GOZO/
Rol
V-295-2020
Fecha
13 de octubre de 2021
Materia
DONAR O INSINUACIÓN, AUTORIZACIÓN PARA
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que en folio 1, compareció don FRANCISCO JAVIER GAMBOA DEL RÍO, abogado, cédula de identidad Nº17.931.610-2, en representación de doña CARLA GOZO MARCHESE, ingeniero agrónomo, cédula de identidad Nº10.024.768- 2, ambos domiciliados para estos efectos en Avenida Andrés Bello 2233, Oficina 501, comuna de Providencia; quien, en la representación investida, solicitó autorización para que su representada pueda donar los bienes que más adelante se indican, agregando que su mandante es mayor de edad y plenamente capaz de disponer de sus bienes. Indicó que se solicita autorización en los términos indicados, para efectuar una donación del dominio pleno de 500 acciones que actualmente su mandante posee en la sociedad Servicios e Inversiones Pramar SpA, Rut Nº78.726.200-7, ascendentes a $600.000.000 (seiscientos millones de pesos), por mera liberalidad, para cada uno de sus hijos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 1386 y siguientes y 1401 del Código Civil. Mencionó que, en este sentido, su mandante propone donar por mera liberalidad a: 1.- Florencia Prado Gozo, 167 acciones ascendente a la suma de $200.400.000; Foja: 1 2.- Catalina Prado Gozo, 167 acciones ascendente a la suma de $200.400.000; y 3.- Antonia Prado Gozo, 166 acciones ascendente a la suma de $199.200.000 Refirió que, en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 889 N° 1 del C. de Procedimiento Civil, ni su representada ni los donatarios se encuentran sujetos a tutela o curaduría o bajo potestad de padre o marido. Expresó que el objeto de la presente donación está constituido por acciones pertenecientes a la sociedad Servicios e Inversiones Pramar SpA que ascienden a la suma de $600.000.000. La sociedad se constituyó mediante escritura pública de fecha 03 de abril de 1995 ante la 11º Notaría Pública de Santiago de don Alvaro Bianchi Rosas, siendo posteriormente modificada a sociedad por acciones por escritura pública de fecha 11 de mayo de 2020. Señaló que, co
Fundamentos
considerandos dos al cuarto, inclusive, en relación con todos los antecedentes aportados, se advierte que en, en la especie, se cumplen los presupuestos legales para acoger la solicitud de lo principal de folio 1.
Fallo
Por estas consideraciones y visto además, lo dispuesto en los artículos 817 y siguientes, 889 y 890 del Código de Procedimiento Civil, se resuelve: A) Que se acoge la solicitud de lo principal de folio 1, y, en consecuencia, se autoriza a la solicitante, doña CARLA GOZO MARCHESE, R.U.N. 10.024.768-2, casada y separada totalmente de bienes, para donar a sus hijas, doña FLORENCIA PRADO GOZO, R.U.N. 17.697.435-4; doña CATALINA PRADO GOZO, R.U.N. 19.605.067-1; y doña ANTONIA PRADO GOZO, R.U.N. 18.394.838-5; el dominio pleno de 500 acciones de la solicitante en la sociedad Servicios e Inversiones Pramar SpA, R.U.T. 78.726.200-7, equivalentes a $600.000.000, en la forma que se indica a continuación: (a) para doña Florencia Prado Gozo, 167 acciones, ascendentes a la suma de $200.400.000; (b) para doña Catalina Prado Gozo, 167 acciones, ascendentes a la suma de $200.400.000; y para Foja: 1 doña Antonia Prado Gozo, 166 acciones, ascendentes a la suma de $199.200.000. B) Que se otorga un plazo de 90 días hábiles desde que la presente sentencia se encuentre ejecutoriada, para efectuar la donación autorizada precedentemente. Regístrese, notifíquese y en su oportunidad archívese. ROL V-295-2020. PRONUNCIADA POR DOÑA SUSANA RODRÍGUEZ MUÑOZ, JUEZA. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, trece de Octubre de dos mil veintiuno Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verifi
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Foja: 1 FOJA: 23 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 25 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : V-295-2020 CARATULADO : GOZO/ Santiago, trece de Octubre de dos mil veintiuno VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que en folio 1, compareció don FRANCISCO JAVIER GAMBOA DEL RÍO, abogado, cédula de identidad Nº17.931.610-2, en representación de doña CARLA GOZO MARCHESE, ingeniero agrónomo, cé
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