GUAJARDO/BANCO DE CHILE
Rol
C-6990-2021
Fecha
14 de octubre de 2021
Materia
PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT
Resultado
No especificado
Hechos
Vistos: Al folio 1, con fecha 19 de agosto de 2021, comparece Jorge Manuel Lena Salgado, abogado, en representación de Karla Estefanía Guajardo Donoso, empleada, ambos domiciliados para estos efectos en Claro Solar N° 835, Oficina 701, Edificio Campanario, comuna de Temuco, interponiendo demanda en juicio ordinario de prescripción extintiva contra el Banco de Chile, entidad de giro bancario, representado legalmente por Eduardo Ebensperger Orrego, con domicilio en Ahumada N° 251, comuna de Santiago. Expone que su representada presenta una morosidad emanada del pagaré N° 99416883134K021454, suscrito por personeros del banco demandado en representación de la deudora, y autorizado ante Notario Público de Santiago don Jorge Schwenke Zúñiga, con fecha 22 de marzo de 2017. Agrega que el banco, en su calidad de acreedor, presentó demanda ejecutiva en contra de su representada, con fecha 22 de mayo de 2019, en causa Rol C-17275-2019, seguida ante el 22º Juzgado Civil de Santiago. No obstante, por resolución de 5 de noviembre de 2019, se tuvo por retirada dicha demanda, sin que hasta la fecha el Banco de Chile haya interpuesto otra acción en contra de la actora, ni se verificare la interrupción de la prescripción. Refiere que, si bien el banco retiró la demanda ejecutiva, no es menos cierto que se hizo efectiva la cláusula de aceleración contenida en el pagaré, haciendo exigible la totalidad de la deuda como si fuera de plazo vencido al momento de la interposición del libelo, por lo que subsiste el ejercicio de este derecho, habiendo transcurrido más de dos años desde la fecha de presentación de la demanda, y computándose desde aquella época el plazo de prescripción, Previas citas legales, solicita tener por interpuesta demanda de prescripción extintiva en contra de Banco de Chile, ya individualizado, acogerla a tramitación, y en definitiva, declarar que la acción cambiaria emanada del referido pagaré se encuentra prescrita, junto con ordenar la eliminación del boletín com
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que al folio 1, comparece Jorge Manuel Lena Salgado, abogado, en representación de Karla Estefanía Guajardo Donoso, interponiendo demanda en juicio ordinario de prescripción extintiva contra el Banco de Chile, todos ya individualizados, fundada en los antecedentes de hecho y derecho que han sido reseñados en lo expositivo de este
Fallo
fallo y que se dan por enteramente reproducidos en este considerando; SEGUNDO: Que la demandada comparece en autos, solicitando se le tenga por allanada totalmente a la demanda incoada por la Sra. Guajardo Donoso; TERCERO: Que a fin de acreditar sus alegaciones la demandante acompañó al folio 1 prueba documental consistente en copia del pagaré N° 99416883134K021454, suscrito ante Notario Público de Temuco don Notario Público de Santiago don Jorge Schwenke Zúñiga con fecha 22 de marzo de 2017; CUARTO: Que la prescripción es un modo de adquirir las cosas ajenas o de extinguir las acciones y derechos ajenos, por haberse poseído las cosas o no haberse ejercido dichas acciones y derechos durante cierto lapso de tiempo, y concurriendo los demás requisitos legales, regulada en los artículos 2492 y siguientes del Código Civil. Tiene por finalidad principal otorgar certeza y seguridad a las relaciones jurídicas que ligan a los sujetos de derecho y la debida tutela o protección de los mismos, instando a que los partícipes de dichas relaciones no se hallen vinculados en forma indefinida, provocando con ello incertidumbre y falta de consolidación de las diversas situaciones jurídicas. Si bien el ordenamiento, por una parte otorga la protección al acreedor, facultando al sujeto activo para exigir de aquel que le garantice el ejercicio pacífico y en definitiva la eficacia de su derecho; protege a su vez al sujeto pasivo de la relación estableciendo con normas de orden público el real alca
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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 13º Juzgado Civil de Santiago CAUSA ROL : C-6990-2021 CARATULADO : GUAJARDO/BANCO DE CHILE Santiago, catorce de Octubre de dos mil veintiuno Vistos: Al folio 1, con fecha 19 de agosto de 2021, comparece Jorge Manuel Lena Salgado, abogado, en representación de Karla Estefanía Guajardo Donoso, empleada, ambos domiciliados para estos efectos en Claro Solar N°
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