Juzgado de Garantía de La Ligua

MP C/ CARLOS ANDRÉS SALDÍVAR ASTUDILLO

Rol

O-1468-2023

Fecha

8 de abril de 2025

Materia

RECEPTACION. ART. 456 BIS A.

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO Y TENIENDO PRESENTE: Los

Fundamentos

fundamentos y consideraciones constitutivos de la presente sentencia se encuentran íntegramente registrados en el audio de la audiencia relativa a esta causa. Y con lo expuesto y visto lo dispuesto en los artículos 1, 11 N° 9, 14, 15, 456 bis A) del Código Penal, 388 y siguientes del Código Procesal Penal y; normas pertinentes de la Ley 18.216,

Fallo

SE DECLARA: I.- Que se condena a don CARLOS ANDRÉS SALDÍVAR ASTUDILLO, cédula de identidad N° 16.989.662-3, domiciliado en calle Jacinto Escudero, Block D, Departamento N° 5 , sector El Peumo, comuna de La Ligua; a sufrir la pena de 61 DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MINIMO, accesoria de suspensión de cargo u oficio público mientras dure la condena, a pagar una MULTA A BENEFICIO FISCAL DE DOS TERCIOS DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, en su calidad de autor de un delito de receptación, previsto y sancionado en el artículo 456 bis A) del Código Penal, en calidad de autor, en grado de desarrollo consumado, cometido el día 16 de septiembre del año 2 23, en la comuna de La Ligua, en perjuicio de la víctima Luis Ignacio Barrios Soto. II.- Que reuniéndose en este caso los requisitos del artículo 8 de la Ley 18.216, se sustituye al sentenciado el cumplimiento de la pena privativa de libertad impuesta por la pena de RECLUSIÓN PARCIAL, por igual término que el de la pena privativa de libertad que se sustituye, bajo la modalidad de la reclusión nocturna, consistente en el encierro en el domicilio del condenado ubicado en calle Jacinto Escudero, Block D, Departamento N° 5 , sector El Peumo, comuna de La Ligua, entre las 22 horas de cada día hasta las 6 horas del día siguiente, bajo la modalidad de monitoreo telemático, previo informe de factibilidad el cual deberá ser proporcionado por parte de la defensa dentro del plazo de 1 días a contar de esta fecha. Código: XWTTXTFCSFW Este docume

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SENTENCIA, PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO. La Ligua, ocho de abirl de dos mil veinticinco. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: Los fundamentos y consideraciones constitutivos de la presente sentencia se encuentran íntegramente registrados en el audio de la audiencia relativa a esta causa. Y con lo expuesto y visto lo dispuesto en los artículos 1, 11 N° 9, 14, 15, 456 bis A) del Código Penal, 388 y siguiente

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