MINERA MIRASOL CHILE LIMITADA/
Rol
V-866-2021
Fecha
12 de octubre de 2021
Materia
MINERO, PEDIMENTO (CONCESIÓN DE EXPLORACIÓN)
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, con fecha 12 de junio de 2021, siendo las 14:43 horas, don DAVID HERRERA ARELLANO, chileno, casado, abogado, RUT N° 8.779.035-5, en representación de MINERA MIRASOL CHILE LIMITADA, Sociedad Chilena del giro de su denominación, RUT N° 76.907.760-K, ambos domiciliados en Avenida Nueva Providencia N° 1881, Oficina 2004, Providencia, Santiago, solicitó la constitución de una concesión minera de exploración, de sustancias concesibles, en terrenos abiertos e incultos, de una superficie total de 100 hectáreas, a la que denominó “ALTAZOR 100 CC1”, cuyo punto medio se sitúa en la Comuna de SAN PEDRO DE ATACAMA, Provincia de EL LOA, Región de Antofagasta y tiene las siguientes coordenadas U.T.M. AL NORTE 7.323.100,00 metros; AL ESTE 624.800,00 metros. SEGUNDO: Que el referido pedimento fue inscrito con fecha 25 de junio de 2021, a fojas 3606 bajo el Nº 1951, en el registro de Descubrimientos del Conservador de Minas de Calama, correspondiente al año 2.021. TERCERO: Que con fecha 12 de julio de 2021, el pedimento minero se publicó en el Boletín Oficial de Minería, en la edición N° 43.000, CVE 1974706, el cual se encuentra agregado a la carpeta electrónica. CUARTO: Que la superficie pedida en concesión es un cuadrado de 1.000 metros en sentido norte-sur, por 1.000 metros en sentido este-oeste, y las coordenadas Universales Transversales de Mercator (U.T.M.) de cada uno de los vértices del perímetro de la cara superior de la concesión de exploración en trámite son: VERTICES NORTE (mts.) ESTE (mts.) PM 7.323.100,00 624.800,00 V1 7.323.600,00 624.300,00 V2 7.323.600,00 625.300,00 V3 7.322.600,00 625.300,00 V4 7.322.600,00 624.300,00 QUINTO: Que, mediante ordinario N° 6860, de fecha 08 de octubre de 2021, el Servicio Nacional de Geología y Minería, informa sin observaciones, señalando que los aspectos técnicos relacionados con la solicitud y plano de la referida concesión se encuentran conforme con las disposiciones legales vigentes; agregando que la forma, las dimensiones y orientación de la cara superficial de la concesión solicitada se ajustan a la ley, concluyendo que ésta queda comprendida dentro del terreno pedido. SEXTO: Que no se ha incurrido en causal alguna de caducidad ni en vicios que obsten a la constitución de la concesión. Y visto además lo dispuesto en los artículos 1º, 22, 34 y siguientes, 55, 57, 85, 86, 87 y 89 del Código de Minería; y 42 del Reglamento del cuerpo legal citado, resuelvo: I.- Declarar CONSTITUIDA la concesión de exploración “ALTAZOR 100 CC1”, sobre una superficie total de 100 hectáreas, a favor de MINERA MIRASOL CHILE LIMITADA, antes individualizada, y APROBAR el plano. II.- Publíquese esta sentencia en extracto conforme al artículo 90 del Código de Minería y artículo 43 de su Reglamento. III.- Una vez certificada -a petición de la interesada- la ejecutoriedad de la presente sentencia, remítase -por este Juzgado- dicha certificación, junto a la sentencia constitutiva y copia digital del plano
Texto Completo (Preview)
FOJA: 9 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2º Juzgado de Letras de Calama CAUSA ROL : V-866-2021 CARATULADO : MINERA MIRASOL CHILE LIMITADA/ Calama, doce de Octubre de dos mil veintiuno VISTO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, con fecha 12 de junio de 2021, siendo las 14:43 horas, don DAVID HERRERA ARELLANO, chileno, casado, abogado, RUT N° 8.779.035-5, en representación de MINERA MIRASOL
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