8º Juzgado de Garantía de Santiago

C/ HARI BAHADUR BASNET

Rol

O-4892-2024

Fecha

8 de abril de 2025

Materia

CONDUC.ESTADO DE EBRIEDAD CON O SIN DAÑOS O LESIONES LEVES., NEGATIVA A EFECTUARSE EXAMEN. ART. 195 BIS LEY DE TRANSITO, NO DAR CUENTA DE ACCIDENTE DE TRANSITOART. 195LEY DE TRA.

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: 1º. Que se requirió a HARI BAHADUR BASNET, cédula de identidad 14.509.450-K, cesante, domiciliado en calle situación de calle a fin que sea sancionado con la pena de 41 días de prisión en su grado máximo, accesorias legales, multa de 1/3 UTM y suspensión de licencia de conducir por 5 años, por su responsabilidad como autor del delito de conducción de vehículo motorizado en estado de ebriedad con daños previsto y sancionado en el artículo 110, 196 de la Ley 18.290; multa de 1/3 Unidad Tributaria Mensual y suspensión de la licencia de conducir por 1 mes, sin costas, por su responsabilidad como autor del delito de No dar cuenta a la Autoridad de accidente de tránsito, previsto y sancionado en el artículo 195 de la ley 18.290.- y multa de 1/3 de UTM por Negativa a practicarse alcoholemia, del artículo 195 bis de la misma ley; fundado en los siguientes hechos: Hechos: El día 01 de julio de 2024, alrededor de las 18:30 horas, el requerido HARI BAHADUR BASNET, conducía en estado de ebriedad el vehículo P.P.U KDWF-86, marca Great Wall, modelo c30, color gris, por calle Clovis Montero, en la comuna de Providencia, y al llegar a la intersección con calle Obispo Donoso en la misma comuna, debido a su estado etílico, pierde el control del móvil, impactando en su puerta trasera derecha al vehículo P.P.U KRHG-45, marca Renault, modelo Clio, año 2018, color negro, el cual se encontraba detenido en la referida intersección, causándole diversos daños en su estructura a este último vehículo, el cual era conducido por la victima don KRISTIAN NICOLÁS RAMÍREZ SÁNCHEZ, no deteniendo la marcha del vehículo el requerido, ni dando cuenta del accidente a la autoridad, continuando con la conducción del vehículo, siendo perseguido por la victima KRISTIAN NICOLÁS RAMÍREZ SÁNCHEZ a bordo del vehículo antes mencionado, llegando a la intersección de calle Obispo Salas con calle Obispo Donoso, en la misma comuna de Providencia, donde logra alcanzarlo y retenerlo. Al lugar concurre personal de Carabineros, quienes adoptaron el procedimiento de rigor, quienes al fiscalizar y entrevistar al requerido HARI BAHADUR BASNET comprobaron que éste conducía en manifiesto estado de ebriedad, lo que les constó por su fuerte hálito alcohólico, incoherencia al hablar y otras características propias de su estado, siendo sometido a la correspondiente prueba respiratoria, la cual arrojó un resultado de 2,30g/L. procediendo a su detención, trasladándolo al servicio de urgencia del Cesfam N°1 Dr. Ramón Corbalan, lugar donde el requerido se negó injustificadamente a la práctica de la alcoholemia, certificando el médico de turno “ebriedad manifiesta”. Invoca las atenuantes de los numerales 6 y 9 del artículo 11 del Código Penal. Código: XVXDXTPZXGW Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2º. Que el imputado, con la debida asesoría legal de su defensora, admitió responsabilidad en los hechos. Pide que la suspensión de lice

Fallo

se declara: I.- Que se condena, sin costas, a HARI BAHADUR BASNET ya individualizado, a sufrir las penas de 41 días de prisión en su grado máximo, multa de 1/3 de UTM, accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena y suspensión de la licencia de conducir por 2 años, como autor del delito de manejo en estado de ebriedad con daños previsto y sancionado en el artículo 196 de la ley de tránsito, multa de 1/3 Unidad Tributaria Mensual y suspensión de la licencia de conducir por 1 mes, sin costas, por su responsabilidad como autor del delito de No dar cuenta a la Autoridad de accidente de tránsito, previsto y sancionado en el artículo 195 de la ley 18.290.- y multa de 1/3 Unidad Tributaria Mensual, sin costas, por su responsabilidad como autor del delito de Negativa Injustificada a someterse a alcoholemia, previsto y sancionado en el artículo 195 bis de la ley 18.290.-ilícitos perpetrados El día 01 de julio de 2024 en la comuna de Providencia, de esta ciudad. Se tiene por pagada una de las multas de 1/3 de UTM con el día de control de la detención y la segunda y tercera multa -sin oposición- se eximen, atendida su calidad de persona en situación de calle, sin oficio, todo lo cuales hacen imposible su pago en virtud de lo dispuesto por el artículo 49 del Código Penal. II.- Que además del mes de suspensión ya indicado, respecto del manejo en estado de ebriedad se suspende la licencia de conducir por el término de 2 años, sin abonos.- III.- Que reu

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Santiago, martes ocho de abril de dos mil veinticinco VISTOS Y CONSIDERANDO: 1º. Que se requirió a HARI BAHADUR BASNET, cédula de identidad 14.509.450-K, cesante, domiciliado en calle situación de calle a fin que sea sancionado con la pena de 41 días de prisión en su grado máximo, accesorias legales, multa de 1/3 UTM y suspensión de licencia de conducir por 5 años, por su responsabilidad como auto

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