Juzgado de Letras del Trabajo de Puente Alto

RIVERA/CASTILLO

Rol

O-201-2022

Fecha

14 de octubre de 2022

Materia

Despido indirecto, Prestaciones

Resultado

No especificado

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Hechos

HECHOS A PROBAR x · NO HAY HECHOS CONTROVERTIDOS x · SENTENCIA ART. 453 No 4 inc 2do. x · RECEPCION DE PRUEBAS x · EXAMEN DE ADMISIBILIDAD DE PRUEBAS x · OFRECE PRUEBA DEMANDANTE x · DOCUMENTAL DEMANDANTE x · OFRECE PRUEBA DEMANDADO x · DOCUMENTAL DEMANDADO x · DILIGENCIAS DECRETADAS x · CITACION A AUDIENCIA DE JUICIO x · OMITE CITACION A AUDIENCIA DE JUICIO x · ACUMULACION x · DESISTIMIENTO x · APERCIBIMIENTO x · SENTENCIA x · OTROS x · SUSPENSION ART. 426 INC. 3RO x Puente Alto, trece de octubre de dos mil veintidós. A la presente audiencia preparatoria, por la parte demandante Karol Ivania Rivera Gonzalez, Rut N° 26.291.701-0, comparece el abogado don Patricio Andrés Alvarez-Salamanca Moroso. Por la parte demandada don Guillermo Alberto Castillo Ibarra, Rut N° 13.285.814-4, no comparece nadie en su representación. Se deja constancia que la parte demandada don Guillermo Alberto Castillo Ibarra, estando válidamente notificado de la presente causa, no contesta la demanda y no comparece a la presente audiencia. Demandante: Solicita al Tribunal, que en virtud del apercibimiento contemplado en el artículo 453 N°1 inciso 7°, se dicte sentencia en este acto. – Argumentos registrados en audio - Tribunal se resuelve: Atendido la actitud rebelde de la parte demandada y el apercibimiento establecido en el artículo 453 N°1 inciso 7° del Código del Trabajo, en virtud del cual en caso de no mediar contestación de la demanda, el Tribunal podrá tener por tácitamente admitidos los hechos expuestos en la demanda y en armonía con lo que dispone el artículo 453 N°3 del mismo cuerpo legal, podrá eximirse de recibir la causa a prueba cuando no hay hechos sustanciales, pertinentes y controvertidos, como en el caso de autos atendida la rebeldía ya indicada, dictándose sentencia en este acto. DICTACIÓN SENTENCIA SENTENCIA PROCEDIMIENTO: DE APLICACIÓN GENERAL MATERIAS: DESPIDO I

