MP C/ IGNACIO ALEJANDRO ROMÁN HERNÁNDEZ
Rol
O-3863-2024
Fecha
9 de abril de 2025
Materia
TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES (ART. 4).
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS Y TENIENDO PRESENTE. Que, ante el Juzgado de Garantía de Curicó el Ministerio Público a través de su Fiscal doña Maite Mendiburu, interpuso requerimiento en contra del imputado IGNACIO ALEJANDRO ROMÁN HERNÁNDEZ, Cédula nacional de Identidad Nº 19.998.322-9, nacido el 11 de abril de 1998; cesante; domiciliado en Población Santa Lucía, pasaje Toconao N° 1116 de la Comuna de Curicó; por estimarlo responsable en los siguientes hechos: El día 21 de junio del 2024 en horas de la mañana aproximadamente a las 9:00 horas, en el sector de la vía pública, en el sector de Monte Patria con Salamanca en Curicó, el imputado IGNACIO ALEJANDRO ROMÁN HERNÁNDEZ mantenía en su poder con objeto de traficar distintas cantidades de clorhidrato de cocaína en particular, en el sector Carabineros estaba haciendo control de identidad preventivo y al ver el imputado la presencia policial se desprendió de papelillos y bolsas que mantenían dicha sustancia, en particular el imputado mantenía una bolsa de color amarillo con una cantidad indeterminada de papelillos color blanco cuadriculados contenedores de sustancia color blanco que arrojó coloración positiva a clorhidrato de cocaína con un peso de 25 gramos con 420 miligramos. Además, también mantenía en su poder una bolsa de nylon transparente con un peso de 62 gramos con 510 miligramos. Al efectuar el registro de su vestimenta se verificó que el imputado mantenía su poder además $7.000 pesos en dinero en efectivo en billetes de $1.000.-, el imputado mantenía esta especie y no pudiendo justificar que estuvieron destinados a la atención de un tratamiento médico o uso personal exclusivo próximo en el tiempo, ya que las mantenía con el objeto de traficar con ellas. Calificación jurídica: TRÁFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES DE DROGA, descrito y sancionado en el artículo 4° de la Ley 20.000. Grado de Desarrollo: Consumado. Código: VYBXTLSLXX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Pa
Fallo
Por estas consideraciones, y visto, además, lo dispuesto en los artículos 1, 3, 5, 7, 11 Nº 9, 14 N° 1, 15 N° 1, 18, 21, 25, 49, 50, 68, 70, del Código Penal, Ley N° 20.000, artículos 297, 388 y siguientes del Código Procesal Penal, se declara: I.- Que se acoge el requerimiento del Ministerio Público interpuesto en contra del imputado IGNACIO ALEJANDRO ROMÁN HERNÁNDEZ, Cédula nacional de Identidad Nº 19.998.322-9 ya individualizado, en su carácter de AUTOR de 1 delito de TRÁFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES DE DROGA, descrito y sancionado en el artículo 4° de la Ley 20.000, hecho ocurrido en el sector jurisdiccional de este Tribunal el día 21 de junio de 2024, delito que se encuentra en grado de desarrollo CONSUMADO y se le condena a sufrir la pena de 284 DIAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MINIMO, MULTA DE 2 UTM, DETERMINACION DE LA HUELLA GENETICA, COMISO Y ACCESORIAS DEL ART. 30 DEL CÓDIGO PENAL. II.- Que en atención a que el imputado ha permanecido privado de libertad, la pena de multa, se le dará por cumplida con cargo a los días totales de abono. III.- Que, teniendo 290 días de abono, menos los 6 días por concepto de multa, la pena efectiva de 284 días de presidio menor en su grado mínimo se dará por cumplida. IV.- Que no hay más abonos que reconocer. V.-. Que se exime al sentenciado del pago de las costas por haber aceptado el procedimiento simplificado, renunciando a su derecho a un juicio oral y público. Código: VYBXTLSLXX Este documento tiene firma electrónica y su or
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CURICÓ NUEVE DE ABRIL DE DOS MIL VEINTICINCO VISTOS Y TENIENDO PRESENTE. Que, ante el Juzgado de Garantía de Curicó el Ministerio Público a través de su Fiscal doña Maite Mendiburu, interpuso requerimiento en contra del imputado IGNACIO ALEJANDRO ROMÁN HERNÁNDEZ, Cédula nacional de Identidad Nº 19.998.322-9, nacido el 11 de abril de 1998; cesante; domiciliado en Población Santa Lucía, pasaje Toco
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