Juzgado de Garantía de Coquimbo

TOMAS JILBERTO NAVARRO C/ SERGIO ALEJANDRO PÉREZ ESQUIVEL

Rol

O-3932-2024

Fecha

8 de abril de 2025

Materia

CONDUC.ESTADO DE EBRIEDAD CON O SIN DAÑOS O LESIONES LEVES.

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

HECHOS: “El día 1 de febrero de 2023, a las 04:50 horas aproximadamente, el imputado SERGIO ALEJANDRO PÉREZ ESQUIVEL, ya individualizado, condujo en estado de ebriedad por Ruta 5 Norte con intersección Avenida Los Clarines, en dirección norte, cuando pierde el control del automóvil Station Wagon, marca Hyundai, modelo Tucson, color blanco, año 2018, P.P.U. KLYP-87, chocando con poste del alumbrado público, el que queda con daños producto del impacto, los que son avaluados prudencialmente en $1.000.000 (un millón de pesos), resultando con lesiones leves. Al sitio del suceso concurrió personal de Carabineros de Chile, quienes constataron que el imputado conducía en estado de ebriedad, estado que fue confirmado por el Alcotest n° 6820 que arrojó un resultado de 1,86 g/L de sangre, y ratificado por el examen de alcoholemia correspondiente, que arrojó un resultado científico de 2,32 gramos de alcohol por litro de sangre, según consta en el informe de Alcoholemia del Laboratorio del Servicio Médico Legal.” B.- SENTENCIA: Se deja constancia expresa que los

Fundamentos

fundamentos íntegros de la sentencia constan en el registro del audio, dándose a conocer por escrito únicamente lo resolutivo del fallo. Coquimbo, a ocho de abril de dos mil veinticinco. VISTOS, OÍDO Y CONSIDERANDO:

Fallo

SE DECLARA: I.- Que se CONDENA, a SERGIO ALEJANDRO PÉREZ ESQUIVEL, cedula de identidad 16.054.453-8, ya individualizado, A LA PENA DE CUARENTA Y UN DIAS (41) DE PRISIÓN EN SU GRADO MÁXIMO, ACCESORIA DE SUSPENSION DE CARGO U OFICIO PUBLICO POR EL TERMINO DE LA CONDENA, AL PAGO DE UNA MULTA DE DOS UNIDADES TRIBUTARIAS MENSUALES, Y A LA SUSPENSIÓN DE SU LICENCIA DE CONDUCIR POR EL TERMINO DE DOS AÑOS, en su calidad de autor de un delito de conducir vehículos motorizados en estado de ebriedad causando daños, previsto en sancionado en el artículo 196 de la ley del tránsito 18.290, en relación con el artículo 110 inciso 2° del mismo cuerpo legal, en grado de consumado, cometido el día 01 de febrero de 2023, en el territorito jurisdiccional de este tribunal. II.- Que la pena privativa de libertad podrá ser cumplida de forma sustitutiva por la remisión condicional de la pena, por el termino de un año. Para tales efectos deberá Código: PVBMXTGXXYV Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl presentarse ante el Centro de Reinserción Social de La Serena, dentro de quinto día de ejecutoriado el presente fallo, para comenzar con la pena sustitutiva, además con las condiciones del articulo 17 letras a), b) y c) de la ley 18.216. En caso de intensificación de la pena sustitutiva, no existen abonos que considerar. III.- Que la pena de multa se podrá pagar en cuatro cuotas iguales y sucesivas de media Unidad Tributaria Mensual casa u

Texto Completo (Preview)

A.- HECHOS: “El día 1 de febrero de 2023, a las 04:50 horas aproximadamente, el imputado SERGIO ALEJANDRO PÉREZ ESQUIVEL, ya individualizado, condujo en estado de ebriedad por Ruta 5 Norte con intersección Avenida Los Clarines, en dirección norte, cuando pierde el control del automóvil Station Wagon, marca Hyundai, modelo Tucson, color blanco, año 2018, P.P.U. KLYP-87, chocando con poste del alumb

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