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Comparece doña KAROL IVANIA RIVERA GONZALEZ, community manager, soltera, venezolana, con domicilio en San Martín N° 870, departamento 723, comuna de Santiago, quien demanda por despido Indirecto y cobro de prestaciones laborales a su ex empleador don GUILLERMO ALBERTO CASTILLO IBARRA, Señala que comenzó su vínculo de relación y dependencia con su ex empleador, con fecha 18 de julio de 2018; según consta en su contrato de trabajo. Que su labor era de encargada de marketing, cumpliendo funciones de community manager, relaciones públicas 2.0, grabaciones en videos, fotografías, diseño gráfico, copywriter, ventas de los servicios ofrecidos con respecto a fabricación e instalación de ventanales, shower door, mamparas, entre otros que forman parten del rubro, función que desarrollaba de manera mixta, tanto presencial como en teletrabajo, los horarios eran variados según el lugar donde se realizara la instalación de las barandas, muros cortina, ventanales, cierre de terraza, entre otros. Estas instalaciones podrían ser tanto dentro de la Región Metropolitana como en sus adyacencias, las que detalla en la demanda. Indica que durante la pandemia, casi no le correspondía realizar trabajo en terreno ya que su ex empleador no sacaba su permiso para las rutas externas a Santiago. Ya para finales del 2020 y 2021 el 87% su trabajo era teletrabajo, para diciembre del 2020 le dieron un diagnóstico de cáncer de mama, fecha en la cual volvió a solicitar el pago de sus cotizaciones y lo que le quedaba debiendo de los sueldos porque necesitaba el dinero para sus exámenes, tratamientos y todo lo que implica esa patología, y que su respuesta era que ya estaba declarado. Agrega que en cuanto a las inconsistencias de los pagos, hubo meses antes de la pandemia que dejó de pagarle o le pagaba incompleto, unos meses solo le depositaba 100 mil pesos, otros 70 mil, otros 200 mil, y así sucesivamente. A partir de esas fechas comenzó a llevar un archivo excel compartido con su ex empleador, para que él estuviera claro que le iba debiendo dinero de meses anteriores y así también evitaba yo perder el orden de los pagos reales. Señala que en virtud de los flagrantes incumplimientos de contrato de su ex empleador he decidido activar el procedimiento de despido indirecto con fecha 23 de marzo de 2022 y denuncia ante la Dirección del Trabajo. Los motivos para adoptar dicha decisión, se reducen al incumplimiento grave de las obligaciones contractuales expresados en el hecho de: 1. No pago de remuneración de los últimos dos meses. 2. Deudas pendientes respecto al pago de cotizaciones previsionales, de salud y AFC. Ya se habían realizado gestiones en el año 2019 por no pago de cotizaciones, acciones en virtud de las cuales su ex empleador asumió compromiso de pago, que se acompaña en un otrosí. Sin embargo, al no cumplir, inició una nueva solicitud de fiscalización 1305/2021/934 cuyo informe se acompaña en un otrosí. Finalmente, presentó la solicitud de fisc

Fallo

se resuelve: Atendido la actitud rebelde de la parte demandada y el apercibimiento establecido en el artículo 453 N°1 inciso 7° del Código del Trabajo, en virtud del cual en caso de no mediar contestación de la demanda, el Tribunal podrá tener por tácitamente admitidos los hechos expuestos en la demanda y en armonía con lo que dispone el artículo 453 N°3 del mismo cuerpo legal, podrá eximirse de recibir la causa a prueba cuando no hay hechos sustanciales, pertinentes y controvertidos, como en el caso de autos atendida la rebeldía ya indicada, dictándose sentencia en este acto. DICTACIÓN SENTENCIA SENTENCIA PROCEDIMIENTO: DE APLICACIÓN GENERAL MATERIAS: DESPIDO INDIRECTO Y PRESTACIONES DEMANDANTE: KAROL IVANIA RIVERA GONZALEZ DEMANDADA: GUILLERMO ALBERTO CASTILLO IBARRA RIT: O-201-2022 RUC: 22- 4-0414871-4 _____________________________________________________/ Puente Alto, trece de octubre de dos mil veintidós. VISTOS, OIDO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Comparece doña KAROL IVANIA RIVERA GONZALEZ, community manager, soltera, venezolana, con domicilio en San Martín N° 870, departamento 723, comuna de Santiago, quien demanda por despido Indirecto y cobro de prestaciones laborales a su ex empleador don GUILLERMO ALBERTO CASTILLO IBARRA, Señala que comenzó su vínculo de relación y dependencia con su ex empleador, con fecha 18 de julio de 2018; según consta en su contrato de trabajo. Que su labor era de encargada de marketing, cumpliendo funciones de community manager, relaciones públ

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ACTA DE AUDIENCIA PREPARATORIA PROCEDIMIENTO ORDINARIO FECHA 13/10/2022 RUC 22- 4-0414871-4 RIT O-201-2022 MAGISTRADO MOIRA RAMIREZ VALENZUELA ADMINISTRATIVO DE ACTAS ERNA MARTINEZ MANRIQUEZ HORA DE INICIO 10:00 HORAS HORA DE TERMINO 10:35 HORAS Nº REGISTRO DE AUDIO 2240414871-4-1363-131022-00-01-AP PARTE DEMANDANTE COMPARECIENTE KAROL IVANIA RIVERA GONZALEZ ABOGADO PATRICIO AN

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