1º Juzgado de Garantía de Santiago

UNIDAD POL C/ DIEGO JOSE ABRAHAM GATICA ROJO

Rol

O-1693-2023

Fecha

7 de abril de 2025

Materia

POSESIÓN, TENENCIA O PORTE DE ARMAS SUJETAS A CONTROL

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

Hechos: El 28 de mayo de 2023, en horas de la madrugada, en la intersección de calle Rivas con José Manuel Guzmán, de la comuna de Pudahuel, el acusado Sebastián David Quintero Torres, fue sorprendido ocultando en la guantera del taxi, patente BXKD-31, dos pistolas, una de ellas a fogueo, la que mantenía su condición original, además de 7 cartuchos a fogueo calibre 9 milímetros y vainas a fogueo de 9 milímetros, además de una segunda arma, también a fogueo marca leo, modelo RS11, pero modificada y adaptada al calibre .380 auto para disparar municiones convencionales, sin contar con las autorizaciones que la ley exige al efecto. POR TANTO Teniendo presente lo establecido en los artículos 14 de la ley 17.798, 7 y siguientes y 38; 407 y siguientes del Código Procesal Penal; y demás disposiciones legales pertinentes: SE DECLARA: 1- Se condena a SABASTIAN DAVID QUINTERO TORRES, a la pena de 2 años de presidio menor en su grado medio, comiso de las especies incautadas bajo la NUE 5808433, 5808432 y 6761216, y accesorias Código: XFTWXTGNRFX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl del artículo 30 del Código Penal, a saber, la inhabilitación para oficios y cargos públicos durante el tiempo de la condena; por su calidad de autor en un delito consumado de porte de arma de fuego prohibida del artículo 14 de la ley 17.798. 2- Que se sustituye la pena privativa de libertad por la de RECLUSION PARCIAL NOCTURNA, debiendo permanecer en su domicilio entre las 22:00 horas y las 06:00 horas de cada día hasta el total cumplimiento de su condena de 2 años. Que se apercibe a la defensa a acompañar dentro de quinto día el informe de factibilidad técnica para el monitoreo telemático de esta condena en el domicilio del condenado. En el caso de que este informe sea negativo la pena será de complimiento efectivo. 3- Que se condena también al registro de la huella genética del imputado conforme al artículo 17 de la ley 19.970. 4

Fallo

POR TANTO Teniendo presente lo establecido en los artículos 14 de la ley 17.798, 7 y siguientes y 38; 407 y siguientes del Código Procesal Penal; y demás disposiciones legales pertinentes: SE DECLARA: 1- Se condena a SABASTIAN DAVID QUINTERO TORRES, a la pena de 2 años de presidio menor en su grado medio, comiso de las especies incautadas bajo la NUE 5808433, 5808432 y 6761216, y accesorias Código: XFTWXTGNRFX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl del artículo 30 del Código Penal, a saber, la inhabilitación para oficios y cargos públicos durante el tiempo de la condena; por su calidad de autor en un delito consumado de porte de arma de fuego prohibida del artículo 14 de la ley 17.798. 2- Que se sustituye la pena privativa de libertad por la de RECLUSION PARCIAL NOCTURNA, debiendo permanecer en su domicilio entre las 22:00 horas y las 06:00 horas de cada día hasta el total cumplimiento de su condena de 2 años. Que se apercibe a la defensa a acompañar dentro de quinto día el informe de factibilidad técnica para el monitoreo telemático de esta condena en el domicilio del condenado. En el caso de que este informe sea negativo la pena será de complimiento efectivo. 3- Que se condena también al registro de la huella genética del imputado conforme al artículo 17 de la ley 19.970. 4- Que no se condena en costas. Se deja constancia de que todas las partes NO han renunciado a los plazos. Dese cumplimiento a lo dispue

Texto Completo (Preview)

PROCEDIMIENTO Abreviado (resumen sentencia) FECHA: Santiago., siete de abril de dos mil veinticinco TRIBUNAL: 1º Juzgado de Garantía de Santiago MAGISTRADO: CLEMENTE WINN VERGARA RUC: 2300582074-k RIT: 1693-2023 IMPUTADO: SABASTIAN DAVID QUINTERO TORRES C.I. 14.779.931-4 DELITO Porte de armas de fuego prohibida ARTICULO Art. 14 de la ley 17.798 PARTICIPACIÓN AUTOR GRADO DE DESARROLLO CONSUMADO ATE

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica