Juzgado de Garantía de San Javier

ALDO SEBASTIAN MORALES PEÑALOZA C/ JORGE EDUARDO MADRID MUÑOZ

Rol

O-1152-2024

Fecha

7 de abril de 2025

Materia

CONSUMO/PORTE EN LUG.PUB.O PRIV.C/PREVIO CONCIERTO(ART.50).

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos materia del requerimiento. Sentencia. RUC RIT Ámbito afectado Detalle del Hito Valor 2400768432- 7 1152- 2024 CAUSA.: R.U.C=2400768432-7 R.U.I.=1152-2024 Fecha de deliberación 07-abril-2025 Juez redactor NATALIA PAZ ROJAS BRAVO RELACIONES.: MADRID MUÑOZ JORGE EDUARDO / Consumo/Porte en lug.pub.o priv.c/previo concier Resultado Condenado. RELACIONES.: MADRID MUÑOZ JORGE EDUARDO / Consumo/Porte en lug.pub.o priv.c/previo concier Procedimiento Simplificado. San Javier, siete de abril de dos mil veinticinco Que la parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el audio pertinente, la parte resolutiva es del siguiente tenor: Por estas consideraciones y lo previsto en los artículos 1, 14 N°1, 15 N°1, 70 del Código Penal; artículo 50 de la ley 20.000; SE RESUELVE: I.- Que, SE CONDENA a JORGE EDUARDO MADRID MUÑOZ, cédula de identidad N°14152135-7, ya individualizado, por los hechos ocurridos en el territorio Código: EQWUXTCPNFX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl jurisdiccional de este tribunal el día 03 de julio del año 2024 como autor de la falta del artículo 50 de la ley 20.000; a la pena de UN TERCIO DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL. II.- Que. no existiendo abonos que considerar, se otorga para efecto del pago de la misma dentro de los cinco primeros días del mes siguiente que quede ejecutoriada la presente sentencia. III.- Que, no se condena en costas al sentenciado, atendido el mérito de admisión de responsabilidad y con ello habiendo aminorado los gastos del Estado de la realización de un juicio oral y público. Ejecutoriada que sea esta sentencia, cúmplase con lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Regístrese, notifíquese y ARCHIVESE en su oportunidad. - RUC N°2400768432-7 RIT N°1152-2024 Dictada por NATALIA PAZ ROJAS BRAVO, Jueza Titular del Juzgado de Garantía de San Javier. Se tiene presente la renuncia de los recursos y plazos legales, por

Fallo

Por estas consideraciones y lo previsto en los artículos 1, 14 N°1, 15 N°1, 70 del Código Penal; artículo 50 de la ley 20.000; SE RESUELVE: I.- Que, SE CONDENA a JORGE EDUARDO MADRID MUÑOZ, cédula de identidad N°14152135-7, ya individualizado, por los hechos ocurridos en el territorio Código: EQWUXTCPNFX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl jurisdiccional de este tribunal el día 03 de julio del año 2024 como autor de la falta del artículo 50 de la ley 20.000; a la pena de UN TERCIO DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL. II.- Que. no existiendo abonos que considerar, se otorga para efecto del pago de la misma dentro de los cinco primeros días del mes siguiente que quede ejecutoriada la presente sentencia. III.- Que, no se condena en costas al sentenciado, atendido el mérito de admisión de responsabilidad y con ello habiendo aminorado los gastos del Estado de la realización de un juicio oral y público. Ejecutoriada que sea esta sentencia, cúmplase con lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Regístrese, notifíquese y ARCHIVESE en su oportunidad. - RUC N°2400768432-7 RIT N°1152-2024 Dictada por NATALIA PAZ ROJAS BRAVO, Jueza Titular del Juzgado de Garantía de San Javier. Se tiene presente la renuncia de los recursos y plazos legales, por parte del Ministerio Público y la defensa, quedando firme la sentencia Se deja constancia que el registro íntegro de esta audiencia consta en el archivo de audio resp

Texto Completo (Preview)

Individualización de Audiencia Fecha San Javier., siete de abril de dos mil veinticinco Magistrado NATALIA PAZ ROJAS BRAVO Fiscal VIVIANA ANDREA GONZÁLEZ TORO Defensor EDUARDO MEINS MIDDLETON Hora inicio 09:59AM Hora termino 10:17AM Sala SALA 1/eba Tribunal Juzgado de Garantía de San Javier RUC 2400768432-7 RIT 1152 - 2024 NOMBRE IMPUTADO RUT DIRECCION COMUNA JORGE EDUARDO MADRID MUÑOZ (presencial

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