ALEJANDRO ANDRES OJEDA SCHIFFERLI C/ PABLO IGNACIO CALLEJAS CALLEJAS
Rol
O-119-2025
Fecha
7 de abril de 2025
Materia
CONDUC.ESTADO DE EBRIEDAD CON O SIN DAÑOS O LESIONES LEVES.
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO Y TENIENDO PRESENTE: Los
Fundamentos
fundamentos y consideraciones constitutivos de la presente sentencia se encuentran íntegramente registrados en el audio de la audiencia relativa a esta causa. Y con lo expuesto y visto lo dispuesto en los artículos 1, 11 N° 9, 14, 15, 49, 70 del Código Penal; 110 y 196 de la Ley 18.290; 388 y siguientes del Código Procesal Penal; y las normas pertinentes de la Ley 18.216;
Fallo
SE RESUELVE: I.- Que se condena a don PABLO IGNACIO CALLEJAS CALLEJAS, cédula de identidad N° 17.760.900-5, domiciliado en calle Los Magnolios N° 1281, Villa Fértil, comuna de La Ligua; a sufrir la pena de 61 DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÍNIMO, accesoria de suspensión de cargo u oficio público mientras dure la condena, a pagar una MULTA A BENEFICIO FISCAL DE UN TERCIO DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL y, a la SUSPENSIÓN de su LICENCIA DE CONDUCIR POR DOS AÑOS, en su calidad de autor de un delito consumado de conducción de vehículo motorizado en estado de ebriedad, ilícito prescrito y sancionado en el artículo 196 de la Ley 18.290, cometido el día 30 de diciembre de 2023, en la comuna de La Ligua. II.- Que reuniéndose en este caso los requisitos del artículo 8 de la Ley 18.216, se sustituye al sentenciado el cumplimiento de la pena privativa de libertad impuesta por la pena de RECLUSIÓN PARCIAL, por igual término que el de la pena privativa de libertad que se sustituye, bajo la modalidad de la reclusión nocturna domiciliaria, consistente en el encierro en el domicilio del condenado ubicado en LOS MAGNOLIOS N° 1281, VILLA FÉRTIL, COMUNA DE LA LIGUA, entre las 22:00 horas de cada día hasta las 06:00 horas del día siguiente, bajo la modalidad de monitoreo telemático, previo informe de factibilidad el cual deberá ser proporcionado por parte de la defensa dentro del plazo de 10 días a contar de esta fecha. Código: CTNFXTXQEVW Este documento tiene firma electrónica y su original
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SENTENCIA, PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO. La Ligua, siete de abril de dos mil veinticinco. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: Los fundamentos y consideraciones constitutivos de la presente sentencia se encuentran íntegramente registrados en el audio de la audiencia relativa a esta causa. Y con lo expuesto y visto lo dispuesto en los artículos 1, 11 N° 9, 14, 15, 49, 70 del Código Penal; 110 y 196 de la Le
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