: - Que se absuelve a la imputada MARÍA PAULINA PIZARRO ARRIETA, cédula de identidad Nº - , de la acusación de ser autora del delito de HURTO SIMPLE, del artículo , número 3 del Código Penal. 2 - Que
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SENTENCIA EN JUICIO ORAL SIMPLIFICADO Villa Alemana, once de abril de dos mil veinticinco. VISTOS: Que en esta causa el Ministerio Público interpuso requerimiento en procedimiento simplificado en contra de MARÍA PAULINA PIZARRO ARRIETA, cédula de identidad Nº - , se resuelve en v irtud de los siguientes fundamentos de hecho y de derecho: Que el día 3 de enero de 202 , cercano a las 20:20 horas, l
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